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Document 52007PC0682(02)

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea

/* COM/2007/0682 final - AVC 2007/0231 */

52007PC0682(02)

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea /* COM/2007/0682 final - AVC 2007/0231 */


[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 6.11.2007

COM(2007) 682 final

2007/0231 (AVC)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la firma y aplicación provisional de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, del Acta de Adhesión de los nuevos Estados miembros a la UE, la adhesión de dichos nuevos Estados miembros al Acuerdo Euromediterráneo de Asociación con el Reino Hachemí de Jordania debe aprobarse mediante un protocolo del presente Acuerdo. En este mismo artículo se establece un procedimiento simplificado, según el cual dicho protocolo ha de celebrarse entre el Consejo, por unanimidad, en nombre de los Estados miembros, y el tercer país de que se trate. El procedimiento se entenderá sin perjuicio de las competencias propias de la Comunidad.

El 23 de octubre de 2006, el Consejo aprobó un mandato para que la Comisión negociara tal protocolo con Jordania a fin de tener en cuenta la adhesión de Bulgaria y Rumanía el 1 de enero de 2007. Durante estas negociaciones se concluyó que no se añadiría al Acuerdo de Asociación existente ninguna concesión comercial adicional en el ámbito de la agricultura y los productos agrícolas y pesqueros transformados.

Las propuestas anejas consisten en 1) una Decisión del Consejo relativa a la firma y la aplicación provisional del Protocolo y 2) una Decisión del Consejo y la Comisión relativa a la celebración del Protocolo.

Se adjunta el texto del Protocolo negociado con Jordania. Los aspectos más importantes del mismo se refieren a las disposiciones relativas a la adhesión de los nuevos Estados miembros al Acuerdo de Asociación UE-Jordania y a la incorporación de las nuevas lenguas oficiales de la UE.

La Comisión solicita al Consejo que apruebe los proyectos de Decisión del Consejo relativos a la firma y la celebración del Protocolo.

La celebración del Protocolo deberá someterse a la aprobación previa del Parlamento Europeo.

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la firma y aplicación provisional de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular su artículo 310 en conjunción con la segunda frase del primer párrafo del apartado 2 de su artículo 300,

Vista el Acta adjunta al Tratado de Adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

1) El 23 de octubre de 2006, el Consejo aprobó un mandato para que la Comisión negociara con Jordania, en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, un protocolo que modificara los acuerdos entre la Comunidad Europea y terceros países, en particular el Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Jordania, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la UE de los nuevos Estados miembros.

2) Desde esa fecha las negociaciones han concluido a satisfacción de la Comisión.

3) El artículo 8, apartado 2, del Protocolo negociado con Jordania establece la aplicación provisional del Protocolo antes de su entrada en vigor.

4) A reserva de su posible celebración en una fecha posterior, el Protocolo debe firmarse en nombre de la Comunidad y aplicarse con carácter provisional.

DECIDE:

Artículo 1

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar, en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, el Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea. El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El Protocolo se aplicará provisionalmente a partir del 1 de enero de 2007, a reserva de su posible celebración en una fecha posterior.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente

2007/0231 (AVC)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular su artículo 310 en conjunción con la segunda frase del primer párrafo del apartado 2 y el segundo párrafo del apartado 3 de su artículo 300,

Vista el Acta adjunta al Tratado de Adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

1) El Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo de Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, se firmó el…. en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros.

2) Procede aprobar el Protocolo.

DECIDE:

Artículo único

El Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo de Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, se aprueba por la presente en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea.

El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente

PROTOCOLO

del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea

EL REINO DE BÉLGICA,

LA REPÚBLICA DE BULGARIA,

LA REPÚBLICA CHECA,

EL REINO DE DINAMARCA,

LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA,

LA REPÚBLICA DE ESTONIA,

LA REPÚBLICA HELÉNICA,

EL REINO DE ESPAÑA,

LA REPÚBLICA FRANCESA,

IRLANDA,

LA REPÚBLICA ITALIANA,

LA REPÚBLICA DE CHIPRE,

LA REPÚBLICA DE LETONIA,

LA REPÚBLICA DE LITUANIA,

EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO,

LA REPÚBLICA DE HUNGRÍA,

LA REPÚBLICA DE MALTA,

EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS,

LA REPÚBLICA DE AUSTRIA,

LA REPÚBLICA DE POLONIA,

LA REPÚBLICA PORTUGUESA,

RUMANÍA,

LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA,

LA REPÚBLICA ESLOVACA,

LA REPÚBLICA DE FINLANDIA,

EL REINO DE SUECIA,

EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE,

en lo sucesivo denominados «los Estados miembros de la CE», representados por el Consejo de la Unión Europea, y

