Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52017DC0288

    PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3 DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2017 por el que se aumentan los recursos presupuestarios de la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) con el fin de reducir el desempleo juvenil en la Unión Europea y por el que se actualizan las plantillas de personal de la agencia descentralizada ACER y de la empresa común SESAR2

    COM/2017/0288 final

    Bruselas, 30.5.2017

    COM(2017) 288 final

    PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3
    DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2017

    por el que se aumentan los recursos presupuestarios de la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) con el fin de reducir el desempleo juvenil en la Unión Europea y por el que se actualizan las plantillas de personal de la agencia descentralizada ACER y de la empresa común SESAR2


    Vistos:

    el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 314, leído en relación con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 106 bis,

    el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión 1 , y en particular su artículo 41,

    el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, adoptado el 1 de diciembre de 2016 2 ,

    el presupuesto rectificativo n.º 1/2017 3 , adoptado el 5 de abril de 2017,

    el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2017 4 , adoptado el 12 de abril de 2017,

    La Comisión Europea presenta al Parlamento Europeo y al Consejo el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 3 del presupuesto de 2017.

    CAMBIOS DEL ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

    Los cambios del estado de ingresos y de gastos por sección están disponibles en EUR-Lex ( http://eur-lex.europa.eu/budget/www/index-en.htm ). Se adjunta a título informativo, como anexo presupuestario, la versión inglesa de los cambios efectuados en dicho estado.

    ÍNDICE

    1.    Introducción    

    2.    Refuerzo de la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ)    

    2.1 Contexto del refuerzo

    2.2 Financiación

    3.    Actualización de la plantilla de personal de la agencia descentralizada ACER y la Empresa Común SESAR2    

    3.1 Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

    3.2 Programa de investigación sobre gestión del tránsito aéreo en el Cielo Único Europeo (SESAR2)

    4.    Cuadro sinóptico por rúbrica del MFP    

    1.Introducción

    El objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo (PPR) n.º 3 para el año 2017 es doble:

    -Proveer 500 millones EUR de créditos de compromiso adicionales para la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ), conforme a lo decidido por el Parlamento Europeo y el Consejo en su acuerdo sobre el presupuesto de 2017. No se propone ningún refuerzo de los créditos de pago.

    -Modificar la plantilla de personal de la agencia descentralizada ACER y la empresa común SESAR2, sin incidencia en el presupuesto total o el número total de puestos.

    2.Refuerzo de la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ)

    2.1    Contexto del refuerzo

    La creación de la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) se acordó en 2013 como respuesta al nivel excepcionalmente alto de desempleo juvenil en toda la UE, con una dotación específica de 3 200 millones EUR 5 en precios corrientes, con el fin de prestar apoyo directo específico a los jóvenes que no estudian, ni trabajan ni reciben formación y residen en regiones con tasas de desempleo juvenil que en 2012 eran superiores al 25 %. Con el fin de acelerar la ejecución, la asignación plena en términos de compromisos para el período 2014-20 se consignó anticipadamente para 2014 y 2015.

    Pese a los retrasos iniciales, las estructuras de ejecución de la Iniciativa de Empleo Juvenil están actualmente establecidas. Las primeras evaluaciones 6 apuntan a que han aumentado significativamente las oportunidades para los jóvenes que han recibido apoyo de la iniciativa para la búsqueda de empleo o la continuación de sus estudios.

    Las tasas de desempleo juvenil han disminuido en la mayoría de los Estados miembros respecto a las del año de referencia de 2012, pero siguen estando por encima de las de 2008 (antes de la crisis financiera). Esta situación exige un esfuerzo continuado y el apoyo a nivel de la UE, por lo que el Parlamento Europeo y el Consejo, en su acuerdo sobre el presupuesto de 2017 7 , invitaron «a la Comisión a que proponga un presupuesto rectificativo en 2017 con el fin de destinar 500 millones de euros a la Iniciativa de Empleo Juvenil en 2017, financiados con cargo al margen global para compromisos, tan pronto como se haya adoptado el ajuste técnico previsto en el artículo 6 del Reglamento sobre el marco financiero plurianual 8 .».

    El ajuste técnico ya se ha adoptado 9 , y la Comisión propone modificar el presupuesto de 2017 para reflejar el acuerdo anteriormente mencionado del Parlamento Europeo y del Consejo.

