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Document 92003E001657

PREGUNTA ESCRITA E-1657/03 de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión. Influenza aviar.

DO C 11E de 15.1.2004, p. 207–208 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92003E1657

PREGUNTA ESCRITA E-1657/03 de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión. Influenza aviar.

Diario Oficial n° 011 E de 15/01/2004 p. 0207 - 0208


PREGUNTA ESCRITA E-1657/03

de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión

(19 de mayo de 2003)

Asunto: Influenza aviar

En Bélgica y Holanda se ha declarado una epidemia de influenza aviar que ha dado lugar al sacrificio de centenares de miles de pollos. Según las noticias, un veterinario holandés ha fallecido por haberse contagiado del mismo virus. La Unión Europea ha impuesto el bloqueo de las exportaciones de pollos y de huevos procedentes de ambos países, bloqueo que no protege a los ciudadanos europeos de los riesgos de las posibles importaciones anteriores a tal medida. Las autoridades sanitarias belgas habían asegurado que el virus, contagiogísimo para las aves, no lo era para el ser humano. Por otro lado, sigue abierto aún el debate sobre las posibles conexiones entre dicho virus y el del SARS.

1. ¿Puede pronunciarse la Comisión sobre el estado de salud de las aves de cría europeas, para tranquilizar a los consumidores y evitar una psicosis análoga a la que se produjo con ocasión de las vacas locas?

2. ¿Comparte la opinión de las autoridades belgas en el sentido de que el virus de la influenza aviar no es contagioso para el ser humano?

3. ¿Qué iniciativas piensa proponer para prevenir epidemias semejantes y garantizar concretamente la tal ensalzada seguridad alimentaria?

4. ¿No considera útil y oportuno asegurar la coordinación de las medidas de los ministerios nacionales para combatir la plaga?

5. ¿Está en condiciones de emitir una opinión sobre la conexión entre el virus de la influenza aviar y el del SARS?

Respuesta comúna las preguntas escritas E-1651/03 y E-1657/03dada por el Sr. Byrne en nombre de la Comisión

(18 de julio de 2003)

La influenza aviar (IA) es una infección vírica contagiosa que afecta a los pájaros. La cepa vírica que ha provocado los actuales brotes en algunos Estados miembros es del tipo H7N7. Se ha demostrado que este virus de origen aviar puede transmitirse en algunos casos a los seres humanos, lo que provoca síntomas respiratorios y reacciones oculares curables y pasajeras. La transmisión entre seres humanos es limitada y la cepa todavía no se ha establecido entre la población humana. La muerte de un veterinario en los Países Bajos debería considerarse como un caso aislado después de una exposición directa a aves de corral infectadas vivas. Las medidas de control de la enfermedad y de higiene en el sacrificio de animales aplicadas en la Unión, así como las garantías requeridas para la importación de carne de aves de corral, están destinadas a garantizar que no se comercialice carne de ave infectada. El tratamiento térmico aplicado a la carne de ave de corral antes de su consumo inactiva cualquier virus que pudiera contener. Por tanto, el riesgo de contraer la enfermedad a través del consumo de carne es insignificante.

La Comisión está al corriente de lo que sucede en Hong Kong y ha efectuado un detallado seguimiento de la situación en esta ciudad y en el sur de China, utilizando la información proporcionada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por otras fuentes. La Comisión continúa cooperando con la OMS y otras instituciones en la elaboración y la puesta en práctica de planes de intervención para enfermedades transmisibles importantes, tales como la gripe humana y el Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SRAS). Se han creado sólidas líneas de comunicación que ponen en contacto a las autoridades de salud pública competentes a fin de coordinar las medidas recomendadas a través del Sistema de alerta rápida de la Red comunitaria de enfermedades transmisibles, y se han previsto procedimientos para transmitir al público información científica de primera mano. Asimismo, la Comisión apoya una serie de proyectos de investigación sobre la creación de vacunas contra la gripe y la mejora del diagnóstico en laboratorio.

En respuesta a los brotes de influenza aviar que se han producido en Bélgica, Alemania y los Países Bajos, la Comisión, en estrecha cooperación con los expertos de los Estados miembros del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal, ha tomado inmediatamente una serie de medidas estrictas de control de la enfermedad. Estas medidas van más allá de las disposiciones previstas en la Directiva 92/40/CEE del Consejo, de 19 de mayo de 1992, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la influenza aviar(1), e incluyen disposiciones rigurosas destinadas a interrumpir la cadena de la infección lo más rápido posible y a impedir la transmisión del virus a los seres humanos. Estas acciones se reexaminan continuamente en función de la evolución de la situación epidemiológica, teniendo en cuenta los conocimientos científicos más actualizados, y han demostrado ser eficaces para limitar la difusión de la enfermedad. La situación sanitaria de las aves de corral, por lo que se refiere a los actuales brotes de IA en Bélgica, Alemania y los Países Bajos, ha experimentado una gran mejora en las últimas semanas. Puede conseguirse más información en las siguientes direcciones: http://europa.eu.int/comm/food/fs/ah_pcad/ah_pcad_77_en.pdf y http://europa.eu.int/comm/food/fs/ah_pcad/ah_pcad_76_en.pdf.

Los virus de la influenza pertenecen a la familia de los ortomixoviridae, mientras que se ha demostrado que el agente que provoca el SRAS es un coronavirus. Se trata de dos familias claramente diferenciadas y los virus provocan enfermedades diferentes. No obstante, los síntomas iniciales pueden ser similares. Es posible que una persona sea infectada por el agente del SRAS y por el virus de la gripe al mismo tiempo, especialmente en las épocas de propagación de la gripe. Por tanto, una vigilancia efectiva de la gripe es tan importante como el establecimiento de pruebas de laboratorio validadas para confirmar el SRAS. La Comisión financia un proyecto de vigilancia, el European Influenza Surveillance Scheme (http://www.EISS.org), que proporciona datos de vigilancia de la gripe humana, en estrecha colaboración con la OMS.

En el marco más general de la protección contra las enfermedades transmisibles, la Comisión tiene previsto proponer al Parlamento y al Consejo un reglamento por el que se cree un Centro para las enfermedades transmisibles, con lo que se mejoraría la capacidad de la Unión Europea para reaccionar frente a los brotes de enfermedades que afectan a la salud pública. Este Centro proporcionaría una asistencia suplementaria a la de los instrumentos comunitarios existentes (p. ej., protección civil) a fin de garantizar que pueda emprenderse una acción eficaz a nivel comunitario en relación con cualquier catástrofe que pueda producirse en un Estado miembro o en un tercer país.

(1) DO L 167 de 22.6.1992.

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