COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 4.12.2023
COM(2023) 786 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
Tutela judicial efectiva y acceso a la justicia
Informe anual de 2023 sobre la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE
Tutela judicial efectiva y acceso a la justicia
Informe anual de 2023 sobre la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE
Índice
1.Introducción
2.Derecho de la Unión en materia de tutela judicial efectiva y acceso a la justicia
3.Medidas de los Estados miembros para garantizar una tutela judicial efectiva
4.Prestación de tutela judicial efectiva a través de los órganos jurisdiccionales
5.Financiación de la UE de la tutela judicial efectiva
6.Conclusión
1.Introducción
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «la Carta») reúne los derechos fundamentales reconocidos a todas las personas en la Unión Europea (UE). Hace hincapié en la interconexión entre los derechos fundamentales y los valores fundacionales de dignidad humana, libertad, igualdad y solidaridad, así como los principios de democracia y Estado de Derecho. Como Derecho primario vinculante, la Carta garantiza la protección de los derechos fundamentales en toda la UE.
¿Cuándo se aplica la Carta?
Desde 2009, la Carta tiene el mismo carácter jurídico que los Tratados, el Derecho de la Unión en el que se basa la legislación de la UE. Las instituciones de la UE deben cumplirla en todas sus actuaciones, y los Estados miembros también deben cumplirla cuando apliquen el Derecho de la Unión.
Los Estados miembros aplican el Derecho de la Unión, en particular, cuando:
— hacen efectiva la legislación de la UE mediante la adopción de medidas nacionales de aplicación;
— adoptan legislación en los casos en que el Derecho de la Unión impone obligaciones concretas o permite que se establezca una excepción;
— aplican los programas de financiación de la UE de conformidad con las normas de financiación de la UE.
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Como se establece en la Estrategia de 2020 para reforzar la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales en la UE (la Estrategia para la Aplicación de la Carta), la Comisión presenta informes temáticos anuales sobre la aplicación de la Carta centrados en ámbitos de importancia estratégica. El informe correspondiente al presente año está dedicado a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia como condición previa para el disfrute de los derechos fundamentales, de forma que no deje a nadie atrás.
Avances en la ejecución de la Estrategia para la Aplicación de la Carta en 2022-2023:
-En diciembre de 2022, la Comisión aprobó su Informe anual de 2022 sobre la aplicación de la Carta, que se centraba en papel de las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos en la defensa de los derechos fundamentales.
-En 2023, la Comisión organizó una serie de seminarios con las partes interesadas sobre la forma en que la UE y los Estados miembros pueden consolidar su papel para proteger, apoyar y empoderar a las organizaciones de la sociedad civil y a los defensores de los derechos humanos. En noviembre de 2023, se debatieron medidas de seguimiento en un acto de alto nivel organizado con la presidencia española del Consejo.
-Hasta la fecha, veinticinco Estados miembros han designado un centro de referencia de la Carta para impulsar la cooperación y promover la aplicación efectiva de la Carta en su Estado miembro.
-La Comisión también puso en marcha cursos de formación para el personal de la UE sobre la aplicación de la Carta en las evaluaciones de impacto. Se sigue impartiendo formación a los profesionales de la justicia sobre la aplicación de la Carta, en el marco de la estrategia europea sobre la formación judicial para 2021-2024. La plataforma europea de formación del Portal Europeo de e-Justicia contiene materiales de aprendizaje electrónico y formación sobre derechos fundamentales dirigida a los profesionales del Derecho y de la justicia.
-En el marco de la «condición favorecedora horizontal» relativa a la aplicación efectiva de la Carta, la Comisión ha evaluado todos los programas financieros presentados por los Estados miembros a fin de comprobar que se han establecido disposiciones efectivas para velar por el respeto de la Carta en la ejecución de los fondos de la UE en cuestión. Hasta la fecha, la Comisión ha constatado que todos los Estados miembros, salvo tres excepciones, cumplen la condición favorecedora horizontal de la Carta. No puede reembolsarse ningún gasto pertinente hasta que se cumplan las condiciones establecidas en la condición favorecedora horizontal de la Carta para la ejecución de estos programas. La Comisión también supervisa de cerca la situación.
-La Comisión ha seguido defendiendo los derechos fundamentales a través de procedimientos de infracción.
-También ha sensibilizado sobre los derechos fundamentales y facilitado información a través de la campaña #RightHereRightNow, la sección «Sus derechos» del Portal Europeo de e-Justicia y en el sitio web de la Comisión.
-La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) ha seguido actualizando su base de datos Charterpedia, que contiene materiales sobre derechos fundamentales procedentes de toda la UE. La FRA también ha publicado el documento Estudios de casos de la Carta - Manual del formador, que incluye orientaciones relativas a la organización de las formaciones sobre la Carta en diez lenguas de la UE.
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El informe de 2023 sobre la Carta se centra en la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia, ya que estos derechos son esenciales para garantizar la plena aplicación de la Carta y de la legislación de la UE que promueve y protege los derechos consagrados en la Carta. Sin una tutela judicial efectiva, las personas no pueden hacer valer de forma efectiva sus derechos, en particular, sus derechos fundamentales.
Además, la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia defienden una cultura de derechos fundamentales y Estado de Derecho, como destacan los informes anuales sobre el Estado de Derecho de la Comisión. Corresponde a los órganos jurisdiccionales nacionales y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) velar por la plena aplicación del Derecho de la Unión en todos los Estados miembros, y por la protección jurídica de los derechos de las personas en virtud de dicho Derecho. De conformidad con el artículo 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE), los Estados miembros han de proporcionar suficientes vías de recurso para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión.
Por lo tanto, el informe sobre la Carta complementa los informes anuales sobre el Estado de Derecho de la Comisión, en los que el pilar de justicia aborda la independencia judicial, la calidad y la eficiencia de los sistemas judiciales nacionales centrándose en el acceso a la justicia para todos a través de recursos judiciales y extrajudiciales. Ofrece una perspectiva centrada en los derechos fundamentales en materia de acceso a la justicia, definido como la capacidad de todas las personas de solicitar y obtener una solución justa a los problemas jurídicos a través de una serie de servicios jurídicos y judiciales, de una forma tal que se respeten los derechos fundamentales. El informe también complementa otras iniciativas políticas pertinentes, como el cuadro de indicadores de la justicia en la UE, las estrategias de la Unión de la Igualdad y el Plan de Acción para la Democracia Europea.
El presente informe tiene por objeto ofrecer una visión general del marco jurídico pertinente de la UE en vigor mediante una descripción de la evolución reciente (2020-2023). Presenta tanto los logros como los retos de los Estados miembros y ofrece una instantánea de los elementos descritos por las partes interesadas. Los ejemplos de medidas nacionales no son exhaustivos y se incluyen únicamente a título ilustrativo.
¿En qué información se basa el presente informe?
El informe se basa en la evaluación cualitativa de la Comisión y la FRA de los comentarios realizados en las consultas, así como de otras fuentes, entre ellas:
-consultas específicas con: i) Estados miembros y centros de referencia de la Carta; ii) organizaciones internacionales; y iii) la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (ENNHRI) y la Red Europea de Organismos para la Igualdad (Equinet), y sus miembros;
-una consulta en línea a través de la red de la sociedad civil de la FRA, la Plataforma de Derechos Fundamentales, para recabar las experiencias de los encuestados sobre las medidas para una tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia, así como la aportación a la consulta de la FRA;
-aportaciones a otros informes de la Comisión, como los informes sobre el Estado de Derecho y el cuadro de indicadores de la justicia.
2.Derecho de la Unión en materia de tutela judicial efectiva y acceso a la justicia
Tras la entrada en vigor, en diciembre de 2009, del Tratado de Lisboa, la UE ha elaborado un marco jurídico global con recursos judiciales y extrajudiciales que los particulares pueden interponer cuando consideren que se vulneran sus derechos recogidos en el Derecho de la Unión. Al mismo tiempo, varios instrumentos de la UE van más allá y establecen normas mínimas sobre la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia. La tutela judicial efectiva prevista en el Derecho de la Unión es un ejemplo de cómo la UE influye positivamente en una amplia gama de situaciones de la vida cotidiana de las personas al permitirles disfrutar de los derechos fundamentales recogidos en la Carta. Este capítulo muestra el amplio ámbito de aplicación del Derecho de la Unión en materia de tutela judicial efectiva y acceso a la justicia. En la práctica, estas normas de la UE suelen aplicarse junto con las normas nacionales, lo que pone de relieve la complementariedad de las acciones de la UE y los Estados miembros, tal como se describe más detalladamente en el capítulo 3.
2.Facilitar el acceso a la justicia a través de los esfuerzos de digitalización
El acceso a la justicia puede facilitarse mediante el refuerzo de la digitalización de los procedimientos judiciales, lo que hará que la justicia sea más accesible. Disponer de la posibilidad de presentar documentos y comunicarse con los órganos jurisdiccionales por vía electrónica, así como de participar en las vistas orales a través de videoconferencia, puede mejorar el acceso a la tutela judicial efectiva en un plazo razonable en el sentido del artículo 47 de la Carta. La propuesta de Reglamento sobre la digitalización de la cooperación judicial
proporciona una base jurídica para el uso de las tecnologías de comunicación a distancia en audiencias de asuntos civiles y mercantiles con repercusión transfronteriza, así como en los procedimientos de cooperación judicial en materia penal.
La digitalización de la justicia debe desplegarse con cautela y garantizar el respeto de los derechos fundamentales, en particular, el derecho a un juicio justo, a la tutela judicial efectiva y a la protección de los datos personales, así como los derechos de defensa en los procesos penales
. Para garantizar la accesibilidad de los servicios y procesos judiciales a las personas que carecen de capacidades digitales suficientes o de acceso a herramientas digitales, así como a las personas que puedan tener dificultades para acceder a los entornos de la justicia digital, deben mantenerse los canales tradicionales de comunicación y participación en persona
. Las aplicaciones de inteligencia artificial también pueden apoyar la toma de decisiones judiciales, pero es importante garantizar su correcto funcionamiento y mitigar los posibles sesgos que entrañe su uso, en particular, aquellos relacionados con el sexo, origen «racial»
o étnico, religión o creencias, discapacidad, edad u orientación sexual
.
