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Document 22011D0293R(01)
Corrigendum to Decision No 1/2011 (2011/293/EU) of the EU-Morocco Association Council of 30 March 2011 with regard to the amendment of Annex II of Protocol 4 to the Euro-Mediterranean Agreement between the European Communities and their Member States, of the one part, and the Kingdom of Morocco, of the other part, containing the list of working or processing required to be carried out on non-originating materials in order for the product manufactured to obtain originating status (OJ L 141, 27.5.2011)
Corrección de errores de la Decisión n° 1/2011 (2011/293/UE) del Consejo de Asociación UE-Marruecos, de 30 de marzo de 2011, por la que se modifica el anexo II del Protocolo n° 4 del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, en el que se incluye la lista de las elaboraciones o transformaciones que aplicar en las materias no originarias para que el producto transformado pueda obtener el carácter originario (DO L 141 de 27.5.2011)
Corrección de errores de la Decisión n° 1/2011 (2011/293/UE) del Consejo de Asociación UE-Marruecos, de 30 de marzo de 2011, por la que se modifica el anexo II del Protocolo n° 4 del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, en el que se incluye la lista de las elaboraciones o transformaciones que aplicar en las materias no originarias para que el producto transformado pueda obtener el carácter originario (DO L 141 de 27.5.2011)
DO L 17 de 26.1.2016, p. 23–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/293/corrigendum/2016-01-26/oj
26.1.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 17/23 |
Corrección de errores de la Decisión no 1/2011 (2011/293/UE) del Consejo de Asociación UE-Marruecos, de 30 de marzo de 2011, por la que se modifica el anexo II del Protocolo no 4 del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, en el que se incluye la lista de las elaboraciones o transformaciones que aplicar en las materias no originarias para que el producto transformado pueda obtener el carácter originario
( Diario Oficial de la Unión Europea L 141 de 27 de mayo de 2011 )
En la página 113, en el anexo, partida SA ex 8401, tercera columna:
donde dice:
«Fabricación a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto»,
debe decir:
«Fabricación a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto (1)
En la página 130, en el anexo, posición SA 9030, segunda columna:
donde dice:
«Osciloscopios, analizadores de espectro y demás instrumentos y aparatos para medida o control de magnitudes eléctricas; excepto los de la partida 9028; instrumentos y aparatos para la medida o detección de radiaciones alfa, beta, gamma, X, cósmicas u demás radiaciones ionizantes»,
debe decir:
«Osciloscopios, analizadores de espectro y demás instrumentos y aparatos para medida o control de magnitudes eléctricas; excepto los de la partida 9028; instrumentos y aparatos para la medida o detección de radiaciones alfa, beta, gamma, X, cósmicas u otras radiaciones ionizantes».