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Document 52011DC0424
COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT, THE COUNCIL, THE EUROPEAN ECONOMIC AND SOCIAL COMMITTEE AND THE COMMITTEE OF THE REGIONS on External Dimension of the Common Fisheries Policy
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES sobre la dimensión exterior de la Política Pesquera Común
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES sobre la dimensión exterior de la Política Pesquera Común
/* COM/2011/0424 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES sobre la dimensión exterior de la Política Pesquera Común /* COM/2011/0424 final */
ÍNDICE 1........... Introducción................................................................................................................... 5 2........... Contribución a la
sostenibilidad a largo plazo en todo el mundo........................................ 5 2.1........ Transformación de los diálogos
mantenidos en este ámbito en asociaciones operativas..... 5 2.2........ Sostén y refuerzo de la
arquitectura mundial de la gobernanza en materia de pesca........... 7 2.3........ Contribución a un
funcionamiento más eficaz de las OROP.............................................. 8 3........... Hacia unos acuerdos pesqueros
sostenibles................................................................... 10 3.1........ Los acuerdos de asociación en
el sector pesquero vigentes y sus deficiencias................. 10 3.2........ Mayor fomento de la
sostenibilidad y de la conservación de los recursos a largo plazo... 11 3.3........ Refuerzo de la gobernanza de
los acuerdos pesqueros bilaterales................................... 12 3.4........ Apoyo más eficaz a la pesca
sostenible en los países asociados..................................... 13 4........... Coherencia con otras políticas
de la UE........................................................................ 14 ANEXO I.................................................................................................................................. 16 ANEXO II................................................................................................................................. 17 RESUMEN Casi el 85 % de las poblaciones de peces
mundiales sobre las que existe información se consideran, sea explotadas por
completo, sea explotadas en exceso, según la evaluación más reciente realizada
por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la
Agricultura[1]. La
UE debe esforzarse por invertir esta situación mediante iniciativas rápidas y
audaces. La UE es una de las pocas grandes potencias
con una fuerte presencia en todos los mares y océanos del mundo gracias a sus
flotas e inversiones, sus acuerdos bilaterales con terceros países y su
participación en las principales organizaciones regionales de ordenación
pesquera (OROP). También constituye uno de los grandes mercados para los
productos de la pesca desde el punto de vista del consumo y de las
importaciones. La UE consume el 11 % de los recursos pesqueros mundiales en
volumen e importa el 24 % de los productos de la pesca en valor, lo que le
confiere una gran responsabilidad a la hora de comprometerse en la conservación
y gestión sostenible de las poblaciones de peces internacionales. Contribución a la sostenibilidad a
largo plazo en todo el mundo Para garantizar una gestión sostenible y la
conservación de los recursos pesqueros y mejorar los resultados de las OROP, la
UE debería intentar lo siguiente: ·
Hacer avanzar los planes mundiales y
multilaterales mediante el fomento de las pesquerías sostenibles en todo el
mundo, transformando los diálogos entablados a este respecto en asociaciones
operativas para abordar asuntos cruciales como la erradicación de la pesca
ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) o la reducción de las
sobrecapacidad. ·
Liderar el proceso de consolidación de la
actuación de las OROP para facilitarles en mayor medida la conservación y la
gestión de los recursos marinos vivos en su ámbito mediante lo siguiente: –
Entrega de información y asesoramiento
científico más fidedignos como apoyo a la toma de decisiones. –
Mayor cumplimiento y control. –
Reducción de la capacidad a niveles que se
adecuen a los recursos. –
Funcionamiento más eficaz de las OROP gracias
a un mejor proceso de toma de decisiones. –
Introducción de cánones de acceso a alta mar
por parte de los miembros de las OROP. ·
Promover una mayor integración de la pesca, el
desarrollo, el medio ambiente, el comercio y otras políticas en favor de los
objetivos de gobernanza sostenible y responsable. Acuerdos bilaterales en materia de
pesca Los acuerdos internacionales entre la UE y
cada tercer país deben seguir constituyendo el marco de las actividades
pesqueras de la flota de la UE en las aguas de terceros países. A fin de
fomentar la conservación a largo plazo de los recursos, la buena gobernanza de
las relaciones pesqueras bilaterales y el desarrollo sostenible del sector
pesquero de los países asociados, la UE debería en el futuro: ·
basarse en los mejores dictámenes y datos
científicos disponibles sobre el esfuerzo pesquero acumulado en las aguas de
que se trate; ·
realizar auditorías científicas sobre los
acuerdos que afecten a varias especies («mixtos»); ·
hacer del respeto de los derechos humanos una
condición esencial para la celebración y el mantenimiento de acuerdos
pesqueros; ·
avanzar hacia una mayor contribución de los
armadores al coste de los derechos de acceso; ·
garantizar que los acuerdos pesqueros apoyen
una mejor gobernanza del sector pesquero en el país asociado, sobre todo en lo
relativo a la vigilancia, inspección y capacidad administrativa y científica; ·
velar por una gestión financiera saneada y
eficaz de los fondos de ayuda sectorial en el marco de los acuerdos y prever la
suspensión de los pagos si no se obtienen resultados. Algunos de esos elementos deberían integrarse
ya en los acuerdos transitorios negociados antes de la adopción de la reforma
de la PPC. Una vez entre en vigor la reforma, todas las negociaciones
reflejarán las nuevas orientaciones. Al final del proceso, habrá una nueva
generación de acuerdos de pesca sostenible (APS).