3.Derechos en procesos penales
En el Derecho procesal penal de la UE, seis directivas establecen normas mínimas sobre las garantías de las personas sospechosas y acusadas. Estas se aplican a las personas sospechosas o acusadas de haber cometido una infracción penal y facilitan su protección jurídica. Estas normas abarcan, por ejemplo, el derecho a la interpretación y traducción de documentos esenciales para quienes no hablen o entiendan la lengua del proceso penal; el derecho a ser informado sin demora de sus derechos y de las imputaciones y acusaciones con arreglo a la legislación nacional, así como a acceder a los materiales del expediente;el derecho a la asistencia de letrado, así como el derecho a que se informe a un tercero en el momento de la privación de libertad y a comunicarse con terceros y con autoridades consulares durante la privación de libertad; el derecho a guardar silencio y derecho a no declarar contra sí mismo. Estas Directivas se complementan con tres Recomendaciones: sobre las garantías de las personas vulnerables; sobre el derecho a la asistencia jurídica gratuita de las personas sospechosas o acusadas; y sobre los derechos procesales de las personas sospechosas o acusadas sometidas a prisión provisional.
Estas Directivas, en particular la Directiva 2016/343, consagran principios fundamentales del Derecho procesal penal, como la presunción de inocencia. Las normas de la UE prohíben las referencias públicas prematuras por parte de las autoridades a la culpabilidad de la persona sospechosa o acusada, establecen que la carga de la prueba para determinar la culpabilidad recarga en la acusación, y consagran el derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo, así como el derecho a estar presente en el juicio. Además, para cubrir los costes de la asistencia jurídica, las personas sospechosas y acusadas que carezcan de recursos suficientes tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita.
La UE también ha establecido salvaguardias específicas para los casos en los que la persona sospechosa o acusada sea menor. Los Estados miembros, de conformidad con el artículo 24, apartado 2, de la Carta, deben garantizar que, en cualquier decisión dictada durante el procedimiento, se tiene en cuenta el interés superior del niño. Los Estados miembros deben establecer y aplicar normas más estrictas que las aplicables a los adultos en lo que respecta a los derechos procesales fundamentales, como el derecho a la asistencia de letrado. Los Estados miembros también están obligados a introducir garantías y derechos específicos para los niños, teniendo en cuenta sus necesidades y vulnerabilidades, así como su capacidad para comprender los procedimientos y participar efectivamente en ellos. Debe evaluarse individualmente la situación de cada niño, que tiene derecho a ir acompañado del titular de la responsabilidad parental, y, cuando proceda, debe grabarse su interrogatorio; asimismo, los niños deben recibir un trato específico cuando se les prive de libertad
. La evaluación de la Comisión de las medidas nacionales de transposición puso de manifiesto grandes diferencias, en particular debido a las diferencias inherentes entre los sistemas judiciales nacionales y a las distintas normas en materia de justicia adaptada a los menores.
4.Instrumentos de cooperación judicial en materia penal
La cooperación judicial en materia penal se regula en distintos instrumentos destinados a mejorar la eficiencia de la administración de justicia en los asuntos transfronterizos y a garantizar la tutela judicial efectiva de las personas afectadas. La orden de detención europea tiene por objeto evitar la detención prolongada de la persona afectada al exigir a los Estados miembros que tramiten rápidamente las decisiones sobre la orden de detención europea. La Comisión ha propuesto recientemente normas comunes conforme a las cuales los procesos penales pueden remitirse de un Estado miembro a otro, y que contienen disposiciones sobre el derecho a la tutela judicial efectiva contra la resolución por la que se acepta la remisión.El Reglamento sobre prueba electrónica acelerará la obtención de pruebas electrónicas por parte de las autoridades policiales y judiciales. De conformidad con el artículo 47 de la Carta, reconoce el derecho a la tutela judicial efectiva a toda persona cuyos datos se hayan solicitado.
5.Derechos de las víctimas
La UE ha establecido normas exhaustivas en materia de derechos fundamentales para apoyar y proteger a las víctimas de delitos en la Directiva sobre los derechos de las víctimas
, que exige a los Estados miembros que garanticen que las víctimas de todos los delitos sean reconocidas y tratadas de manera respetuosa, profesional y no discriminatoria. Facilita su acceso a la justicia al obligar a los Estados miembros a facilitar información sobre los procedimientos, así como a apoyar y proteger a las víctimas en función de sus necesidades individuales. Las víctimas tienen, por ejemplo, derecho a ser oídas durante el proceso penal y a aportar pruebas, derecho a acceder a la asistencia jurídica gratuita cuando participen en el proceso penal en calidad de partes, y derecho a una decisión sobre la indemnización por parte del infractor. Para reforzar en mayor medida los derechos de las víctimas, la Comisión adoptó una propuesta de modificación de la Directiva sobre los derechos de las víctimas
, con el objetivo de proporcionar mejor información, apoyo y protección a las víctimas a través, por ejemplo, del acceso a la justicia electrónica, y permitirles participar más eficazmente en los procesos penales.
La legislación específica de la UE contiene normas específicas que protegen los derechos de las víctimas de determinados tipos de delitos. La Directiva contra la trata de seres humanos exige a los Estados miembros que garanticen que las víctimas de la trata de seres humanos reciben una protección adecuada, también a través de programas de protección de testigos, y que tengan acceso al asesoramiento jurídico y la representación legal. Además, las víctimas menores de edad tienen derecho a que se designe un representante y a que se adopten medidas adaptadas a los menores durante los interrogatorios y los procesos penales. Tras una evaluación de la Directiva contra la trata de seres humanos, la Comisión propuso modernizar el marco de lucha contra la trata de seres humanos y abordar las lagunas existentes en la detección y derivación para la asistencia y el apoyo a las víctimas. Además, la Comisión sigue centrándose en la aplicación de la Directiva contra la trata de seres humanos y la Estrategia de la UE en la lucha contra la trata de seres humanos 2021-2025, en particular en lo que se refiere a la protección de las víctimas en los procesos penales y el acceso a una indemnización.
Los menores víctimas de abusos y explotación sexual están protegidos en virtud de la Directiva sobre el abuso sexual de menores, que anima a cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha de un abuso o explotación sexual de menores a denunciarlo. En mayo de 2022, la Comisión propuso normas específicas sobre la explotación y el abuso sexual de menores en línea, en particular medidas para denunciar y retirar los contenidos de abusos, y para apoyar a las víctimas con la retirada del material que muestre su abuso.
Además, la propuesta de Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica
tiene por objeto reforzar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género y violencia doméstica mediante respuestas a sus necesidades concretas. También propone la tipificación penal de determinadas formas de violencia que afectan de manera desproporcionada a las mujeres, como la violación basada en la falta de consentimiento, la mutilación genital femenina y determinadas formas de ciberviolencia de género.
6.Otras situaciones de vulnerabilidad
Las personas que denuncian actividades ilegales o inmorales de las que tienen conocimiento en su lugar de trabajo («alertadores») se encuentran en una situación de vulnerabilidad frente a sus empleadores. La Directiva sobre protección de alertadores
prohíbe y exige sanciones para todas las formas de represalia y ofrece a los alertadores un conjunto sólido de acciones judiciales, entre ellas, la reincorporación o la indemnización por los daños sufridos y medidas cautelares para poner fin a las amenazas o actos de represalia.
Los periodistas, los defensores de los derechos humanos y otras personas que participan en el debate público en asuntos de interés público se encuentran en una situación igualmente vulnerable cuando se enfrentan a demandas estratégicas contra la participación pública. Una propuesta de 2022 permitiría a los jueces desestimar rápidamente tales demandas manifiestamente infundadas, y establece varias garantías y recursos procesales, como la condena en costas, la indemnización por daños y perjuicios y la imposición de sanciones. La Comisión también ha publicado recomendaciones a los Estados miembros sobre medidas para proteger a los periodistas y a los trabajadores de los medios de comunicación.
Una propuesta reciente tiene por objeto incrementar la protección de los adultos en situaciones transfronterizas y contribuir a salvaguardar sus derechos fundamentales en aquellos casos en que, debido a una disminución o insuficiencia de sus facultades personales, no están en condiciones de velar por sus intereses. La propuesta tiene por objeto garantizar que las medidas relativas a su protección o capacidad jurídica se reconozcan rápidamente y que se respeten los deseos expresados previamente mediante «poderes de representación».
Una propuesta de 2022 sobre el reconocimiento de la filiación entre los Estados miembros tiene por objeto reforzar la protección de los derechos fundamentales de los menores en situaciones transfronterizas, como sus derechos derivados de la filiación en otro Estado miembro, en particular su derecho a la representación parental en asuntos como la salud y la escolarización. De este modo, los progenitores de un menor en un Estado miembro seguirían siendo sus progenitores en otros Estados miembros, situación que no siempre se da en la actualidad.
7.Víctimas de discriminación
Desde hace décadas, la tutela judicial efectiva de las víctimas de discriminación ocupa un lugar central en el Derecho de la Unión, en el que varias directivas en materia de igualdad
contemplan el derecho de acceso a los procedimientos judiciales para denunciar la discriminación, así como el derecho de las asociaciones a intervenir ante los órganos jurisdiccionales en nombre o en apoyo de las víctimas. La Directiva sobre transparencia salarial
faculta a los trabajadores a reclamar su derecho a la igualdad de retribución entre mujeres y hombres por un mismo trabajo o por un trabajo de igual valor. En los procedimientos administrativos o judiciales, las víctimas pueden estar representadas por asociaciones, representantes de los trabajadores y por organismos, como los organismos de igualdad o los sindicatos. Estos pueden ayudar a las víctimas a buscar reparación
, apoyar los litigios estratégicos
o presentar recursos colectivos
, en particular porque el Derecho de la Unión también prohíbe la discriminación en aquellos casos en los que no existe una víctima individual identificable
.
