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Document C2005/217/05

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera), de 14 de julio de 2005, en los asuntos acumulados C-65/02 P y C-73/02 P: ThyssenKrupp Stainless GmbH y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas («Recursos de casación — Tratado CECA — Prácticas colusorias — Extra de aleación — Reducción del importe de la multa — Cooperación durante el procedimiento administrativo — Imputabilidad de la infracción — Derecho de defensa»)

DO C 217 de 3.9.2005, p. 3–3 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

3.9.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 217/3


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Primera)

de 14 de julio de 2005

en los asuntos acumulados C-65/02 P y C-73/02 P: ThyssenKrupp Stainless GmbH y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)

(«Recursos de casación - Tratado CECA - Prácticas colusorias - Extra de aleación - Reducción del importe de la multa - Cooperación durante el procedimiento administrativo - Imputabilidad de la infracción - Derecho de defensa»)

(2005/C 217/05)

Lenguas de procedimiento: alemán e italiano

En los asuntos acumulados C-65/02 P y C-73/02 P, que tienen por objeto sendos recursos de casación interpuestos, con arreglo al artículo 49 del Estatuto CECA del Tribunal de Justicia, el 28 de febrero de 2002, ThyssenKrupp Stainless GmbH, anteriormente Krupp Thyssen Stainless GmbH (abogado: Sr. M. Klusmann), ThyssenKrupp Acciai speciali Terni SpA, anteriormente Acciai speciali Terni SpA (abogados: Sr. A. Giardina y Sra. G. Di Tommaso), y en el que la otra parte en el procedimiento es: Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. A. Whelan, asistido por el Sr. H.-J. Freund, y Sr. A Whelan y Sra. V. Superti, asistidos por el Sr. A. Dal Ferro), el Tribunal de Justicia (Sala Primera), integrado por el Sr. P. Jann, Presidente de Sala, y el Sr. A. Rosas, la Sra. R. Silva de Lapuerta y los Sres. K. Lenaerts y S. von Bahr (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. P. Léger; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 14 de julio de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Desestimar los recursos de casación y la adhesión a la casación.

2)

ThyssenKrupp Stainless GmbH, ThyssenKrupp Acciai speciali Terni SpA y la Comisión de las Comunidades Europeas cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 109, de 4.5.2002.


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