1.
Introducción
Esta Comunicación presenta nuevas
orientaciones relativas a la dimensión exterior de la Política Pesquera Común
(PPC)[2]
reformada y se basa en una amplia serie de consultas y evaluaciones realizadas
por los servicios de la Comisión en el marco de la reforma. La reforma de la
PPC tiene por objeto garantizar una explotación sostenible de los recursos
marinos vivos y obrar en pro de unos resultados económicos sólidos, un
crecimiento integrador y una mayor cohesión en las regiones costeras. Las
nuevas orientaciones relativas a la dimensión exterior de la PPC reformada
persiguen proyectar estos principios a escala internacional y contribuir a una
gobernanza internacional en materia de pesca más responsable, de forma que se
consiga una explotación sostenible de las poblaciones de peces en todo el mundo
mediante unos niveles de mortalidad compatibles con el rendimiento máximo
sostenible (RMS[3])
para 2015, al tiempo que se mitiga el efecto de las actividades pesqueras en el
ecosistema marino. En última instancia, esto significa un futuro viable para
los pescadores tanto de Europa como de terceros países. Estas orientaciones se caracterizarán por
mayores sinergias con la Política Marítima Integrada (PMI) de la UE, que
permitirá a la Unión adoptar un planteamiento más ecosistémico sobre la gestión
de las pesquerías, así como abordar cuestiones globales que afectan a las
poblaciones de peces internacionales, tales como el cambio climático y la
contaminación.
2.
Contribución a la sostenibilidad a largo plazo en
todo el mundo
2.1.
Transformación de los diálogos
mantenidos en este ámbito en asociaciones operativas
La UE ha entablado conversaciones bilaterales
con sus principales socios internacionales (los Estados Unidos de América,
Canadá, Japón, Australia, Nueva Zelanda, así como Rusia y China). El objetivo
de esos diálogos es garantizar la sostenibilidad de la pesca mundial, crear
alianzas en temas de gobernanza en materia de pesca y solucionar problemas de
forma bilateral. Existen unas relaciones estrechas
tradicionales con los vecinos nórdicos de la UE, especialmente con Noruega, en
el marco de los llamados Acuerdos Nórdicos. Estos acuerdos establecen una
gestión compartida de los recursos de las aguas del Atlántico septentrional, el
Ártico, el Báltico y el Mar del Norte. Más recientemente, el acuerdo bilateral
UE-Rusia para la gestión conjunta del Mar Báltico entró en vigor en 2009. En lo
que respecta a las poblaciones transzonales y altamente migratorias (incluidas
la caballa y la bacaladilla) en el Atlántico nororiental, la UE coopera con esos
mismos vecinos nórdicos en los foros de Estados ribereños. La Comisión
estudiará los mejores planteamientos para reforzar esta cooperación a fin de
tener en cuenta las novedades en los procesos regionales que intenten gestionar
los recursos a escala de cuenca marítima. Al mismo tiempo, las relaciones de la UE con
los terceros países cercanos sigue rigiéndose por los principios de la Política
Europea de Vecindad (PEV), mediante la cual la UE ofrece a sus vecinos una
relación privilegiada basada en el compromiso mutuo
en favor de valores comunes (democracia y derechos humanos, Estado de derecho,
buena gobernanza, principios de la economía de mercado y desarrollo
sostenible). La PEV también es una buena correa de transmisión de la Política
Marítima Integrada de la UE a los países asociados vecinos, al estimular
a los agentes de los mares Báltico, Mediterráneo y Negro a crear y reforzar
mecanismos de intercambio inter pares, para los cuales la UE puede
facilitar iniciativa y apoyo. Erradicación de la pesca ilegal Al efecto de tratar eficazmente los
principales problemas a que se enfrenta actualmente la pesca, tales como la
lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y la
reducción del exceso de capacidad, la UE necesita conseguir el apoyo de otras
potencias mundiales. La Comisión propone que se entablen
conversaciones, para finales de 2013, con otros grandes importadores de
pescado, especialmente los Estados Unidos y Japón[4], para aplicar un
planteamiento común dirigido a prevenir la entrada en esos mercados de