De conformidad con las directivas en materia de igualdad, los Estados miembros deben prever sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias en casos de discriminación
Las nuevas propuestas legislativas tienen por objeto reforzar el papel de los organismos de igualdad, en particular en lo que respecta a su independencia, sus recursos y sus competencias, para aumentar su eficacia en la lucha contra la discriminación. Los organismos de igualdad son esenciales a la hora de ayudar a las víctimas de discriminación y velar por el cumplimiento del Derecho de la Unión en materia de no discriminación. Los organismos de igualdad tendrán el mandato de recibir las denuncias por discriminación, investigar, asesorar a las víctimas, ofrecer mecanismos alternativos de resolución de litigios, emitir dictámenes o decisiones y actuar en procedimientos judiciales como peritos, en nombre o en apoyo de una o varias víctimas, o en su propio nombre.
La UE también es parte en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que establece la obligación de garantizar el acceso efectivo a la justicia de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, y ha adoptado la Ley Europea de Accesibilidad.
La Ley Europea de Accesibilidad se complementa con la Directiva sobre la accesibilidad de los sitios web, que exige que los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público, incluidos los órganos judiciales, sean accesibles para las personas con discapacidad y las personas mayores.
La incitación al odio y los delitos de odio vulneran el derecho fundamental de las víctimas a la dignidad y a la igualdad. Para contribuir a la tutela judicial efectiva de las víctimas de la incitación al odio y los delitos de odio, la Decisión Marco del Consejo relativa a la lucha contra el racismo y la xenofobia obliga a los Estados miembros a tipificar la incitación pública a la violencia y el odio por motivos de raza, color, religión, ascendencia u origen nacional o étnico, y a tener debidamente en cuenta los motivos racistas a la hora de condenar a los autores de actos delictivos. Las autoridades nacionales deben investigar, procesar y juzgar los casos de supuesto delito o discurso motivado por el odio. Además, en 2021, la Comisión propuso añadir la incitación al odio y los delitos de odio a los «ámbitos delictivos de la UE» establecidos en el artículo 83, apartado 1, del TFUE. Tras la adopción de la Decisión por el Consejo, la Comisión podría proponer nueva legislación para garantizar una respuesta firme del Derecho penal de la Unión a la incitación al odio y a los delitos de odio por motivos distintos del racismo y la xenofobia.
8.Protección del medio ambiente
En el ámbito de la protección del medio ambiente, el acceso a la justicia se ha visto considerablemente reforzado con la modificación del Reglamento de Aarhus, que permite a las organizaciones medioambientales y a otros ciudadanos solicitar a las instituciones de la UE que velen por que sus decisiones se ajusten a la legislación medioambiental de la UE. Las organizaciones medioambientales ya han utilizado esta vía al solicitar una revisión en materia de plaguicidas, pesca, taxonomía, planes nacionales de energía y clima, energías renovables y planes agrícolas en el marco de la política agrícola común.
La Comisión también ha publicado orientaciones sobre el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, así como fichas informativas en el Portal de e-Justicia acerca de las normas aplicables en cada Estado miembro, y ha descrito la protección jurídica que ofrece la legislación de cada Estado miembro por la que se aplica el Convenio de Aarhus.
Además, una propuesta de Directiva sobre delitos contra el medio ambiente prevé la asistencia y el apoyo a las personas que denuncien delitos medioambientales. Las propuestas de Directiva sobre emisiones industriales, Directiva sobre calidad del aire y Directiva sobre residuos permitirían acceder a una indemnización por los problemas de salud causados por el incumplimiento de las disposiciones pertinentes. Asimismo, las propuestas sobre calidad del aire, residuos, vigilancia del suelo, restauración de la naturaleza y la Directiva sobre alegaciones ecológicas reforzarían el derecho a la tutela judicial efectiva al introducir el derecho a interponer recursos judiciales cuando se infrinjan las disposiciones pertinentes del Derecho de la Unión.
9.Derechos de los consumidores y mecanismos alternativos de resolución de conflictos
Un mecanismo de recurso colectivo permite a las organizaciones de consumidores y a los organismos públicos designados ejercer acciones de representación ante los órganos jurisdiccionales nacionales, en particular las acciones transfronterizas que afectan a varios Estados miembros, en nombre de los grupos de consumidores. Estas acciones colectivas pueden tener por objeto poner fin a prácticas ilegales y solicitar resarcimiento, por ejemplo, la indemnización, sustitución o reparación. Además, una herramienta en línea facilita la cooperación entre Estados miembros, jueces y representantes de los intereses de los consumidores en la aplicación de los derechos de los consumidores de la UE. La Directiva sobre cláusulas contractuales abusivas
también exige que los consumidores dispongan de recursos efectivos contra el uso de cláusulas contractuales abusivas por parte de los comerciantes.
Asimismo, se agilizará y facilitará la resolución extrajudicial de litigios para los consumidores con la reciente propuesta de modificación de la Directiva sobre resolución alternativa de litigios (RAL), que mejorará la disponibilidad de apoyo personalizado a los consumidores, especialmente a los vulnerables. Los puntos de contacto de los Estados miembros pueden facilitar la comunicación entre consumidores y comerciantes, ayudar en el proceso de RAL y proporcionar información sobre los derechos de los consumidores y las vías de recurso.
Además, SOLVIT, una red de resolución de problemas a escala de la UE para empresas y consumidores, ofrece un enfoque alternativo para resolver los litigios sin necesidad de consultar a un abogado o acudir a los órganos jurisdiccionales
. En el sector del transporte, la iniciativa Una mejor protección de los pasajeros y de sus derechos pretende garantizar que los pasajeros dispongan de mejor información sobre sus derechos, un sistema más eficaz de tramitación de reclamaciones, una mejor aplicación de los derechos de los pasajeros y la ampliación de sus derechos a los viajes multimodales (aquellos en los que un pasajero utiliza distintos modos de transporte durante el mismo viaje).
10.Regulación de los contenidos en línea y protección de datos
La continua evolución de la digitalización pone de relieve la importancia de garantizar una tutela judicial efectiva en relación con las actividades en línea. En cuanto a la moderación de contenidos en línea, el Reglamento de Servicios Digitales permite ofrece vías de recurso a los destinatarios de los servicios intermediarios en línea. El Reglamento de Servicios Digitales establece un mecanismo de notificación y acción que permite a los usuarios señalar y solicitar la retirada de contenidos ilícitos. Exige que las plataformas en línea establezcan un sistema interno de gestión de reclamaciones para que los usuarios las presenten gratuitamente por vía electrónica, así como un mecanismo de resolución extrajudicial de litigios. También establece el derecho a presentar una reclamación contra los prestadores de servicios en el Estado miembro en el que se sitúe o esté establecido el destinatario del servicio. Los usuarios pueden encargar a un organismo, organización o asociación que ejerza este derecho en su nombre. Los usuarios pueden solicitar una indemnización a los prestadores de servicios intermediarios por cualquier daño o pérdida sufrida como consecuencia de una infracción por parte de dichos prestadores de sus obligaciones en virtud del Reglamento de Servicios Digitales. La Directiva sobre el comercio electrónico contiene garantías procesales para la solución extrajudicial de litigios y vías judiciales de reparación en lo que respecta a los servicios de la sociedad de la información.
El Reglamento sobre contenidos terroristas en línea exige a los prestadores de servicios de alojamiento de datos que informen a los proveedores de contenidos si retiran o bloquean el acceso a sus contenidos a raíz de una orden de retirada enviada por una autoridad nacional competente. Los prestadores de servicios de alojamiento de datos están obligados a establecer mecanismos de reclamación eficaces para los usuarios cuyos contenidos hayan sido retirados o bloqueados en la UE.
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) reconoce a los interesados el derecho a presentar una reclamación contra un responsable o encargado del tratamiento ante la autoridad nacional de control, si consideran que el tratamiento de sus datos personales ha infringido las normas del RGPD. Los interesados también pueden encargar a una entidad, organización o asociación sin ánimo de lucro que presente una reclamación en su nombre, y tienen derecho a recibir una indemnización por los daños y perjuicios materiales o inmateriales causados por un incumplimiento. El RGPD reconoce a las autoridades nacionales de control facultades sólidas para investigar las infracciones y adoptar medidas correctivas, en particular mediante la imposición de multas administrativas.
Sin perjuicio de las competencias de dichas autoridades de control y, sobre la base de los derechos garantizados en virtud del RGPD, la propuesta sobre el Espacio Europeo de Datos Sanitarios crea el derecho a presentar una reclamación ante las autoridades de sanidad digital, que son organismos públicos que crearán los Estados miembros.
11.Asilo y migración
El Derecho de la Unión en materia de asilo y migración prevé una serie de salvaguardias para garantizar la tutela judicial efectiva de las personas que llegan a la UE y solicitan el estatuto de asilo o residencia. En el marco del Sistema Europeo Común de Asilo, las Directivas y los Reglamentos prevén la posibilidad de que los solicitantes de asilo impugnen las decisiones adoptadas por las autoridades administrativas.
En virtud de la Directiva sobre procedimientos de asilo, los solicitantes de asilo que interpongan un recurso contra la denegación de su solicitud tienen, por lo general, derecho a permanecer en el territorio del Estado miembro a la espera del resultado del recurso, o hasta que el órgano jurisdiccional se pronuncie. Los Estados miembros deben garantizar el derecho de los solicitantes a la tutela judicial efectiva frente a cualquier decisión que se adopte sobre su solicitud de protección internacional, así como frente a la denegación de reapertura del examen de una solicitud suspendida y las decisiones de retirada de la protección internacional. Además, los solicitantes a los que se les haya reconocido el derecho a protección subsidiaria pueden recurrir la decisión que consideró infundada su solicitud respecto al estatuto de refugiado. Por último, deben garantizarse a los recurrentes las garantías procesales equivalentes a las que se aplican durante los exámenes en primera instancia, como la asistencia jurídica gratuita y la representación legal prestada por personas competentes para ello con arreglo al Derecho nacional. El Reglamento Dublín III también ofrece a los solicitantes contra los que se haya dictado una decisión de traslado, la posibilidad de recurrir o revisar, con varias garantías procesales, en particular el derecho a permanecer en el territorio del Estado miembro en el que se encuentre el solicitante, la suspensión del traslado hasta que concluya el recurso o la revisión, así como el acceso a la asistencia jurídica y lingüística gratuita durante todo el procedimiento de recurso o revisión.
