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Document 32009D0519
2009/519/EC: Commission Decision of 2 July 2009 amending Decision 2007/679/EC fixing the net amounts resulting from the application of voluntary modulation in the United Kingdom for the calendar years 2007 to 2012 (notified under document number C(2009) 5027)
2009/519/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de julio de 2009 , que modifica la Decisión 2007/679/CE que fija los importes netos resultantes de la aplicación de la modulación facultativa al Reino Unido para los años 2007-2012 [notificada con el número C(2009) 5027]
2009/519/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de julio de 2009 , que modifica la Decisión 2007/679/CE que fija los importes netos resultantes de la aplicación de la modulación facultativa al Reino Unido para los años 2007-2012 [notificada con el número C(2009) 5027]
DO L 173 de 3.7.2009, p. 13–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
3.7.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 173/13 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 2 de julio de 2009
que modifica la Decisión 2007/679/CE que fija los importes netos resultantes de la aplicación de la modulación facultativa al Reino Unido para los años 2007-2012
[notificada con el número C(2009) 5027]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
(2009/519/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 378/2007 del Consejo, de 27 de marzo de 2007, que establece las disposiciones relativas a la modulación facultativa de los pagos directos prevista en el Reglamento (CE) no 1782/2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, y que modifica el Reglamento (CE) no 1290/2005 (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión 2007/679/CE de la Comisión (2) fija los importes netos resultantes de la aplicación de la modulación facultativa al Reino Unido para los años 2007-2012 sobre la base de los porcentajes anuales de la modulación facultativa aplicables a escala regional y anualmente. |
(2) |
El artículo 1, apartado 5, del Reglamento (CE) no 378/2007 dispone que los porcentajes fijados en el artículo 7 del Reglamento (CE) no 73/2009 del Consejo (3), reducidos en 5 puntos porcentuales, deben deducirse del porcentaje de la modulación facultativa aplicada por los Estados miembros. Por consiguiente, conviene reducir los importes netos resultantes de la modulación facultativa. |
(3) |
Por consiguiente, debe modificarse la Decisión 2007/679/CE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2007/679/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión será aplicable a partir del ejercicio presupuestario de 2010.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión será el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Hecho en Bruselas, el 2 de julio de 2009.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 95 de 5.4.2007, p. 1.
(2) DO L 280 de 24.10.2007, p. 25.
(3) DO L 30 de 31.1.2009, p. 16.
ANEXO
«ANEXO
Importes netos resultantes de la aplicación de la modulación facultativa en el Reino Unido
(en millones EUR) |
|||
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
397,0 |
374,9 |
347,3 |
313,9» |