productos de la pesca INDNR. Esta iniciativa podría tomar como modelo el
Reglamento INDNR de la UE[5] y
sentaría las bases para erradicar la pesca INDNR en la próxima década,
especialmente si se suman a ella otras grandes potencias. La Comisión estaría
dispuesta en un futuro próximo a aplicar, junto con sus socios, mecanismos
conjuntos de intercambio de información y armonización de planteamientos en
relación con los agentes INDNR (Estados del pabellón o flotas). ACCIÓN · Asociación operativa con los principales socios a fin de elaborar un planteamiento común contra la pesca INDNR. Exceso de capacidad: un problema
mundial En el marco del objetivo de conseguir unos
niveles de mortalidad por pesca compatibles con el RMS a más tardar para 2015,
la Comisión tiene previsto poner en marcha una iniciativa de alto nivel para
debatir las posibilidades de reducción de la capacidad a escala mundial para
2013. Esta iniciativa tendrá en cuenta las aspiraciones de los países en vías
de desarrollo y será coherente con la reforma de la PPC, que propondrá una
gestión basada en los derechos como uno de los principales mecanismos para
conseguir una reducción de la capacidad. ACCIÓN · La UE convocará una conferencia de alto nivel para debatir cómo reducir la capacidad para 2013 para preparar el camino a un proceso encaminado a solucionar el exceso de capacidad a escala mundial.
2.2.
Sostén y refuerzo de la arquitectura
mundial de la gobernanza en materia de pesca
A escala mundial, la UE participa en las
labores de las Naciones Unidas en su calidad de Parte en la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar[6]
y en el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces[7]. La UE también es un
miembro activo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y
la Alimentación (FAO) y participa en el trabajo de la Organización de
Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Se trata de organismos fundamentales para
hacer avanzar las conversaciones sobre la protección y conservación de los recursos
marinos vivos. Tras haber alcanzado acuerdos en esos foros (por ejemplo, sobre
la protección de ecosistemas marinos vulnerables dentro de las Naciones
Unidas), esos instrumentos se han aplicado con éxito a nivel más operativo
mediante la adopción de medidas de conservación concretas por las
organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP). Por lo tanto, la
participación de la UE en esos foros debe centrarse y mejorarse, de acuerdo con
las orientaciones siguientes: –
Seguir fomentando las iniciativas centradas en
el papel de los Estados del puerto y del pabellón a la hora de combatir las
actividades de pesca INDNR en el seno de la FAO, como el acuerdo de 2009 sobre
el Estado del puerto o las consultas técnicas sobre el comportamiento de los
Estados del pabellón. –
Seguir abogando por que se examinen en las
Naciones Unidas los principales asuntos que despiertan inquietud, tales como la
capacidad excesiva, los descartes, las capturas accesorias o el efecto de
determinados artes de pesca en los ecosistemas marinos. –
Fomentar la creación de condiciones de
competencia equitativas para los buques que faenan en aguas de las OROP y de
terceros países, para evitar una «competición a la baja», por la que se podrían
obtener ventajas indebidas abusar de un marco de gestión menos estricto en
detrimento de los recursos. Estas medidas se aplicarían sin perjuicio de la
responsabilidad principal de los Estados del pabellón en lo que respecta al
comportamiento responsable de sus buques. ACCIONES La Comisión propondrá al Consejo lo siguiente: · Seguir presentando propuestas ambiciosas de cara a la resolución de la Asamblea General anual de las Naciones Unidas sobre pesca sostenible. · Reforzar el apoyo a la creación de instrumentos internacionales de conservación y gestión de las poblaciones de peces en el marco de la FAO. · Poner en marcha una iniciativa a escala de las Naciones Unidas en favor de un sistema mundial de certificación para erradicar la pesca INDNR. · Fomentar el respeto de normas rigurosas de sostenibilidad por terceros en alta mar y en las aguas de terceros países.
2.3.