Todas las directivas sobre migración legal exigen que los Estados miembros, al tiempo que conservan un amplio margen de discreción, velen por que las decisiones por las que se deniegue una solicitud, se retire una autorización o se deniegue la renovación de una autorización, puedan impugnarse o recurrirse judicialmente. Además, la Directiva sobre retorno permite a los nacionales de terceros países que no tengan derecho a permanecer en un Estado miembro solicitar la revisión de las decisiones relativas a su retorno ante la autoridad judicial o administrativa competente, o ante un órgano compuesto por miembros imparciales e independientes. Además, en el contexto de la gestión europea integrada de las fronteras, la Comisión ha recomendado que «Los Estados miembros deben desarrollar y mantener en funcionamiento un mecanismo nacional de supervisión de los derechos fundamentales en relación con la gestión de las fronteras y los retornos», que debe «supervisar o contribuir a los mecanismos de recurso existentes», como los mecanismos de notificación de incidentes o de reclamación.
En la contratación de nacionales de terceros países, la Directiva sobre sanciones a los empleadores reconoce a los nacionales de terceros países que no tienen derecho a permanecer en un Estado miembro el derecho a reclamar los salarios impagados y a denunciar a los empleadores en caso de explotación. La Directiva sobre trabajadores temporeros contiene disposiciones que permiten a los trabajadores temporeros de terceros países denunciar a sus empleadores. En la propuesta de revisión de la Directiva sobre el permiso único se incluye una propuesta para ampliar este derecho a todos los trabajadores de terceros países. La Comisión también ha revisado la Directiva sobre la tarjeta azul para obligar a los Estados miembros a ofrecer una acción judicial efectiva frente a todas las decisiones negativas sobre permisos de residencia y trabajo expedidos a trabajadores altamente cualificados.
3.Medidas de los Estados miembros para garantizar una tutela judicial efectiva
Los Estados miembros tienen el deber de garantizar la aplicación práctica de los derechos fundamentales en beneficio de todas las personas por parte de los distintos agentes de la cadena de aplicación de la Carta. De conformidad con el artículo 19 del TUE, se encargan de ofrecer una tutela judicial efectiva en sus territorios, bien a través de los sistemas judiciales, bien a través de organismos no judiciales. Todos los Estados miembros que participaron en las consultas para la elaboración del presente informe mencionaron la disponibilidad de una serie de vías de actuación judiciales y extrajudiciales. En este capítulo se ofrece una visión general de la evolución reciente a la que hacen referencia varios Estados miembros.
3.1.Facilitar el acceso a la justicia a través de los esfuerzos de digitalización
Varios Estados miembros consideran que las soluciones de justicia electrónica son fundamentales para mejorar el acceso a la justicia, ya que permiten que los usuarios ejerzan sus derechos con mayor rapidez y facilidad. Los servicios digitales para la justicia son modernos y posibilitan una mayor accesibilidad e incluso la personalización de los servicios de justicia, así como la continuidad de su prestación durante las crisis.
Muchos Estados miembros se esfuerzan por mejorar la accesibilidad digital de la justicia. Por ejemplo, en Rumanía, la digitalización del sistema judicial se aceleró durante la pandemia de COVID-19. Eslovaquia financia acciones para promover la digitalización de la justicia en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que prepara al país para adherirse al sistema eCodex.
Como principales retos a este respecto se mencionan la falta de competencias digitales, los problemas relacionados con la interoperabilidad de los sistemas informáticos y la seguridad digital. Suecia también considera que determinados aspectos de la digitalización, como las vistas por videoconferencia, pueden no resultar adecuadas en todos los casos.
Las consultas también ponen de manifiesto las diversas funciones que se están desarrollando en el marco de las iniciativas de justicia electrónica
. En Alemania, los abogados, las autoridades y las entidades públicas están obligadas a enviar los documentos a través de una herramienta en línea. Cualquier persona puede utilizar voluntariamente las transacciones jurídicas electrónicas
. En Francia, una aplicación móvil ayuda al público a encontrar órganos jurisdiccionales, abogados y notarios
. Sin embargo, algunos participantes en la encuesta de la Plataforma de Derechos Fundamentales mencionaron la complejidad y la inaccesibilidad parcial de las herramientas digitales, consecuencia, por ejemplo, del aumento de los costes para los abogados y clientes, a fallos del sistema o a la limitación de la disponibilidad a los abogados certificados
.
3.2.Derechos procesales
Como se señala en el capítulo 2, la disponibilidad de información suficiente sobre las vías de recurso judiciales y extrajudiciales y sobre la forma en que pueden aprovecharse es fundamental para facilitar el acceso a la justicia de todas las personas. En cuanto a la información al público sobre el sistema judicial y las vías de recurso disponibles, todos los Estados miembros remiten a la información publicada en un sitio web oficial específico de la administración judicial o del ministerio pertinente. Por ejemplo, en Luxemburgo, la información sobre la asistencia jurídica gratuita, las tasas judiciales, los derechos procesales y las sentencias publicadas está disponible en línea, junto con formularios de contacto o correos electrónicos para que el público formule sus consultas.
Las respuestas a la encuesta de la Plataforma de Derechos Fundamentales muestran que, en general, la información se facilita a las partes en los procesos penales (59 de 115 encuestados) y en los procedimientos administrativos (45), pero en una medida muy inferior a las partes en los procedimientos civiles (36) o a las personas que intentan acceder a vías de recurso extrajudiciales (31).
Disponer de servicios de interpretación y traducción también es fundamental para evitar crear obstáculos al acceso a la justicia para aquellas personas con un conocimiento insuficiente de la lengua oficial del país de que se trate. Varios Estados miembros que participaron en las consultas ofrecen interpretación y traducción gratuitas a las personas sospechosas y acusadas en los procesos penales.
Sin embargo, el alcance de este derecho varía entre Estados miembros. Más allá de los procesos penales, algunos Estados miembros también disponen de interpretación y traducción de los documentos judiciales pertinentes en asuntos civiles, o para las partes civiles en los procesos penales. Algunos Estados miembros amplían la disponibilidad de la interpretación y la traducción a las víctimas de delitos y a los procedimientos administrativos. A este respecto, algunos mencionan específicamente los asuntos de inmigración, o a los menores acompañados y a sus tutores. En Croacia, la Defensora del Pueblo ha recomendado que, en los casos relativos a los derechos de los trabajadores o a la protección internacional, se disponga de interpretación y traducción en varias lenguas.
En los asuntos civiles, los Estados miembros suelen exigir a los hablantes no nativos que cubran ellos mismos los gastos de interpretación y traducción. En función de su situación financiera, estos costes pueden cubrirse con asistencia jurídica gratuita, dependiendo de las condiciones establecidas en la legislación nacional. Por lo general, la asistencia jurídica gratuita cubre los costes de interpretación y traducción de aquellas personas que no disponen de medios. En Finlandia, puede hacerse un cálculo preliminar del derecho y de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita a través de un sistema de gestión de asuntos de asistencia jurídica gratuita.
En la encuesta de la Plataforma de Derechos Fundamentales, 82 de los 115 encuestados confirmaron que los servicios de interpretación y traducción son las medidas más ampliamente utilizadas en sus Estados miembros para eliminar los obstáculos al acceso a las vías de recurso judiciales y extrajudiciales, seguidos de la asistencia jurídica gratuita (79 de 115).
3.3.Derechos de las víctimas
En las consultas que han servido de base al presente informe, la mayoría de los Estados miembros se refirieron a la adopción de nuevas medidas para proteger a las víctimas de delitos. Por ejemplo, en Rumanía los servicios específicos de apoyo a las víctimas de delitos ofrecen estos servicios a través de una red nacional formada por cuarenta y siete oficinas. Dos de los principales órganos jurisdiccionales de primera instancia de Eslovenia cuentan con servicios especializados de apoyo a las víctimas que reúnen a jueces y víctimas (en su mayoría de violencia de género o doméstica) para evitar el contacto innecesario con el presunto autor y decidir sobre las medidas de protección.
Austria ofrece apoyo psicosocial gratuito a las víctimas durante los procedimientos penales y civiles. En Alemania, el Código Procesal Penal obliga a los órganos jurisdicciones a prestar asistencia psicosocial. Las víctimas de delitos violentos o sexuales graves también pueden solicitar el nombramiento de un asistente psicosocial gratuito para su caso. En Suecia, también puede nombrarse a un asesor gratuito para proteger los intereses de las víctimas e interponer una demanda por daños y perjuicios en asuntos penales. En Grecia, el apoyo psicosocial solo está disponible para las víctimas de la trata de seres humanos. En Croacia, la Defensora del Pueblo ha recomendado sesiones de formación específicas sobre los derechos de las víctimas, así como la creación de servicios específicos de apoyo a las víctimas y testigos en todos los órganos jurisdiccionales.
Además, casi un tercio de los participantes en la encuesta de la Plataforma de Derechos Fundamentales (31 de 115) coincidieron en que las partes vulnerables disponen de procedimientos acelerados. Por ejemplo, en Chipre y Alemania, los asuntos de violencia sexual o que impliquen a menores pueden tramitarse con carácter prioritario. En Bélgica, el Código Procesal prevé una tramitación acelerada de los asuntos relacionados con la responsabilidad parental transfronteriza y la protección de menores (como los asuntos de sustracción internacional de menores).