LA COMUNIDAD EUROPEA,

en lo sucesivo denominada «la Comunidad», representada por el Consejo de la Unión Europea y por la Comisión Europea,

por una parte,

y el Reino Hachemí de Jordania,

en lo sucesivo denominado «Jordania»,

por otra,

CONSIDERANDO QUE el Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo Euromediterráneo», se firmó en Bruselas el 24 de noviembre de 1997 y entró en vigor el 1 de mayo de 2002;

CONSIDERANDO que el Tratado relativo a la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea, con el Acta anexa al mismo, se firmó en Luxemburgo el 25 de abril de 2005 y entró en vigor el 1 de enero de 2007;

CONSIDERANDO que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, del Acta de Adhesión, la adhesión de las nuevas Partes Contratantes al Acuerdo Euromediterráneo debe aprobarse mediante la celebración de un Protocolo de dicho Acuerdo.

CONSIDERANDO QUE, de conformidad con el artículo 22 del Acuerdo Euromediterráneo, se han celebrado consultas a fin de garantizar que se tengan en cuenta los intereses mutuos de la Comunidad y de Jordania;

HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:

Artículo 1

La República de Bulgaria y Rumanía se convierten en Partes Contratantes del Acuerdo Euromediterráneo celebrado entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, y toman nota y adoptan, respectivamente, de la misma manera que los otros Estados miembros de la Comunidad, los textos del Acuerdo y las declaraciones comunes, las declaraciones y los canjes de notas.

CAPÍTULO 1: MODIFICACIONES DEL TEXTO DEL ACUERDO EUROMEDITERRÁNEO, INCLUIDOS SUS ANEXOS Y PROTOCOLOS

Artículo 2 (Normas de origen)

El Protocolo nº 3 se modificará como sigue:

1. En el artículo 3, apartado 1, y en el artículo 4, apartado 1, se suprimen las referencias a los nuevos Estados miembros.

2. El anexo IVa se sustituirá por lo siguiente:

Versión búlgara

Износителят на продуктите, обхванати от този документ (митническо разрешение № … (1)) декларира, че освен кьдето е отбелязано друго, тези продукти са с … преференциален произход (2).

Versión española

El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización aduanera n° .. …(1).) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial . …(2).

Versión checa

Vývozce výrobků uvedených v tomto dokumentu (číslo povolení …(1)) prohlašuje, že kromě zřetelně označených, mají tyto výrobky preferenční původ v …(2).

Versión danesa

Eksportøren af varer, der er omfattet af nærværende dokument, (toldmyndighedernes tilladelse nr. ...(1)), erklærer, at varerne, medmindre andet tydeligt er angivet, har præferenceoprindelse i ...(2).

Versión alemana

Der Ausführer (Ermächtigter Ausführer; Bewilligungs-Nr. ...(1)) der Waren, auf die sich dieses Handelspapier bezieht, erklärt, dass diese Waren, soweit nicht anderes angegeben, präferenzbegünstigte ...(2) Ursprungswaren sind.

Versión estonia

Käesoleva dokumendiga hõlmatud toodete eksportija (tolliameti kinnitus nr. ...(1)) deklareerib, et need tooted on ...(2) sooduspäritoluga, välja arvatud juhul kui on selgelt näidatud teisiti.

Versión griega

Ο εξαγωγέας των προϊόντων που καλύπτονται από το παρόν έγγραφο (άδεια τελωνείου υπ΄αριθ. ...(1)) δηλώνει ότι, εκτός εάν δηλώνεται σαφώς άλλως, τα προϊόντα αυτά είναι προτιμησιακής καταγωγής ...(2).

Versión inglesa

The exporter of the products covered by this document (customs authorization No ...(1)) declares that, except where otherwise clearly indicated, these products are of ...(2) preferential origin.

Versión francesa

L'exportateur des produits couverts par le présent document (autorisation douanière n° ...(1)) déclare que, sauf indication claire du contraire, ces produits ont l'origine préférentielle ... (2)).

Versión italiana

L'esportatore delle merci contemplate nel presente documento (autorizzazione doganale n… (1)) dichiara che, salvo indicazione contraria, le merci sono di origine preferenziale ...(2).