Contribución a un funcionamiento más
eficaz de las OROP
Las OROP son los foros clave para la
conservación y la gestión de las poblaciones de peces compartidas y
migratorias. En virtud de la CNUDM y del Acuerdo de las Naciones Unidas sobre
las poblaciones de peces, la UE se ha comprometido a participar en las labores
de diversas OROP, siempre que tenga un interés real[8] en las pesquerías
gestionadas por esas organizaciones en su calidad de nación pesquera o de
Estado de comercialización. El papel de la UE en esos foros ha aumentado de
manera importante desde 1999, año en que se publicó la última Comunicación
sobre la participación de la Comunidad Europea en las Organizaciones Regionales
de Pesca (ORP)[9]. No obstante, pese a los esfuerzos de las OROP
por gestionar de forma sostenible los recursos en su ámbito de competencia, las
poblaciones de peces han seguido disminuyendo. Casi el 85 % de las
poblaciones de peces mundiales sobre las que existe información se consideran,
sea explotadas por completo, sea explotadas en exceso, según la estimación más
reciente de la FAO[10].
Esta tendencia se mantiene desde hace décadas y refleja una mayor explotación
de las poblaciones de peces, sobre todo debido a una mayor demanda de productos
de la pesca por parte de los consumidores. De corto a medio plazo, la UE debería
encaminar sus esfuerzos hacia el tratamiento de las principales dificultades
que impiden a las OROP cumplir su misión, mediante la aplicación de medidas conformes
a las orientaciones políticas siguientes: ·
El funcionamiento de las OROP debe mejorarse
mediante la realización de evaluaciones de resultados sistemáticas, de
conformidad con las resoluciones oportunas de las Naciones Unidas. ·
Las OROP deben disponer de información y
asesoramiento científicos más fidedignos gracias al aumento de las inversiones
de la UE en recogida de datos, investigación aplicada, conocimientos
científicos y en las actividades científicas de las OROP, alentando a los
miembros de éstas a hacer lo mismo. La UE debe fomentar también una gama más
amplia de dictámenes científicos, sobre todo mediante la aplicación de enfoques
ecosistémicos y de precaución y complementándolos con herramientas de análisis
socioeconómico. ·
Para poner remedio a la situación actual de
cumplimiento deficiente por algunos miembros de las medidas de conservación y
gestión de las OROP, la UE debería fomentar lo siguiente: –
Evaluación periódica del historial de
cumplimiento de cada Parte en las OROP respectivas. –
Determinación de los motivos de la falta de
cumplimiento (por ejemplo, falta de capacidad en los países en vías de
desarrollo) y resolución de esos motivos de manera adecuada y específica. –
Establecimiento y aplicación de sanciones
transparentes y no discriminatorias en caso de incumplimiento claro o de falta
de compromiso político de las Partes. Este proceso podría complementarse con
incentivos que recompensen a los agentes «cumplidores» y «transparentes»
(flotas o Estados del pabellón). ·
La capacidad excesiva es un problema que se
debe abordar tanto de forma multilateral (puesta en marcha de una iniciativa de
la UE junto con sus principales socios) como en las OROP. La UE debe defender
que se aborde la capacidad excesiva mediante un estudio del mejor asesoramiento
científico disponible sobre los niveles de captura sostenibles y la
consideración de las medidas para encontrar una solución al respecto. Entre
esas medidas podrían contarse la congelación o reducción de la capacidad, sin
olvidar las aspiraciones de los Estados en vías de desarrollo de desarrollar su
propio sector pesquero. ·
La adopción mediante consenso de decisiones
sobre las medidas de gestión es la mejor garantía del grado más alto de
cumplimiento. No obstante, la UE debe defender una reforma de los sistemas de
toma de decisiones en las OROP, especialmente para permitir la votación, en
caso necesario, conforme al procedimiento más progresivo y eficaz adoptado
recientemente en la Convención de la OROP del Pacífico Sur[11]. ·
Al efecto de reforzar la base financiera de
las OROP y continuar alentando el uso responsable de los recursos por las
flotas, la UE debe fomentar la idea de que los buques que enarbolen pabellón de
un Estado miembro de la OROP paguen un canon a la OROP por el acceso a las
pesquerías de alta mar. Un régimen de pago por acceso bien pensado y creado
íntegramente de conformidad con la CNUDM podría servir de factor suplementario
de prevención de la «tragedia de los recursos comunes»[12]. ACCIONES La Comisión propondrá al Consejo lo siguiente: · Fomentar el examen de los resultados de las OROP, con el objeto de que todas las organizaciones acaben sus primeras evaluaciones para finales de 2013 y luego las repitan periódicamente (cada 3 o 5 años). · Fomentar el concepto de sistema de acceso de pago mediante la introducción de cánones por la inclusión de los buques en las listas de buques autorizados de la OROP en un número limitado de OROP. · Fomentar las medidas resumidas en el presente capítulo de forma coherente y estructurada para facilitar que esas organizaciones cumplan efectivamente su misión. Esto garantizaría un nivel sostenible y regulado de pesca (basado en el RMS) de las poblaciones que son competencia de las OROP, así como la protección de la biodiversidad marina.