Por lo que se refiere a la lucha contra la violencia de género y doméstica, algunos Estados miembros han autorizado recientemente a las autoridades policiales a compartir la información de contacto de las víctimas con el centro de apoyo, que se pone en contacto con estas por iniciativa propia para ofrecerles apoyo tras la denuncia del delito. También se han realizado algunos esfuerzos para garantizar la disponibilidad de apoyo específico. Por ejemplo, Finlandia ha creado una red nacional de veinticuatro centros de apoyo a las víctimas de violencia sexual. En Suecia, existen unidades de atención especial a las víctimas de violencia y abusos sexuales. En Croacia, la Oficina para la Igualdad de Género ha elaborado directrices para la policía y los profesionales del sistema judicial sobre el tratamiento de los delitos sexuales.
Como se señala en la Estrategia para la Aplicación de la Carta y el informe de 2022 sobre la Carta, las organizaciones de la sociedad civil (OSC) son socios centrales de la cadena de aplicación de la Carta. En las consultas realizadas en relación con la Estrategia para la Aplicación de la Carta, el 80 % de las OSC confirmaron que las personas se dirigen a ellas para obtener información sobre sus derechos. Una abrumadora mayoría (85 %) de las OSC también llevaron a cabo actividades de sensibilización sobre los derechos fundamentales
. En las consultas que han servido de base al presente informe, varios Estados miembros hicieron referencia a la contribución esencial de las OSC en cuanto a la prestación de asistencia jurídica y de otro tipo a las personas necesitadas. Por ejemplo, en Alemania, las autoridades han celebrado acuerdos de cooperación con centros de asesoramiento gestionados por OSC, que ofrecen apoyo en casos de trata de seres humanos en prácticamente todos los Estados federados.
Oferta de sesiones de formación periódicas y específicas a los profesionales del Derecho
En la mayoría de los Estados miembros se dispone de formación judicial sobre la forma de comunicarse con distintos grupos de víctimas, o personas de diferentes orígenes culturales, religiosos, raciales, étnicos o lingüísticos, así como sobre medidas de protección, en particular, en casos de violencia contra la mujer y doméstica, o sobre prácticas sensibles al género en los procedimientos judiciales. Por ejemplo, en Hungría, la formación para responder a las necesidades de los grupos vulnerables en el marco del programa anual de formación judicial está dirigida por psicólogos. En España, una nueva legislación exige a los colegios de abogados impartir formación sobre los derechos de los menores a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño y la violencia contra los menores. En Suecia, los fiscales que se ocupan de asuntos relacionados con menores reciben formación específica y representan al menor durante el proceso. Además, algunos Estados miembros mencionaron los esfuerzos realizados para mejorar la tutela judicial efectiva de las víctimas mediante la oferta de formación específica a otros profesionales pertinentes. No obstante, se facilitó poca información sobre el momento en que se oferta la formación pertinente (al asumir las funciones, o de forma continua en el puesto de trabajo), y sobre su carácter obligatorio. También es posible que la formación solo esté disponible en los órganos jurisdiccionales más importantes o que solo se refiera a un grupo vulnerable o un tipo de delito.
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3.4.Justicia adaptada a los menores
Las consultas muestran que los Estados miembros están adoptando cada vez más medidas para garantizar la tutela judicial efectiva adaptada específicamente a los menores. Las recientes iniciativas en materia de justicia adaptada a los menores se han centrado en la creación de salas de vistas específicas para los menores, la disponibilidad de asistencia jurídica gratuita y su presentación a los menores, así como la oferta de formación específica para los profesionales de la justicia con vistas a garantizar que los sospechosos, acusados, víctimas y testigos menores puedan participar eficazmente en los procedimientos de una manera acorde con su madurez. En la mayoría de los Estados miembros, los órganos jurisdiccionales están obligados a informar al menor sobre el procedimiento y a explicar sus consecuencias de una forma que se adapte a este.
Algunos Estados miembros también ha creado órganos jurisdiccionales especializados o funciones de la fiscalía para los asuntos que afectan a menores. En 2021, Chipre modificó la legislación para priorizar los procedimientos extrajudiciales aplicables a los delincuentes menores y creó órganos jurisdiccionales especializados en menores. En Alemania, los tribunales de menores y la fiscalía velan por que los asuntos que afecten a menores se tramiten por profesionales del Derecho con una educación y formación adecuadas.
En los últimos años también se han adoptado iniciativas para mejorar las oportunidades de los menores de denunciar un delito. En España, se han establecido medidas de detección temprana de la violencia contra los niños, en particular la obligación reforzada de las personas que estén en contacto con los menores de denunciar los presuntos abusos. En las escuelas, es obligatoria la figura del coordinador de bienestar y protección.
De manera similar, muchos Estados miembros han reforzado la capacidad de los menores para denunciar delitos y participar en procedimientos judiciales con la asistencia de un representante legal designado por un órgano jurisdiccional. La asistencia de un tercero neutral resulta especialmente importante cuando el sospechoso o acusado es el progenitor. En Austria, se designa un defensor del menor para que los menores puedan participar sin agobios y reducir los conflictos de lealtades. De manera similar, en los Países Bajos, con arreglo al Código Civil, puede designarse un curador de menores que salvaguarde el interés el superior del menor, pudiendo designarse a petición de este.
Varios Estados miembros mencionan la provisión de salas específicas para menores en los órganos jurisdiccionales. En Eslovaquia, se están creando salas para familias a fin de facilitar las entrevistas con los menores u otras personas vulnerables. En Francia, los investigadores pueden realizar las entrevistas con los menores víctimas con ropa de paisano y en una sala equipada con juguetes, micrófonos y cámaras. Un psiquiatra infantil supervisa e interpreta el comportamiento del menor desde una sala de control.
Además, los Estados miembros tienen cada vez más en cuenta las necesidades de los menores a la hora de organizar los servicios de apoyo a las víctimas. En España, en los procesos penales de violencia contra un niño o adolescente, el menor víctima debe ser derivada a la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito. Junto con la FRA, Rumanía ha puesto en marcha un proyecto para garantizar el acceso a la justicia penal de los menores víctimas. De manera similar, en cooperación con Unicef, Polonia ha creado unos servicios jurídicos telefónicos de guardia para menores, en particular para los menores refugiados procedentes de Ucrania.
No obstante, y además de estos ejemplos positivos, algunos participantes en la consulta también mencionaron la falta de información adaptada a los menores y de alojamiento adecuado a su edad para facilitar su participación en el proceso; los órganos jurisdiccionales o profesionales del Derecho especializados; y la protección a los menores extranjeros no acompañados. Entre las mejoras sugeridas figuran un mejor seguimiento de la aplicación de la legislación adaptada a los menores, el refuerzo del derecho de los menores a presentar denuncias y el establecimiento de protocolos para los profesionales judiciales que tramitan asuntos relacionados con menores.
Los menores migrantes se enfrentan a dificultades particulares a la hora de acceder a los mecanismos de denuncia. El Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño ha señalado que los menores solicitantes de asilo, refugiados y migrantes, en particular a los menores indocumentados y separados de sus familias, necesitan asistencia jurídica gratuita, interpretación y asistencia de otro tipo para que se garantice que sus opiniones se tengan debidamente en cuenta en las decisiones que les afecten. También tiene que asegurarse la formación y disponibilidad de abogados, en concreto para los menores que viven en campos y centros de acogida, para garantizar el acceso a mecanismos de justicia y vías de recurso adaptadas a los menores y adecuadas a su edad para impugnar todas las decisiones relacionadas con su situación migratoria.
3.5.Derechos de las víctimas de discriminación
Las instituciones nacionales de derechos humanos (INDH), los organismos de igualdad y los defensores del pueblo promueven los derechos fundamentales
y, a menudo, son los primeros puntos de contacto con las víctimas de discriminación. Ofrecen orientación y asistencia jurídica gratuita a las personas que alegan haber sufrido discriminación, supervisan la aplicación de la legislación en materia de igualdad y no discriminación y de la Carta, y llevan a cabo actividades se sensibilización. También pueden investigar casos de discriminación y llevar a cabo actividades de formación. En un tercio de los Estados miembros, se encomienda a los organismos de igualdad la adopción de decisiones vinculantes en casos de discriminación. La mayoría de las INDH y organismos de igualdad están legitimados para apoyar o representar a las víctimas ante los órganos jurisdiccionales. Algunas INDH también tienen el mandato de plantear litigios estratégicos ante los órganos jurisdiccionales e intervenir ante los tribunales constitucionales para impugnar la constitucionalidad de los actos jurídicos.
En 2022 y 2023, la ENNHRI detectó obstáculos al acceso a la justicia para los grupos vulnerables de la UE, en particular para las personas con bajos ingresos, los menores, las mujeres, las víctimas de violencia doméstica, trata y explotación laboral, los migrantes y los solicitantes de protección internacional, así como para las minorías étnicas. El bajo porcentaje de denuncias es una de las principales preocupaciones; las víctimas suelen ser reacias a llevar los asuntos ante los órganos jurisdiccionales debido al coste de los litigios, la complejidad de los procedimientos y las limitaciones de tiempo
.
Algunos Estados miembros mencionaron las medidas adoptadas recientemente para mejorar la accesibilidad de las vías de recurso. Por ejemplo, en Bulgaria, se han creado oficinas regionales de protección contra la discriminación que contribuyen a que los ciudadanos estén mejor informados sobre la protección y la asistencia jurídica gratuita.
Algunos Estados miembros han establecido mecanismos de recurso colectivo en el ámbito de la lucha contra la discriminación. Por ejemplo, en Francia, los sindicatos representativos y las asociaciones de lucha contra la discriminación pueden emprender acciones colectivas contra las prácticas discriminatorias. En Hungría, las organizaciones de la sociedad civil y de representación de intereses pueden solicitar una investigación sobre posibles vulneraciones de la igualdad de trato.
Esfuerzos para garantizar la tutela judicial efectiva de las personas con discapacidad
El acceso a la justicia también implica la accesibilidad de los procedimientos para las personas con discapacidad. Aproximadamente la mitad de los participantes en la encuesta de la Plataforma de Derechos Fundamentales informaron de que en su Estado miembro existen medidas para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a las vías de recursos judiciales y extrajudiciales. No obstante, los encuestados también indicaron que son necesarias otras mejoras.
