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Document 92000E000101

PREGUNTA ESCRITA P-0101/00 de Jonas Sjöstedt (GUE/NGL) al Consejo. Política de asilo de la Unión Europea.

DO C 280E de 3.10.2000, p. 177–178 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92000E0101

PREGUNTA ESCRITA P-0101/00 de Jonas Sjöstedt (GUE/NGL) al Consejo. Política de asilo de la Unión Europea.

Diario Oficial n° 280 E de 03/10/2000 p. 0177 - 0178


PREGUNTA ESCRITA P-0101/00

de Jonas Sjöstedt (GUE/NGL) al Consejo

(19 de enero de 2000)

Asunto: Política de asilo de la Unión Europea

En su respuesta a mi pregunta escrita H-0722/99, el Consejo especifica que los Estados miembros no cuentan con una definición común de lo que es un país de procedencia seguro y una solicitud manifiestamente infundada, lo que motiva a su vez las siguientes preguntas:

1. ¿Acaso las decisiones sobre política de asilo adoptadas en la Cumbre de Tampere tienen consecuencias en la manera en que los Estados miembros habrán de juzgar los casos de asilo, cuando el solicitante es objeto de una persecución no estatal?

2. La Cumbre decidió aplicar la Convención de Ginebra de manera plena y total. ¿Tiene ello consecuencias prácticas en la manera en que los Estados miembros tramitarán y evaluarán las peticiones de asilo individuales?

Respuesta

(13 de marzo de 2000)

El Consejo Europeo de Tampere, al tiempo que prevé un futuro sistema europeo común de asilo basado en la plena y total aplicación de la Convención de Ginebra, hace un llamamiento para que, entre otras medidas a corto plazo, se establezcan estándares comunes para un procedimiento de asilo eficaz y justo, se aproximen las normas sobre el reconocimiento y el contenido del estatuto de refugiado y se adopten medidas relativas a formas de protección subsidiarias. El Consejo Europeo insta al Consejo a alcanzar estos objetivos sobre la base de propuestas que debe presentar la Comisión. Las consecuencias para los Estados miembros por las que pregunta Su Señoría se derivarán de dichas propuestas, que el Consejo examinará prioritariamente.

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