3.
Hacia unos acuerdos pesqueros sostenibles
3.1.
Los acuerdos de asociación en el sector
pesquero vigentes y sus deficiencias
Los acuerdos
bilaterales de pesca entre la UE y terceros países han sido durante mucho
tiempo una característica de la Política Pesquera Común. La reforma de la PPC
de 2002 introdujo importantes cambios en los acuerdos bilaterales al hacer
hincapié en el aspecto de asociación y en el desarrollo de pesquerías
sostenibles en los países asociados. Los acuerdos de asociación en el sector
pesquero (AASP) vigentes tienen por objeto que los buques de la UE puedan
pescar en un entorno regulado y jurídicamente seguro los recursos excedentarios[13] en las zonas económicas
exclusivas (ZEE) de una serie de terceros países[14]. Los AASP persiguen apoyar el desarrollo de
pesquerías sostenibles en los países asociados. Al hacerlo, tienden a tener
repercusiones económicas y sociales positivas. En especial, contribuyen de
manera positiva a las economías locales gracias al empleo de marineros, los
desembarques y las industrias de transformación de pescado, al tiempo que
contribuyen al suministro de alimentos a los países asociados. Pese a varias mejoras, importantes
deficiencias siguen afectando al funcionamiento de los AASP, tal como ha
señalado hace muy poco la consulta sobre el Libro Verde de 2009[15]: ·
Los conocimientos científicos sobre
determinadas poblaciones en aguas extranjeras son insuficientes para establecer
el tamaño general del excedente. ·
Las condiciones de los acuerdos pesqueros
celebrados por los países asociados con otros países (no pertenecientes a la
UE) no se suelen conocer en la UE. ·
Por consiguiente, suele resultar imposible
evaluar el esfuerzo pesquero global dirigido a las poblaciones y determinar el
porcentaje de excedentes que la flota de la UE puede pescar de forma sostenible.
·
Muchos países asociados tienen una capacidad
de absorción limitada en lo que se refiere al uso de los fondos AASP destinados
al apoyo del sector. La Comisión considera que los AASP vigentes
deben transformarse en acuerdos de pesca sostenible (APS) centrados en la
conservación de los recursos y en la sostenibilidad medioambiental, en una
mejor gobernanza y en la eficacia del apoyo sectorial.
3.2.
Mayor fomento de la sostenibilidad y de
la conservación de los recursos a largo plazo
Los APS deben basarse siempre en los mejores
dictámenes científicos disponibles, utilizando como referencia el concepto de
rendimiento máximo sostenible (RMS). La Comisión pondrá en marcha auditorías
científicas para evaluar los acuerdos vigentes sobre varias especies por medio
de evaluaciones inter pares independientes de la información científica
disponible. Sobre esta base, y de acuerdo con el enfoque ecosistémico, decidirá
si es necesario volver a centrar esos acuerdos en las especies sobre las cuales
el grado de conocimiento científico es suficiente y respecto a las cuales se
conoce el esfuerzo pesquero total[16].
En cuanto a los acuerdos sobre el atún, los datos científicos proporcionados
por las OROP pertinentes se utilizarán de forma más rigurosa. Los Estados
miembros deberán cumplir a rajatabla las disposiciones sobre notificación de
las capturas. La Comisión tratará rápida y equitativamente las alegaciones de
incumplimiento. La Comisión también se esforzará por que los
APS incluyan una cláusula de transparencia por la que se informe a la UE del
esfuerzo pesquero acumulado en un país asociado determinado. ACCIONES La Comisión tiene previsto lo siguiente: · Poner en marcha auditorías científicas de forma sistemática para evaluar las poblaciones antes de negociar nuevos protocolos de los acuerdos que afecten a varias especies. · Garantizar el cumplimiento por los Estados miembros de las normas sobre notificación de capturas aplicables en las aguas de los países asociados, haciendo plenamente uso de los instrumentos jurídicos vigentes, tales como el Reglamento INDNR. · Hacer más transparentes los esfuerzos pesqueros mundiales en las aguas de terceros países mediante cláusulas específicas en los acuerdos bilaterales y contactos con otros terceros países.
3.3.