Un elemento central en este sentido es la accesibilidad física de los edificios. En Eslovenia, el Instituto de Planificación Urbana visitó todos los edificios judiciales para llevar a cabo un análisis de accesibilidad, que sirve de base para futuras inversiones y asesora a las personas con discapacidad que acuden a los órganos jurisdiccionales.
No obstante, en varios Estados miembros, los edificios judiciales no son plenamente accesibles. En Alemania, algunos Estados federados han promulgado normas sobre el acceso libre de obstáculos para mejorar continuamente el acceso, en particular a través de ascensores, aseos accesibles, sistemas de intercomunicación multisensoriales, pavimentos podotáctiles o señalizaciones de escalones, señalización táctil y sistemas de bucle de inducción. Bélgica informa de que, si bien se ha adaptado un número significativo de edificios públicos a la legislación sobre accesibilidad, no todas las sedes de los órganos jurisdiccionales cumplen la normativa. En muchos casos, esto se debe a que los trabajos de construcción deben adaptarse a la conservación de los edificios catalogados como históricos. En Polonia, un proyecto para garantizar el acceso a la justicia para las personas con discapacidad incluye adaptaciones y trabajos de construcción en treinta y cinco edificios judiciales. En Hungría, las obras de accesibilidad en los edificios judiciales se financian con el apoyo de la UE. No obstante, en 2022, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas señaló con preocupación que seguían existiendo obstáculos al acceso a la justicia para las personas con discapacidad, debido a distintas razones, entre ellas, la inaccesibilidad de los edificios.
Los Estados miembros también han puesto en marcha soluciones para garantizar que los ciudadanos con discapacidad visual o auditiva, los semianalfabetos y analfabetos, reciben la información judicial en igualdad de condiciones. Por ejemplo, en Irlanda, el Tribunal de Indemnización por Daños Resultantes de Infracciones Penales ofrece interpretación gratuita en lengua de signos irlandesa previa solicitud. En Bulgaria, la mayoría de los órganos jurisdiccionales utilizan un programa de síntesis del habla para traducir documentos judiciales a un discurso natural. El Tribunal Supremo de España ha exigido recientemente la adaptación de dos sentencias a un formato de lectura fácil para que las personas con discapacidad intelectual involucradas en el asunto pudieran entenderlas.
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3.6.Derechos de los consumidores y resolución alternativa de litigios
Por lo que respecta a la legislación en materia de consumo, los Estados miembros mencionan la disponibilidad de una combinación de recursos civiles, penales y administrativos ante los órganos jurisdiccionales y los servicios de protección de los consumidores, así como el importante papel de las asociaciones de consumidores y organizaciones de la sociedad civil. Por ejemplo, en Alemania, las organizaciones de consumidores pueden presentar un recurso modelo contra un comerciante para establecer las principales cuestiones de hecho o de Derecho, cuando estas constituyan los requisitos previos de las reclamaciones de varios consumidores. En Francia, las acciones conjuntas están abiertas a las víctimas del mismo daño. En Letonia, se ha creado un Tribunal Económico para abordar los litigios comerciales complejos, los delitos económicos y financieros y los casos de corrupción.
En algunos Estados miembros, se han creado o mejorado los mecanismos de RAL a través de recientes reformas legislativas. Los mecanismos de RAL se promueven a través de incentivos específicos, como la publicación de información sobre la RAL en los sitios web gubernamentales o a través de campañas en los medios de comunicación, la prestación de asistencia jurídica gratuita total o parcial en relación con el coste de la RAL y el uso de la tecnología para facilitar la presentación de los escritos procesales de incoación y la resolución de los litigios. En Luxemburgo, en los asuntos penales, el Servicio de Justicia Restaurativa trata de iniciar un diálogo entre la víctima y el autor del delito sobre todas las consecuencias materiales y emocionales del delito. En Suecia, si bien los jueces tienen discrecionalidad en materia de RAL, es obligatorio tratar de resolver el litigio de manera amistosa, salvo que no se considere adecuado para el caso concreto. En marzo de 2023, en los Países Bajos, las primeras dos horas y media de mediación son gratuitas para los litigantes que no puedan optar a la asistencia jurídica gratuita, mientras que para los beneficiarios de esta la mediación es gratuita.
Evaluación del impacto de la legislación nacional en la tutela judicial efectiva
En la Estrategia para la Aplicación de la Carta, la Comisión invitó a los Estados miembros a utilizar evaluaciones de impacto para garantizar que las iniciativas que aplican el Derecho de la Unión cumplen con la Carta. Si bien existen algunos ejemplos de cómo se han evaluado las repercusiones en los derechos fundamentales de las propuestas legislativas relativas a la tutela judicial efectiva, en la mayoría de los casos, han sido actores distintos de los Gobiernos de los Estados miembros los que han subrayado la necesidad de tener en cuenta los derechos fundamentales.
En Finlandia, la Comisión Parlamentaria de Derecho Constitucional señaló que, dado que el proyecto de modificación de la Ley de Extranjería aplicaba el Derecho de la Unión, era necesario definir más detalladamente varios elementos del proyecto para garantizar el respeto de los derechos fundamentales. También llamó la atención sobre la necesidad de garantizar la compatibilidad del proyecto de ley con el Derecho de la Unión en lo que respecta a la aplicación del procedimiento fronterizo a los menores
. En Lituania, se propusieron modificaciones de la legislación nacional por la que se aplicaba la Directiva (UE) 2016/680, ya que no garantizaba suficientemente el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 47 de la Carta. El Parlamento nacional consideró que las vías de recurso existentes eran demasiado complicadas, lo que impedía la aplicación práctica del derecho a la tutela judicial efectiva y daba lugar a unos derechos procesales desiguales
.
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4.Prestación de tutela judicial efectiva a través de los órganos jurisdiccionales
El TJUE y los órganos jurisdiccionales nacionales aplican e interpretan el Derecho de la Unión y, por tanto, desempeñan un papel central en la salvaguardia de la tutela judicial efectiva. A través del mecanismo de remisión prejudicial y el procedimiento de infracción, el TJUE también ha aclarado el Derecho de la Unión pertinente, a menudo, a través de la interpretación de los derechos recogidos en el Derecho derivado de la UE a la luz de los artículos 47 y 48 de la Carta.
No obstante, como se desprende del artículo 47 de la Carta, la tutela judicial efectiva es más que el derecho individual al control judicial. De conformidad con el artículo 19, apartado 1, párrafo segundo, del TUE, los Estados miembros deben establecer garantías suficientes para que los órganos jurisdiccionales nacionales presten una tutela judicial efectiva, sin que sean necesarias nuevas vías de recurso. Por medio de una visión general de asuntos relativos a la tutela judicial efectiva, el presente capítulo destaca el papel esencial del TJUE y de los órganos jurisdiccionales nacionales a la hora de garantizar la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia en virtud del Derecho de la Unión.
4.1.Jurisprudencia del TJUE en materia de tutela judicial efectiva
El derecho a la tutela judicial efectiva ha sido a menudo objeto de cuestiones prejudiciales relativas a distintos ámbitos del Derecho de la Unión, en particular, la obligación de que los Estados miembros respeten plenamente el Derecho de la Unión y la jurisprudencia del TJUE en lo que respecta al derecho a un juicio justo ante un órgano jurisdiccional independiente e imparcial establecido por ley. Para garantizar que la justicia trabaja en beneficio de todas las personas y empresas es esencial que los sistemas judiciales funcionen correctamente y sean plenamente independientes, ya que aquellas deben ser capaces de hacer valer todos los derechos que les reconoce el Derecho de la Unión a través de la tutela judicial efectiva.
El TJUE ha sostenido reiteradamente que, a falta de normas concretas de la UE, corresponde a cada Estado miembro aprobar normas de tipo procesal para salvaguardar los derechos reconocidos por el Derecho de la Unión en consonancia con el principio de autonomía procesal. No obstante, al hacerlo, deben velar por que dichas normas no sean menos favorables que las que rigen situaciones similares en el Derecho interno (principio de equivalencia) y que no hagan prácticamente imposible o excesivamente difícil el ejercicio de los derechos de la UE (principio de efectividad)
. Al evaluar si los Estados miembros han prestado una tutela judicial efectiva en lo que respecta a los derechos reconocidos por el Derecho de la Unión, el TJUE suele citar el contenido esencial y la finalidad de dichos derechos en relación con el artículo 47 de la Carta.
En el marco de las cuestiones prejudiciales, se han planteado cuestiones relativas a la interpretación del derecho a la tutela judicial efectiva en diversos ámbitos del Derecho de la Unión.
Una parte importante de la jurisprudencia del TJUE sobre el derecho a la tutela judicial efectiva se refiere a la interpretación de las Directivas sobre los derechos procesales en materia penal y a la aclaración de las garantías establecidas en las Directivas. Por ejemplo, las cuestiones prejudiciales han tratado sobre la interpretación de:
-el derecho a un juicio justo en los procesos penales, en particular, la prohibición de referencias públicas a la culpabilidad
, el derecho a estar presente en el juicio en el contexto de las vistas por videoconferencia y las excepciones al derecho a estar presente en el juicio;
-los derechos procesales de las personas afectadas por procedimientos de decomiso in rem;
-el derecho de los menores a la asistencia efectiva de un abogado en los procesos penales;
-el derecho a la traducción de documentos esenciales para la persona sospechosa o acusada en un proceso penal que no entienda la lengua del procedimiento, en particular el plazo en el que se aplica dicho derecho
, los documentos que se consideran esenciales para garantizar una defensa efectiva, a los que se aplica el derecho a la traducción
, y el momento en que pueden plantearse las vulneraciones de este derecho;
-el derecho a no ser juzgado o condenado dos veces por el mismo delito (principio ne bis in idem);
-la eficacia de las vías de recurso en caso de vulneración de los derechos de la persona sospechosa o acusada, en particular la posibilidad de que un órgano jurisdiccional plantee de oficio la vulneración del derecho de defensa
;
-el derecho a la asistencia de letrado y las excepciones a dicho derecho
;
-el derecho a la información en los procesos penales
, en particular el momento en que debe facilitarse información sobre los cargos para que la persona sospechosa o acusada pueda preparar eficazmente su defensa.