Versión letona

Eksportētājs produktiem, kuri ietverti šajā dokumentā (muitas pilnvara Nr. …(1)), deklarē, ka, iznemot tur, kur ir citādi skaidri noteikts, šiem produktiem ir priekšrocību izcelsme no …(2).

Versión lituana

Šiame dokumente išvardintų prekių eksportuotojas (muitinès liudijimo Nr …(1)) deklaruoja, kad, jeigu kitaip nenurodyta, tai yra(2) preferencinès kilmés prekés.

Versión húngara

A jelen okmányban szereplő áruk exportőre (vámfelhatalmazási szám: …(1)) kijelentem, hogy eltérő jelzés hianyában az áruk kedvezményes …(2) származásúak.

Versión maltesa

L-esportatur tal-prodotti koperti b’dan id-dokument (awtorizzazzjoni tad-dwana nru. …(1)) jiddikjara li, ħlief fejn indikat b’mod ċar li mhux hekk, dawn il-prodotti huma ta’ oriġini preferenzjali …(2).

Versión neerlandesa

De exporteur van de goederen waarop dit document van toepassing is (douanevergunning nr. ...(1)), verklaart dat, behoudens uitdrukkelijke andersluidende vermelding, deze goederen van preferentiële ... oorsprong zijn (2).

Versión polaca

Eksporter produktów objętych tym dokumentem (upoważnienie władz celnych nr …(1)) deklaruje, że z wyjątkiem gdzie jest to wyraźnie określone, produkty te mają …(2) preferencyjne pochodzenie.

Versión portuguesa

O exportador dos produtos cobertos pelo presente documento (autorização aduaneira n°. ...(1)), declara que, salvo expressamente indicado em contrário, estes produtos são de origem preferencial ...(2).

Versión rumana

Exportatorul produselor ce fac ojiectul acestui document (autorizaţia vamalâ nr. …(1)) declará cá, exceptând cazul în care în mod expres este indicat altfel, aceste produse sunt de origine preferenţialā …(2).

Versión eslovena

Izvoznik blaga, zajetega s tem dokumentom (pooblastilo carinskih organov št …(1)) izjavlja, da, razen če ni drugače jasno navedeno, ima to blago preferencialno …(2) poreklo.

Versión eslovaca

Vývozca výrobkov uvedených v tomto dokumente (číslo povolenia …(1)) vyhlasuje, že okrem zreteľne označených, majú tieto výrobky preferenčný pôvod v …(2).

Versión finesa

Tässä asiakirjassa mainittujen tuotteiden viejä (tullin lupa n:o ...(1)) ilmoittaa, että nämä tuotteet ovat, ellei toisin ole selvästi merkitty, etuuskohteluun oikeutettuja ... alkuperätuotteita (2).

Versión sueca

Exportören av de varor som omfattas av detta dokument (tullmyndighetens tillstånd nr. ...(1)) försäkrar att dessa varor, om inte annat tydligt markerats, har förmånsberättigande ... ursprung (2).

Versión árabe

[pic]

3. El anexo IVb se sustituirá por lo siguiente:

Versión búlgara

Износителят на продуктите, обхванати от този документ (митническо разрешение № … (1)) декларира, че освен кьдето е отбелязано друго, тези продукти са с … преференциален произход (2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión española

El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización aduanera n° .. …(1).) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial . …(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión checa

Vývozce výrobků uvedených v tomto dokumentu (číslo povolení …(1)) prohlašuje, že kromě zřetelně označených, mají tyto výrobky preferenční původ v …(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión danesa

Eksportøren af varer, der er omfattet af nærværende dokument, (toldmyndighedernes tilladelse nr. ...(1)), erklærer, at varerne, medmindre andet tydeligt er angivet, har præferenceoprindelse i ...(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión alemana

Der Ausführer (Ermächtigter Ausführer; Bewilligungs-Nr. ...(1)) der Waren, auf die sich dieses Handelspapier bezieht, erklärt, dass diese Waren, soweit nicht anderes angegeben, präferenzbegünstigte ...(2) Ursprungswaren sind.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión estonia

Käesoleva dokumendiga hõlmatud toodete eksportija (tolliameti kinnitus nr. ...(1)) deklareerib, et need tooted on ...(2) sooduspäritoluga, välja arvatud juhul kui on selgelt näidatud teisiti.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión griega