Refuerzo de la gobernanza de los acuerdos
pesqueros bilaterales
Los AASP vigentes deben modificarse de forma
que representen un marco de gobernanza completo para las actividades pesqueras
de los buques de la UE en las aguas de terceros países. La aplicación de los
acuerdos debe simplificarse, estos han de proporcionar mejores medios de
reacción ante las violaciones de los derechos humanos, y tiene que reducirse la
contribución pública a los costes de acceso. Los APS deben ser más
fáciles de aplicar y cumplir. Con este fin, deben
basarse en modelos de acuerdo y se deben introducir cláusulas tipo. Deben
agilizarse los trámites administrativos relacionados con las autorizaciones de
pesca expedidas y gestionadas en virtud de los acuerdos. La Comisión formulará
en 2012 una propuesta de revisión del Reglamento sobre la autorización de las
actividades pesqueras[17]. Se debe incluir una cláusula de derechos
humanos en todos los acuerdos futuros, como ya se ha hecho en los protocolos
rubricados recientemente, de manera que las infracciones de elementos
esenciales y fundamentales de los derechos humanos y los principios
democráticos se traduzcan en última instancia en la suspensión del protocolo
del acuerdo. Esta cláusula debe seguir el ejemplo de las disposiciones del
Acuerdo de Cotonú[18],
en su caso, o de otros instrumentos y acuerdos internacionales pertinentes. La cláusula de exclusividad de los AASP
vigentes impide a los buques de la UE faenar fuera del marco normativo del
acuerdo, de existir este, y garantiza que todos los buques de la UE estén sujetos
a las mismas normas. Para prevenir la elusión de la cláusula de exclusividad
mediante el reabanderamiento, los futuros acuerdos pesqueros deben prever que
un buque de la UE que cambie de pabellón para eludir sus obligaciones o
conseguir más posibilidades de pesca no esté autorizado a pescar más en la ZEE
del país asociado. El sector pesquero de la UE debe asumir un
porcentaje equitativo de los costes de acceso a los recursos excedentarios de
terceros países. La contribución del presupuesto de la UE debe disminuir en
consecuencia. ACCIONES La Comisión tiene previsto lo siguiente: · Proponer para 2012 la revisión del Reglamento sobre la autorización de las actividades pesqueras para simplificar la gestión de las autorizaciones de pesca. · Velar por el respeto de los derechos humanos sea una condición necesaria para la celebración de APS y para mantener la cooperación pesquera con terceros países. · Intentar introducir en los acuerdos bilaterales disposiciones que prevengan el reabanderamiento abusivo. · Obrar por el aumento de la contribución de los armadores a los costes de acceso a las aguas de terceros países.
3.4.
Apoyo más eficaz a la pesca sostenible
en los países asociados
El apoyo financiero de la UE a la política
sectorial de terceros países debe traducirse en beneficios concretos y
mensurables para los países asociados también en el ámbito de las pesquerías
locales sostenibles. Debe tener como objetivo apoyar su capacidad
administrativa y científica y centrarse sobre todo en las actividades de
seguimiento, control y vigilancia, incluida la lucha contra la pesca INDNR. La
mejora del asesoramiento científico y de la capacitación también debe ser
prioritaria a efectos del apoyo de la UE a los países asociados en virtud de
APS. Al mismo tiempo, el apoyo sectorial debe ser
más eficaz y específico y evaluarse periódicamente. Deben pedirse garantías de
resultados a los países asociados y debe reforzarse la condicionalidad, de
manera que no se proceda a ningún pago a falta de resultados. La Comisión
formulará directrices generales de cara al control de los fondos de ayuda
sectorial en virtud de todos los acuerdos pesqueros, que luego pueden adaptarse
a los acuerdos concretos. La Comisión también intentará aumentar el
valor añadido de la ayuda sectorial al desarrollo sostenible del sector
pesquero de los países asociados teniendo más en cuenta las estrategias
globales y las prioridades definidas en cada una de ellas. ACCIONES La Comisión tiene previsto lo siguiente: · Proponer la disociación en todos los casos de los pagos de ayudas sectoriales de los pagos de derechos de acceso a las pesquerías y determinar el apoyo sectorial teniendo en cuenta las necesidades y la capacidad de absorción de los países asociados. · Intentar introducir una mayor condicionalidad en el elemento sectorial, de manera que los pagos dependan de los progresos registrados en la aplicación de la ayuda sectorial. · Apoyar los esfuerzos de los países asociados por mejorar la recogida de datos y el suministro de dictámenes científicos exactos.
4.