El TJUE también ha abordado la tutela judicial efectiva en la cooperación judicial europea, de la que la orden europea de investigación y la orden de detención europea son ejemplos destacados. Para garantizar la disponibilidad de vías de recurso efectivas, es fundamental garantizar que los Estados miembros dispongan de vías de recurso equivalentes a las disponibles en asuntos nacionales similares.
El TJUE también ha confirmado que la Decisión marco sobre la ODE establece garantías exhaustivas en materia de tutela judicial efectiva. Por ejemplo, sobre las vías de recurso disponibles en el Estado miembro de emisión y el acceso a los materiales del caso tras la entrega. Además, en una serie de asuntos sobre el Estado de Derecho, el TJUE aclaró los criterios para denegar o suspender la ejecución de una ODE en aquellas situaciones en las que se alega que el derecho de la persona buscada a un juicio justo corre peligro ante una situación de deficiencias sistémicas o generalizadas en lo que respecta a la independencia judicial en el Estado miembro de emisión.
La lucha contra la discriminación es otro un ámbito en el que se han planteado cuestiones relativas a la interpretación del derecho a la tutela judicial efectiva. Las sanciones deben garantizar una tutela judicial efectiva y real
así como un efecto verdaderamente disuasorio para evitar nuevas discriminaciones. Esto implica imponer sanciones incluso en ausencia de una víctima identificable
. Una sanción puramente simbólica no puede considerarse suficiente
.
En materia de contratación pública, el TJUE ha sostenido que, en los casos en que se ha iniciado un procedimiento de contratación pública sin que se haya publicado un anuncio de licitación, los Estados miembros no pueden exigir a un litigante que identifique el procedimiento o la decisión en su demanda de recurso o de medidas cautelares conforme a la Directiva 89/665/CE. No obstante, los Estados miembros podrán exigir que los licitadores que hayan participado en un procedimiento de contratación pública no puedan impugnar una sentencia del órgano jurisdiccional superior de lo contencioso-administrativo mediante un recurso ante el órgano jurisdiccional superior relativo al cumplimiento del Derecho de la Unión. Además, en un procedimiento nacional relativo a posibles declaraciones falsas de un licitador seleccionado, el poder adjudicador está obligado a ponderar el derecho del licitador demandante a la tutela judicial efectiva frente al derecho del licitador competidor a la protección de su información comercial confidencial y de sus secretos comerciales. La decisión del poder adjudicador de no iniciar un procedimiento para comprobar si las ofertas han sido anormalmente bajas debe poder ser objeto de control judicial.
La Directiva sobre cláusulas contractuales abusivas
ha dado lugar al desarrollo de un rico corpus de jurisprudencia protectora contra las cláusulas contractuales abusivas, lo que también conlleva la exigencia de una tutela judicial efectiva
. Por ejemplo, la obligación de los órganos jurisdiccionales nacionales de evaluar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas contractuales subyacentes a los litigios en materia de consumo
, la existencia y el inicio del cómputo del plazo de prescripción de las acciones de los consumidores basadas en cláusulas abusivas
, la obligación de los órganos jurisdiccionales de evaluar el carácter abusivo de una cláusula contractual concreta de manera motivada para impedir un examen posterior de la misma en virtud del principio de cosa juzgada
y el reparto de las costas
.
Del mismo modo, en materia de migración y asilo, la tutela judicial efectiva desempeña un papel importante, ya que el TJUE ha declarado que los Estados miembros deben respetar determinadas garantías en las decisiones sobre retornos, prohibiciones de entrada, expulsión y órdenes de detención, como el derecho a ser oído y el derecho a acceder al expediente.
4.2.Jurisprudencia nacional en materia de tutela judicial efectiva
En virtud del artículo 19 del TUE, junto con el TJUE, los órganos jurisdiccionales nacionales son los responsables de garantizar la tutela judicial efectiva en la UE.
Como tales, los Estados miembros aplican la Carta en los asuntos relativos a la aplicación del Derecho de la Unión. La Carta se ha citado con mayor frecuencia en asuntos resueltos por los tribunales supremos de lo contencioso-administrativo, relativos, en particular, a la fiscalidad, el decomiso de bienes, la discriminación laboral, la energía y la competencia, el acceso a la información, la conservación de datos, el asilo, la orden de detención europea y el reconocimiento mutuo de las penas privativas de libertad. A continuación, se destacan algunos asuntos recientes en los que los órganos jurisdiccionales nacionales se han remitido a la Carta, a menudo en conexión con disposiciones de Derecho constitucional o internacional.
A falta de disposiciones nacionales que apliquen explícitamente las garantías procesales de la Carta, las pretensiones relativas a los derechos fundamentales en asuntos relacionados con el Derecho de la Unión se han basado directamente en la Carta. A este respecto, el TJUE ha dotado al artículo 47 de la Carta de efecto directo, lo que permite a los particulares invocar directamente este derecho ante el órgano jurisdiccional nacional.
Por ejemplo, en dos asuntos, el Tribunal Constitucional austríaco consideró que se había vulnerado el derecho de los solicitantes de asilo a la tutela judicial efectiva, en particular, su derecho a ser oídos, recogido en el artículo 47, párrafo segundo, de la Carta. En otro ejemplo relacionado con el procedimiento en materia de IVA, el Tribunal Supremo Contencioso-Administrativo austríaco consideró que, a falta de disposiciones nacionales que aplicaran el derecho a la tutela judicial efectiva, en particular, el derecho a la asistencia jurídica gratuita, el demandante podía alegar una vulneración de sus derechos fundamentales sobre la base del artículo 47 de la Carta.
La Carta también se ha aplicado en asuntos en los que los órganos jurisdiccionales nacionales han controlado la legalidad de la legislación nacional. Refiriéndose a los artículos 7 y 47 de la Carta, el Tribunal Constitucional belga consideró que varias disposiciones de la ley nacional sobre la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo eran contrarias al secreto profesional de los abogados, que consideraba protegido por partes esenciales de los derechos a la intimidad y a un juicio justo. Dicha ley, que transpone la Directiva (UE) 2015/849, fue parcialmente anulada.
De manera similar, el Tribunal Supremo de Estonia controló la legalidad de la Ley nacional de Extranjería, según la cual las decisiones sobre la finalización anticipada de la estancia sin visado no podían impugnarse ante los órganos jurisdiccionales. El derecho de los nacionales de terceros países a entrar y permanecer en Estonia sin visado se deriva del Reglamento (CE) 2018/1806, por lo que garantizar el derecho de recurso judicial suponía proteger un derecho subjetivo del Derecho de la Unión. El artículo 32, apartado 3, del Código Europeo de Visados, leído en relación con el artículo 47 de la Carta, obligaba a Estonia a establecer un procedimiento para impugnar las decisiones denegatorias de visado. Refiriéndose a los principios de equivalencia y efectividad, el órgano jurisdiccional consideró que esa misma interpretación debía aplicarse a la estancia sin visado.
5.Financiación de la UE de la tutela judicial efectiva
La financiación destinada a desarrollar las capacidades de las partes interesadas forma parte esencial de los esfuerzos de la UE y de sus socios internacionales en apoyo de una tutela judicial efectiva. La Comisión Europea contribuye al refuerzo de la tutela judicial efectiva a través del programa Justicia y el programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores (CERV).
5.1.Programa Justicia
A través del programa Justicia
, la Comisión Europea apoya un espacio europeo de justicia basado en sistemas judiciales eficaces e independientes
. Se concede financiación para abordar retos transfronterizos, como la falta de confianza entre los sistemas judiciales en lo relativo al reconocimiento mutuo y la cooperación judicial, las lagunas en la comunicación digital, los procedimientos y la transmisión de información jurídica, y la escasez de recursos para la formación sobre el Derecho de la Unión. Uno de los tres capítulos del programa tiene por objeto facilitar el acceso efectivo y no discriminatorio de todas las personas a la justicia y la reparación
, en particular a través de medios electrónicos, con ámbitos prioritarios como los derechos de todas las víctimas de delitos y los derechos procesales de las personas sospechosas y acusadas en los procesos penales
.
Ejemplos de proyectos del programa Justicia:
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Se conceden subvenciones de funcionamiento a las redes europeas que trabajan en el acceso a la justicia y la cooperación judicial en materia civil penal, así como a la Red Europea de Formación Judicial. El programa también financia el Portal Europeo de e-Justicia
, que proporciona información sobre los sistemas judiciales nacionales en veintitrés lenguas para facilitar el acceso a la justicia en toda la UE. El programa Justicia también se utiliza para financiar las actividades de cooperación de la UE con el Consejo de Europea, en particular las actividades sobre una justicia adaptada a los menores.
5.2.Programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores (CERV)
A través de su programa CERV
, la Comisión promueve la aplicación de los derechos y valores consagrados en los Tratados, la Carta y los convenios internacionales a través de la financiación de actividades de apoyo a sociedades europeas basadas en derechos, democráticas, igualitarias e inclusivas, sustentadas en el Estado de Derecho.
Capítulo «Valores de la Unión»
El programa CERV 2021-2027 se organiza en torno a cuatro capítulos, a saber, 1) Valores de la Unión; 2) Igualdad, derechos e igualdad de género; 3) Compromiso y participación de los ciudadanos; y 4) Lucha contra la violencia de género y la violencia contra los niños.
Para promover los valores consagrados en el artículo 2 del TUE, el programa de trabajo del CERV 2023-2024 abarca una serie de actividades dirigidas a desarrollar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil para garantizar el respeto de la Carta. La financiación con cargo al capítulo «Valores de la Unión» puede utilizarse para apoyar las actividades relacionadas con los derechos fundamentales, en particular para defender el Estado de Derecho y reforzar la independencia judicial; proteger los derechos fundamentales en la era digital; desarrollar la capacidad de protección de los alertadores; empoderar al espacio cívico; y luchar contra la incitación al odio y los delitos de odio.
