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Document 32007R1474

Reglamento (CE) n°  1474/2007 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007 , por el que se modifica el Reglamento (CEE) n°  1538/91 que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n°  1906/90 del Consejo por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral

DO L 329 de 14.12.2007, p. 14–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/06/2008; derog. impl. por 32008R0543

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2007/1474/oj

14.12.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 329/14


REGLAMENTO (CE) N o 1474/2007 DE LA COMISIÓN

de 13 de diciembre de 2007

por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1538/91 que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 1906/90 del Consejo por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1906/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, por el que se establecen normas de comercialización aplicables a la carne de aves de corral (1), y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo VIII del Reglamento (CEE) no 1538/91 de la Comisión (2) figura la lista de los laboratorios nacionales de referencia para el control del contenido de agua de la carne de ave de corral. Las autoridades francesas han notificado a la Comisión el nombre y la dirección del nuevo laboratorio nacional de referencia francés.

(2)

Por consiguiente, procede modificar el Reglamento (CEE) no 1538/91.

(3)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de aves de corral y de los huevos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo VIII del Reglamento (CEE) no 1538/91, el nombre y la dirección del nuevo laboratorio nacional de referencia francés se sustituye por el texto siguiente:

«Francia

SCL — Laboratoire de Lyon

10, avenue des Saules

BP 74

FR-69922 Oullins».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 173 de 6.7.1990, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1029/2006 (DO L 186 de 7.7.2006, p. 6).

(2)  DO L 143 de 7.6.1991, p. 11. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2029/2006 (DO L 414 de 30.12.2006, p. 29).


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