Coherencia con otras políticas de la UE
A fin de cumplir los objetivos contemplados
en la presente Comunicación, la voz de la UE debe hacerse oír con más fuerza en
diversos foros mundiales gracias a mayores sinergias entre sus medidas y
políticas en la esfera de la gobernanza internacional en materia de pesca y en
los ámbitos del desarrollo, el comercio, el medio ambiente, la investigación y
la innovación, la política exterior y otros. Esto se hará, entre otras cosas,
siguiendo las orientaciones que se indican a continuación: –
La coordinación de las políticas pesqueras y
de desarrollo debe garantizar que el reconocimiento de las aspiraciones de los
Estados en vías de desarrollo de crear su propio sector pesquero esté ligado a
un mayor conocimiento de sus deberes en materia de gobernanza sostenible de las
pesquerías. –
Deben perseguirse sinergias entre los futuros
acuerdos pesqueros y los instrumentos y políticas de desarrollo, en especial el
Fondo Europeo de Desarrollo (FED) y otras políticas, como la de investigación e
innovación. –
En el marco de la actuación exterior de la
Unión Europea, la UE seguirá apoyando las estrategias y programas relacionados
con la pesca, tales como la seguridad marítima y la lucha contra la piratería,
en el marco de sus estrategias globales de asociación y cooperación. –
La UE, en su calidad de gran importador de
productos de la pesca, ya impide que entren en su mercado los productos de la
pesca INDNR. La política comercial de la UE también puede contribuir a velar
por una pesca sostenible en todo el mundo mediante el fomento del respeto de
los convenios y acuerdos internacionales pertinentes en materia de gobernanza
en materia de pesca en el marco de los acuerdos comerciales preferenciales. –
La coherencia de los objetivos
medioambientales y pesqueros se garantizará mediante la integración permanente
de las políticas formuladas por los organismos y convenios medioambientales
internacionales en las decisiones de conservación y gestión adoptadas por las
OROP. ACCIONES La Comisión tiene previsto lo siguiente: · Formular y aplicar estrategias marítimas regionales en favor de unas pesquerías sostenibles, por ejemplo en los océanos Pacífico e Índico y en el Mar Mediterráneo. · Adoptar, para finales de 2011, una propuesta de marco jurídico, incluidas medidas comerciales, para velar por la sostenibilidad de los recursos pesqueros. ANEXO I Organizaciones regionales de
ordenación pesquera ANEXO II Acuerdos pesqueros bilaterales Tipo de ACUERDo || País AsociADO || ProtocolO EN VIGOR HASTA EL || CONTRIBUCIÓN FINANCIERA anual DE LA UE Acuerdos que afectan a varias especies («mixtos») || Groenlandia || 31 de diciembre de 2012 || 14 307 244 EUR Guinea-Bissau || 15 de junio de 2011 || 7 500 000 EUR Mauritania || 31 de julio de 2012 || Desde 86 000 000 EUR (1er año) hasta 70 000 000 EUR (4º año) Marruecos || 27 de febrero de 2012 || 36 100 000 EUR Acuerdos sobre el atún – África occidental || Cabo Verde || 31 de agosto de 2011 || 385 000 EUR Gabón || 2 de diciembre de 2011 || 860 000 EUR Costa de Marfil || 30 de junio de 2013 || 595 000 EUR Santo Tomé y Príncipe || Finales de 2013 || 682 500 EUR Acuerdos sobre el atún – Océano Índico || Comoras || 31 de diciembre de 2013 || 615 250 EUR Madagascar || 31 de diciembre de 2012 || 1 197 000 EUR Mozambique || 31 de diciembre de 2011 || 900 000 EUR Seychelles || 17 de enero de 2014 || 5 600 000 EUR Acuerdos sobre el atún – Pacífico || Kiribati || 15 de septiembre de 2012 || 478 400 EUR Micronesia || 25 de febrero de 2010 (un nuevo Protocolo, por un período de cinco años, está en curso de ratificación) || 559 000 EUR Islas Salomón || 8 de octubre de 2012 || 400 000 EUR Acuerdos durmientes || || || Gambia || Sin protocolo en vigor || Guinea || Sin protocolo en vigor || Guinea Ecuatorial || Sin protocolo en vigor || Mauricio || Sin protocolo en vigor || Senegal || Sin protocolo en vigor || [1] The State of World Fisheries and Aquaculture 2010,
FAO, Roma, 2010, p. 35. De las poblaciones marinas controladas por la FAO, se
considera que más de la mitad (53 %) se explota por completo, el 28 %
está explotado en exceso, el 3 % está agotado y el 1 % se recupera
tras su agotamiento. El 3 % se considera subexplotado y el 12 %,
explotado de forma moderada. [2] Las
orientaciones relativas a la dimensión exterior de la Política Marítima
Integrada se establecen en la Comunicación de la Comisión al Parlamento
Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las
Regiones - Desarrollo de la dimensión internacional de la Política Marítima