Ο εξαγωγέας των προϊόντων που καλύπτονται από το παρόν έγγραφο (άδεια τελωνείου υπ΄αριθ. ...(1)) δηλώνει ότι, εκτός εάν δηλώνεται σαφώς άλλως, τα προϊόντα αυτά είναι προτιμησιακής καταγωγής ...(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión inglesa

The exporter of the products covered by this document (customs authorization No ...(1)) declares that, except where otherwise clearly indicated, these products are of ...(2) preferential origin.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión francesa

L'exportateur des produits couverts par le présent document (autorisation douanière n° ...(1)) déclare que, sauf indication claire du contraire, ces produits ont l'origine préférentielle ... (2)).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión italiana

L'esportatore delle merci contemplate nel presente documento (autorizzazione doganale n. … (1) dichiara che, salvo indicazione contraria, le merci sono di origine preferenziale ...(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión letona

Eksportētājs produktiem, kuri ietverti šajā dokumentā (muitas pilnvara Nr. …(1)), deklarē, ka, iznemot tur, kur ir citādi skaidri noteikts, šiem produktiem ir priekšrocību izcelsme no …(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión lituana

Šiame dokumente išvardintų prekių eksportuotojas (muitinès liudijimo Nr …(1)) deklaruoja, kad, jeigu kitaip nenurodyta, tai yra 2) preferencinès kilmés prekés.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión húngara

A jelen okmányban szereplő áruk exportőre (vámfelhatalmazási szám: …(1)) kijelentem, hogy eltérő jelzés hianyában az áruk kedvezményes …(2) származásúak.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión maltesa

L-esportatur tal-prodotti koperti b’dan id-dokument (awtorizzazzjoni tad-dwana nru. …(1)) jiddikjara li, ħlief fejn indikat b’mod ċar li mhux hekk, dawn il-prodotti huma ta’ oriġini preferenzjali …(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión neerlandesa

De exporteur van de goederen waarop dit document van toepassing is (douanevergunning nr. ...(1)), verklaart dat, behoudens uitdrukkelijke andersluidende vermelding, deze goederen van preferentiële ... oorsprong zijn (2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión polaca

Eksporter produktów objętych tym dokumentem (upoważnienie władz celnych nr …(1)) deklaruje, że z wyjątkiem gdzie jest to wyraźnie określone, produkty te mają …(2) preferencyjne pochodzenie.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión portuguesa

O exportador dos produtos cobertos pelo presente documento (autorização aduaneira n°. ...(1)), declara que, salvo expressamente indicado em contrário, estes produtos são de origem preferencial ...(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión rumana

Exportatorul produselor ce fac ojiectul acestui document (autorizaţia vamalâ nr. …(1)) declará cá, exceptând cazul în care în mod expres este indicat altfel, aceste produse sunt de origine preferenţialā …(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión eslovena

Izvoznik blaga, zajetega s tem dokumentom (pooblastilo carinskih organov št …(1)) izjavlja, da, razen če ni drugače jasno navedeno, ima to blago preferencialno …(2) poreklo.

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión eslovaca

Vývozca výrobkov uvedených v tomto dokumente (číslo povolenia …(1)) vyhlasuje, že okrem zreteľne označených, majú tieto výrobky preferenčný pôvod v …(2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión finesa

Tässä asiakirjassa mainittujen tuotteiden viejä (tullin lupa n:o ...(1)) ilmoittaa, että nämä tuotteet ovat, ellei toisin ole selvästi merkitty, etuuskohteluun oikeutettuja ... alkuperätuotteita (2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión sueca

Exportören av de varor som omfattas av detta dokument (tullmyndighetens tillstånd nr. ...(1)) försäkrar att dessa varor, om inte annat tydligt markerats, har förmånsberättigande ... ursprung (2).

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

Versión árabe

[pic]

- cumulation applied with ……..(name of the country/countries)- no cumulation applied (3)

CAPÍTULO 2: disposiciones transitorias

Artículo 3 (Pruebas de origen y cooperación administrativa)

1. Las pruebas de origen expedidas correctamente por Jordania o por un nuevo Estado miembro en el marco de acuerdos preferenciales o acuerdos autónomos celebrados entre ellos serán aceptadas en los países respectivos al amparo del presente Protocolo, siempre que:

a) la adquisición de dicho origen confiera un tratamiento arancelario preferencial sobre la base de las medidas arancelarias preferenciales previstas bien en este Acuerdo, bien en el sistema comunitario de preferencias generalizadas;

b) la prueba de origen y los documentos de transporte hayan sido expedidos a más tardar el día anterior a la fecha de adhesión;

c) la prueba de origen se presente a las autoridades aduaneras en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de adhesión.