    2.2    Financiación

    De conformidad con el artículo 14 del Reglamento sobre el marco financiero plurianual (MFP), el refuerzo de los créditos de compromiso de la IEJ se financiará con cargo al margen global para compromisos.

    La Comisión considera que dicho refuerzo no supondrá mayores pagos adicionales en 2017. Antes de efectuar cualquier pago con cargo a ese refuerzo, deben modificarse todos los programas operativos pertinentes. Se espera que este proceso finalice durante el segundo semestre de 2017, es decir, después del plazo legal para el pago de la prefinanciación anual para 2017, tal como se establece en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 sobre disposiciones comunes 10 . Por otra parte, no se espera que estos nuevos compromisos den lugar a la presentación de solicitudes de pagos intermedios en 2017.

    3.Actualización de la plantilla de personal de la agencia descentralizada ACER y la Empresa Común SESAR2

    3.1    Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

    Teniendo en cuenta las normas sobre las plantillas de personal establecidas en el artículo 50 del Reglamento Financiero 11 , se propone modificar la plantilla de personal de 2017 de la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER), manteniendo sin cambios el número total de puestos. Esta modificación es necesaria para cumplir los requisitos de la reclasificación de 2017 de la ACER, en la que se ha producido un desajuste entre la plantilla de personal y los grados necesarios. Ello puede financiarse con cargo al presupuesto de la ACER para el presente año. En consecuencia, no es necesario aumentar la contribución de la UE a la agencia.

    En el anexo presupuestario figura la plantilla de personal actualizada.

    3.2    Programa de investigación sobre gestión del tránsito aéreo en el Cielo Único Europeo (SESAR2)

    La Empresa Común para la investigación sobre la gestión del tránsito aéreo (ATM) en el Cielo Único Europeo es el proyecto de la Unión para la modernización de la ATM y un componente fundamental de la política del Cielo Único Europeo y la Estrategia de Aviación para Europa. La modificación propuesta de la plantilla de personal de 2017 de SESAR 2 es necesaria para reclasificar a su Director Ejecutivo (de AD14 a AD15) en el momento de la renovación de su mandato (1 de abril de 2017), tras la evaluación favorable por parte del Consejo de Administración de la Empresa Común y de la Comisión. Además, se ha producido un desajuste entre la plantilla de personal de SESAR2 y los grados.

    El presupuesto global y el número total de puestos se mantienen sin cambios. La reclasificación del puesto AD 15 es ad personam y concluirá al final del mandato del actual Director Ejecutivo.

    En el anexo presupuestario figura la plantilla de personal actualizada.



    4.Cuadro sinóptico por rúbrica del MFP

    Línea presupuestaria

    Presupuesto de 2017

    Proyecto de presupuesto rectificativo n.º 3/2017

    Presupuesto de 2017

    (incl. PR n.º 1 y PPR n.º 2/2017)

    (incl. PR n.º 1 y PPR n.ºs 2 y 3/2017)

    CC

    CP

    CC

    CP

    CC

    CP

    1.

    Crecimiento inteligente e integrador

    74 898 754 456

    56 521 763 545

    500 000 000

    75 398 754 456

    56 521 763 545

    Parte correspondiente al margen global para compromisos

    1 439 100 000

     

    500 000 000

     

    1 939 100 000

     

    Techo

    73 512 000 000

     

     

     

    73 512 000 000

     

    Margen

    52 345 544

     

     

     

    52 345 544

     

    1a

    Competitividad para el crecimiento y el empleo

    21 312 155 821

    19 320 944 503

     

     

    21 312 155 821

    19 320 944 503

    Parte correspondiente al margen global para compromisos

    1 439 100 000

     

     

     

    1 439 100 000

     

    Techo

    19 925 000 000

     

     

     

    19 925 000 000

     

    Margen

    51 944 179

     

     

     

    51 944 179

     

    1b

    Cohesión económica, social y territorial

    53 586 598 635

    37 200 819 042

    500 000 000

     

    54 086 598 635

    37 200 819 042

    Parte correspondiente al margen global para compromisos

     

     

    500 000 000

     

    500 000 000

     

    Techo

    53 587 000 000

     

     

     

    53 587 000 000

     

    Margen

    401 365

     

     

     

    401 365

     

    2.

