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Document 22010D0047

Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 47/2010, de 30 de abril de 2010 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

DO L 181 de 15.7.2010, p. 15–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/47(2)/oj

15.7.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 181/15


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 47/2010

de 30 de abril de 2010

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 9/2010, de 29 de enero de 2010 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2006/78/CE de la Comisión, de 29 de septiembre de 2006, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, para adaptar su anexo II al progreso técnico (2).

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 1 (Directiva 76/768/CEE del Consejo) del capítulo XVI del anexo II del Acuerdo se añade el siguiente guión:

«—

32006 L 0078: Directiva 2006/78/CE de la Comisión, de 29 de septiembre de 2006 (DO L 271 de 30.9.2006, p. 56).».

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2006/78/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2010.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)  DO L 101 de 22.4.2010, p. 18.

(2)  DO L 271 de 30.9.2006, p. 56.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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