En caso de que las mercancías se hayan declarado a efectos de importación en Jordania o en un nuevo Estado miembro antes de la fecha de adhesión en el marco de acuerdos preferenciales o acuerdos autónomos celebrados entre Jordania y el nuevo Estado miembro en aquel momento, se podrá aceptar también una prueba de origen expedida a posteriori en el marco de dichos acuerdos, a condición de que se presente a las autoridades aduaneras en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de adhesión.

2. Se autoriza a Jordania y a los nuevos Estados miembros a conservar las autorizaciones con las que se haya concedido la categoría de «exportador autorizado» en el marco de los acuerdos preferenciales o acuerdos autónomos celebrados entre ellos, siempre que:

a) dicha disposición haya sido también prevista en el acuerdo celebrado entre Jordania y la Comunidad antes de la fecha de adhesión; y

b) los exportadores autorizados apliquen las normas de origen en vigor en virtud de dicho acuerdo.

Estas autorizaciones serán reemplazadas, a más tardar un año después de la fecha de adhesión, por nuevas autorizaciones expedidas conforme a las condiciones establecidas en ese acuerdo.

3. Las solicitudes de verificación a posteriori de las pruebas de origen expedidas de conformidad con los acuerdos preferenciales o regímenes autónomos mencionados en los apartados 1 y 2 supra , podrán ser presentadas por las autoridades aduaneras competentes de Jordania o de los nuevos Estados miembros y serán aceptadas por éstas durante los tres años que siguen a la expedición de la prueba de origen en cuestión.

Artículo 4 (Mercancías en tránsito)

1. Las disposiciones del Acuerdo podrán aplicarse a las mercancías exportadas desde Jordania a uno de los nuevos Estados miembros o desde uno de estos últimos hacia Jordania, que se ajusten a las disposiciones del Protocolo nº 3, y que en la fecha de la adhesión se encuentren en tránsito o en depósito temporal, en depósito aduanero o en una zona franca en Jordania o en dicho nuevo Estado miembro.

2. En estos casos podrá concederse el trato preferencial, previa presentación a las autoridades aduaneras del país importador, dentro los cuatro meses siguientes a la fecha de la adhesión, de una prueba de origen expedida retroactivamente por las autoridades aduaneras del país exportador.

Disposiciones generales y finales

Artículo 5

El Reino Hachemí de Jordania se compromete a no reclamar, solicitar o remitir, ni modificar o retirar concesión alguna en virtud de los artículos XXIV.6 y XXVIII del GATT 1994 en relación con esta ampliación de la Comunidad.

Artículo 6

El presente Protocolo formará parte integrante del Acuerdo Euromediterráneo. Los anexos y la declaración del presente Protocolo formarán parte integrante del mismo.

Artículo 7

1. El presente Protocolo será aprobado por la Comunidad, por el Consejo de la Unión Europea en nombre de los Estados miembros y por el Reino Hachemí de Jordania de conformidad con sus propios procedimientos.

2. Las Partes se notificarán mutuamente la finalización de los procedimientos correspondientes a los que se refiere el apartado anterior. Los instrumentos de aprobación se depositarán ante la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea.

Artículo 8

1. El presente Protocolo entrará en vigor el primer día del primer mes siguiente a la fecha de depósito del último instrumento de aprobación.

2. El presente Protocolo se aplicará provisionalmente a partir del 1 de enero de 2007.

Artículo 9

El presente Protocolo se redactará, en doble ejemplar, en cada una de las lenguas oficiales de las Partes Contratantes, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.

Artículo 10

El texto del Acuerdo Euromediterráneo, incluidos los anexos y protocolos que forman parte del mismo, el Acta Final y las declaraciones anexas a ella, se redactarán en las lenguas búlgara y rumana, y esas versiones del texto serán auténticas de igual manera que los textos originales. El Consejo de Asociación deberá aprobar esos textos.

POR LOS ESTADOS MIEMBROS …

POR LA COMUNIDAD EUROPEA …

POR EL REINO HACHEMÍ DE JORDANIA

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