    Crecimiento sostenible: recursos naturales

    58 584 443 884

    54 913 969 537

     

     

    58 584 443 884

    54 913 969 537

    Techo

    60 191 000 000

     

     

     

    60 191 000 000

     

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    - 575 000 000

     

     

     

    - 575 000 000

     

    Margen

    1 031 556 116

     

     

     

    1 031 556 116

     

    Parte correspondiente al: Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) – Gastos de mercado y pagos directos

    42 612 572 079

    42 562 967 974

     

     

    42 612 572 079

    42 562 967 974

    Subtecho

    44 146 000 000

     

     

     

    44 146 000 000

     

    Transferencia neta entre FEAGA y FEADER

    318 000

     

     

     

    318 000

     

    Margen del FEAGA

    1 533 109 921

     

     

     

    1 533 109 921

     

    3.

    Seguridad y ciudadanía

    4 284 030 960

    3 786 957 287

     

     

    4 284 030 960

    3 786 957 287

    Parte a cargo del Instrumento de Flexibilidad

    530 000 000

     

     

     

    530 000 000

     

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    1 176 030 960

     

     

     

    1 176 030 960

     

    Techo

    2 578 000 000

     

     

     

    2 578 000 000

     

    Margen

     

     

     

     

     

    4.

    Europa global

    10 162 120 000

    9 483 081 178

     

     

    10 162 120 000

    9 483 081 178

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    730 120 000

     

     

     

    730 120 000

     

    Techo

    9 432 000 000

     

     

     

    9 432 000 000

     

    Margen

     

     

     

     

     

     

    5.

    Administración

    9 394 513 816

    9 394 599 816

     

     

    9 394 513 816

    9 394 599 816

    Techo

    9 918 000 000

     

     

     

    9 918 000 000

     

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    - 507 268 804

     

     

     

    - 507 268 804

     

    Margen

    16 217 380

     

     

     

    16 217 380

     

    Parte correspondiente a: gastos administrativos de las Instituciones

    7 418 902 660

    7 418 988 660

     

     

    7 418 902 660

    7 418 988 660

    Subtecho

    8 007 000 000

     

     

     

    8 007 000 000

     

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    - 507 268 804

     

     

     

    - 507 268 804

     

    Margen

    80 828 536

     

     

     

    80 828 536

     

     

    Reserva negativa

     

    - 70 402 434

     

     

     

    - 70 402 434

    Total

    157 323 863 116

    134 029 968 929

    500 000 000

     

    157 823 863 116

    134 029 968 929

    Parte a cargo del Instrumento de Flexibilidad

    530 000 000

    981 093 985

     

     

    530 000 000

    981 093 985

    Parte correspondiente al margen global para compromisos

    1 439 100 000

     

    500 000 000

     

    1 939 100 000

     

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    1 906 150 960

     

     

     

    1 906 150 960

     

    Techo

    155 631 000 000

    142 906 000 000

     

     

    155 631 000 000

    142 906 000 000

    Parte a cargo del margen global para compromisos

    -1 082 268 804

     

     

     

    -1 082 268 804

     

    Margen

    1 100 119 040

    9 857 125 056

     

     

    1 100 119 040

    9 857 125 056

     

    Otros instrumentos especiales

    604 326 434

    460 402 434

     

     

    604 326 434

    460 402 434

    Suma total

    157 928 189 550

    134 490 371 363

    500 000 000

     

    158 428 189 550

    134 490 371 363

    (1) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1
    (2) DO L 51 de 28.2.2017.
    (3)  DO L XXX de XX.XX.XXX.
    (4)  COM(2017) 188 final.
    (5)  A los que se añadieron otros 3 200 millones EUR procedentes del Fondo Social Europeo.
    (6)

         Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - La Garantía Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil, situación al cabo de tres años [COM(2016) 646 final de 8.10.2016]

    (7)  Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 1 de diciembre de 2016, sobre el texto conjunto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, aprobado por el Comité de Conciliación en el marco del procedimiento presupuestario [14635/2016 – C8-0470/2016 – 2016/2047(BUD) ].
    (8)  Reglamento (UE, Euratom) n.° 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020.
    (9)  COM(2017) 220 final de 24.5.2017.
    (10)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 320. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134, apartado 2, la prefinanciación anual se abonará antes del 1 de julio del año correspondiente.
    (11)  DO L 362 de 31.12.2012.
    Top