Como se indica en la Estrategia para la Aplicación de la Carta, la tutela judicial efectiva incluye los litigios estratégicos, lo que puede contribuir a una aplicación y ejecución más coherente del Derecho de la Unión y al respeto de los derechos. El capítulo «Valores de la Unión» también abarca la financiación para desarrollar la capacidad de litigación estratégica a fin de garantizar la protección de los derechos recogidos en la Carta
, por ejemplo, a través de la mejora de los conocimientos y la capacidad de litigación de los profesionales, los profesionales del Derecho, los organismos independientes de derechos humanos y la sociedad civil.
Los proyectos financiados en el marco del capítulo «Valores de la Unión» también pueden tener por objeto la promoción del desarrollo de capacidades y la sensibilización sobre la Carta a través de actividades de formación y de formación de formadores (por ejemplo, para peritos, abogados y asesores jurídicos, comunicaciones y asesores políticos y de incidencia política), así como de herramientas prácticas de orientación y aprendizaje
.
En el marco del capítulo Daphne, se concede financiación a proyectos sobre prevención y lucha contra la violencia de género, en particular en el contexto migratorio, así como contra la violencia contra los niños
.
Como parte de la cooperación con organizaciones internacionales, la Comisión también concede ayuda financiera del programa CERV a la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa para su labor de intercambio de conocimientos y elaboración de normas en materia de delitos de odio
.
5.3.Apoyo en el marco de otros programas de financiación de la UE
También se dispone de financiación en el marco de otros programas de financiación para promover una tutela judicial efectiva. Entre los proyectos financiados con cargo al programa Europa Digital
figuran los proyectos sobre justicia electrónica, que se han centrado en el mantenimiento y desarrollo de sistemas informáticos, la digitalización de la notificación y el traslado de documentos y la obtención de pruebas en materia civil y mercantil, así como la digitalización de la cooperación judicial en materia civil, mercantil y penal
. Del mismo modo, como parte de la financiación concedida para dotar a los ciudadanos de los conocimientos necesarios en una sociedad digital, los proyectos sobre tutela judicial efectiva, resolución alternativa de litigios y justicia adaptada a los menores han recibido financiación del programa Erasmus+. Asimismo, el Fondo de Seguridad Interior financia acciones contra el terrorismo y la radicalización, la delincuencia grave y organizada, la ciberdelincuencia y la protección de las víctimas.
Mejora de la tutela judicial con financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Varios Estados miembros han utilizado la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para aumentar la eficiencia de sus sistemas judiciales, reformar la justicia civil y penal y promover la digitalización de la justicia.
Entre los hitos y objetivos del ciclo del Semestre 2022-2023 cumplidos satisfactoriamente figuran iniciativas para promover la accesibilidad, efectividad y previsibilidad del sistema judicial de Bulgaria; aumentar la eficiencia judicial en Croacia; apoyar la digitalización del sistema judicial en Chequia y Malta; reformar la justicia penal y civil en Italia; reforzar la integridad e independencia del sistema judicial en Eslovaquia; e impulsar el Estado de Derecho y la eficiencia del sistema judicial en España.
Además del MRR, las reformas de los Estados miembros han recibido el apoyo del instrumento de apoyo técnico «para aumentar la eficiencia de los sistemas judiciales». Los proyectos financiados han tratado de mejorar el acceso a los órganos jurisdiccionales, apoyar la independencia de los sistemas judiciales y aumentar su eficiencia mediante la reducción de la duración de los procedimientos y el rediseño del reparto de asuntos a los órganos jurisdiccionales. Varios proyectos se han centrado en reforzar la justicia adaptada a los menores a través del modelo Barnahus, mejorar la inclusión de los menores con discapacidad en Eslovaquia, la calidad del sistema educativa en Rumanía, y reforzar la justicia de menores en Eslovenia. Otros proyectos se centran en la modernización del sector de la justicia.
En el marco de sus instrumentos de financiación de la acción exterior, la UE financia proyectos dirigidos a adaptar las prácticas judiciales de países no pertenecientes a la UE a las mejores prácticas de la UE y a las normas internacionales en materia de derechos humanos, así como a promover las capacidades técnicas del poder judicial
. Además, la promoción de una justicia basada en los derechos y con perspectiva de género, así como el acceso a la justicia y la asistencia jurídica, figuran entre las prioridades del Plan de Acción de la UE para los Derechos Humanos y la Democracia 2020-2024. El Plan de Acción se aplica a través de la cooperación multilateral, global y regional, así como de la cooperación bilateral y mundial con países socios y organizaciones internacionales y regionales. En este contexto, la UE también promueve el diálogo sobre una justicia transicional con la Unión Africana y aplica un programa de cooperación birregional en materia de seguridad ciudadana y justicia en América Latina.
La garantía de una tutela judicial efectiva y la adopción de medidas para promover el acceso a la justicia también constituyen un aspecto importante del seguimiento de los países candidatos a la adhesión a la UE y de los candidatos potenciales. La Comisión les anima a establecer mecanismos eficaces para garantizar la tutela judicial a través de programas financiados por la UE.
El apoyo a los sistemas judiciales de los países socios y la promoción del Estado de Derecho también están cubiertos por los fondos de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) asignados a las misiones civiles de la política común de seguridad y defensa
, así como por el mandato de algunos Representantes Especiales de la UE
, que se financian con cargo al presupuesto de la PESC. Determinadas misiones civiles de la política común de seguridad y defensa también prestan apoyo a las autoridades en el refuerzo de los sistemas judiciales y el fomento del acceso a la justicia, entre otras tareas
.
Por lo que se refiere a la provisión de financiación en apoyo de una tutela judicial efectiva por parte de otras organizaciones internacionales, las subvenciones del Espacio Económico Europeo y de Noruega promueven asociaciones para hacer frente a los retos a los que se enfrentan los sistemas judiciales europeos.
6.Conclusión
La tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia son un elemento esencial de los controles y equilibrios democráticos, y son fundamentales para defender los valores fundacionales de la UE. Los recursos judiciales y extrajudiciales eficaces permiten a las personas hacer valer los derechos que les confiere el Derecho de la Unión, en particular los derechos fundamentales, e impiden que dichos derechos se transformen en una quimera. Si bien el acceso a la justicia es importante para los particulares, sus asuntos también contribuyen de manera significativa a la interpretación de la legislación nacional y el Derecho de la Unión. Los resultados satisfactorios de los litigios encierran un potencial para configurar el panorama jurídico y garantizan que los órganos jurisdiccionales y los legisladores interpretan las normas de manera que respeten los derechos fundamentales.
El presente informe ha puesto de relieve los numerosos recursos judiciales y extrajudiciales disponibles en el Derecho de la Unión, así como los recientes esfuerzos realizados para reforzar la tutela judicial efectiva a través de la adopción de varias propuestas legislativas pendientes. Este Derecho de la Unión contribuye a garantizar la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia de todas las personas y destaca la necesidad de proseguir los esfuerzos conjuntos de la UE y los Estados miembros en este ámbito. A este respecto, la Comisión pide al Parlamento Europeo y al Consejo que velen por que en estas propuestas se mantengan unas normas estrictas en materia de tutela judicial efectiva.
Asimismo, la Comisión continúa desarrollando la capacidad de los profesionales judiciales, las organizaciones de la sociedad civil y otras partes interesadas, para que apliquen la Carta en su labor diaria a través de la financiación y la celebración de diálogos periódicos con expertos y partes interesadas, y además continúa supervisando la disponibilidad de la tutela judicial efectiva en el marco del ciclo anual del informe sobre el Estado de Derecho.
Como también señaló el Consejo, el papel de los Estados miembros en la salvaguardia de los derechos fundamentales en la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia es fundamental. Están obligados a establecer las vías de recurso necesarias para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión. Las medidas y la jurisprudencia nacionales destacadas en el presente informe demuestran la importancia crucial de los jueces y autoridades competentes nacionales a este respecto. Las autoridades nacionales garantizan la existencia de medidas de tutela judicial efectiva en el ámbito nacional, si bien sigue habiendo dificultades. Aunque la muestra utilizada en las consultas no es lo suficientemente amplia como para extraer conclusiones definitivas, las partes interesadas mencionan varios obstáculos, además de los retos a los que se enfrenta la tutela judicial efectiva que se describen en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2023. Estos obstáculos, como la falta de información suficiente sobre las vías de reparación extrajudiciales, las dificultades en la práctica de las soluciones de justicia electrónica, la falta de mecanismos suficientes para vigilar el respeto de los derechos de los menores en los procesos judiciales y los distintos niveles de inaccesibilidad a la justicia de los grupos vulnerables, especialmente por motivos económicos, pueden impedir que los interesados activen los mecanismos de la justicia.
Además, si bien el aumento de las referencias jurisprudenciales a la Carta por parte del TJUE y de los órganos jurisdiccionales nacionales muestra un interés considerable en definir la tutela judicial efectiva a través de la perspectiva de los derechos fundamentales, podrían presentarse más asuntos ante los órganos jurisdiccionales en los que la Carta se aplica para reforzar la tutela judicial de la persona afectada. Esto pone de manifiesto la necesidad de velar por que los profesionales del Derecho reciban formación periódica sobre los derechos fundamentales y la tutela judicial efectiva, así como de permitir que las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos incoen litigios estratégicos a escala nacional y de la UE.
La Comisión acoge con satisfacción el compromiso activo y las contribuciones de las partes interesadas y de la Agencia de los Derechos Fundamentales en la elaboración del presente informe. Anima a los profesionales del Derecho, las autoridades nacionales (en particular, a los centros de referencia de la Carta), las organizaciones de la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos y a otras partes interesadas a utilizar el presente informe para tratar de mejorar la eficacia de la tutela judicial desde la perspectiva de los derechos humanos en sus Estados miembros. La Comisión también invita al Parlamento Europeo y al Consejo a organizar debates específicos sobre el informe y está a su disposición para apoyar estos intercambios.