Integrada de la Unión Europea (COM(2009) 0536 final). [3] RMS es el rendimiento máximo (o captura) que puede
sacarse de la población de una especie durante un período indeterminado. La
idea de RSM, que es fundamental para la noción de producción sostenible, tiene
por objeto mantener el tamaño de la población en un nivel que corresponda al
porcentaje de crecimiento máximo mediante la captura de los individuos que se
añadirían normalmente a la población, permitiendo a ésta seguir siendo
productiva indefinidamente. [4] Esos
países representan, junto con la UE, dos tercios del mercado mundial de
productos de la pesca; véase The State of World Fisheries and Aquaculture
2010, FAO, Roma 2010. [5] Reglamento
(CE) nº 1005/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, por el que se
establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca
ilegal, no declarada y no reglamentada, se modifican los Reglamentos (CEE) nº
2847/93, (CE) nº 1936/2001 y (CE) nº 601/2004, y se derogan los Reglamentos
(CE) nº 1093/94 y (CE) nº 1447/1999. [6] CNUDM,
1982, también llamada Convención de Montego Bay. [7] Acuerdo
sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar relativas a la conservación y ordenación de las
poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente
migratorios, UNFSA, 1995, también llamado Acuerdo de Nueva York. [8] El «interés
real» puede derivarse de la pesca en alta mar, de ser un Estado costero con una
ZEE incluida en la zona de competencia de la OROP o de ser un gran importador
de productos de la pesca capturados en una zona gestionada por una OROP. [9] COM(1999)
613 final, de 8.12.1999. [10] The State of World Fisheries and Aquaculture 2010,
FAO, Roma, 2010, p. 35. De las poblaciones marinas controladas por la FAO, se
considera que más de la mitad (53 %) se explota por completo, el 28 %
está explotado en exceso, el 3 % está agotado y el 1 % se recupera
tras su agotamiento. El 3 % se considera subexplotado y el 12 %,
explotado de forma moderada. De las poblaciones de atún y similares cuyo estado
de explotación es conocido, es posible que hasta el 60 % de las poblaciones
esté explotado por completo, hasta el 35 % de las poblaciones se clasifica
como sobreexplotado o agotado, mientras que solo unas pocas parecen estar
subexplotadas (sobre todo el listado). [11] Convención para la Conservación y Ordenación de los
Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur, artículos 16 y 17. [12] La «tragedia de los recursos comunes» es el dilema que
plantea la situación en que varios individuos que actúan por separado y
pensando de forma racional en su propio interés, acaban agotando un recurso
limitado común, aun si está claro que no se ajusta al interés a largo plazo de
cada uno de ellos que esto ocurra. [13] Porcentaje de capturas admisibles que el Estado ribereño
no puede o no desea explotar por sí mismo; véase el artículo 62, apartado 2, de
la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. [14] Véase el
anexo II para el resumen de los acuerdos pesqueros bilaterales de la UE y sus
características principales. Para ser plenamente operativos, debe adjuntarse a
los acuerdos pesqueros bilaterales un protocolo que defina las características
específicas de las posibilidades de pesca y la contribución financiera. Los
acuerdos sin un protocolo en vigor o en curso de ratificación se denominan
«durmientes». [15] Resumen de la consulta sobre la reforma de la Política
Pesquera Común, SEC(2010) 428 final, de 16.4.2010. [16] Los AASP vigentes se pueden dividir en: a) los que se
refieren únicamente al atún y a las especies similares altamente migratorias
(acuerdos sobre el atún), y b) los que también se refieren a otras especies
(también llamados acuerdos mixtos). Debido a la cobertura por parte de las
OROP, la información científica sobre las poblaciones de atún suele ser mejor
que la existente sobre otras especies. [17] Reglamento (CE) nº 1006/2008 del Consejo, de
29 de septiembre de 2008, relativo a la autorización de las
actividades pesqueras de los buques pesqueros comunitarios fuera de las aguas
comunitarias y al acceso de los buques de terceros países a las aguas
comunitarias, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 2847/93 y (CE)
nº 1627/94 y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 3317/94. [18] El Acuerdo de Cotonú es el acuerdo de asociación más
amplio entre los países en vías de desarrollo y la UE. Desde el año 2000 es el
marco de las relaciones de la UE con 79 países de África, el Caribe y el
Pacífico (ACP).