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Document E2022P0007

    Recurso interpuesto el 3 de junio de 2022 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC (Asunto E-7/22) 2022/C 271/10

    DO C 271 de 14.7.2022, p. 11–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    14.7.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 271/11


    Recurso interpuesto el 3 de junio de 2022 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC

    (Asunto E-7/22)

    (2022/C 271/10)

    El 3 de junio de 2022, el Órgano de Vigilancia de la AELC, representado por Kyrre Isaksen, Ingibjörg-Ólöf Vilhjálmsdóttir, y Melpo-Menie Joséphidès, agentes de dicho Órgano con dirección en Avenue de Arts 19H, B-1000 Bruselas, Bélgica, presentó ante el Tribunal de la AELC un recurso contra Islandia.

    El Órgano de Vigilancia de la AELC solicita al Tribunal que:

    1.

    Declare que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 del Acuerdo EEE al no haber incorporado a su ordenamiento jurídico los siguientes actos, adaptados por el Protocolo 1 de dicho Acuerdo:

    a.

    el Reglamento Delegado (UE) 2016/2022 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre la información para el registro de empresas de terceros países y sobre el formato de la información que deberá facilitarse a los clientes, que se menciona en el punto 31bag del anexo IX del Acuerdo EEE,

    b.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/568 de la Comisión, de 24 de mayo de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la admisión de instrumentos financieros a negociación en mercados regulados, que se menciona en el punto 31bak del anexo IX del Acuerdo EEE,

    c.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/575 de la Comisión, de 8 de junio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los mercados de instrumentos financieros en lo que atañe a las normas técnicas de regulación aplicables a los datos que deben publicar los centros de ejecución sobre la calidad de ejecución de las operaciones, que se menciona en el punto 31bar del anexo IX del Acuerdo EEE,

    d.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/576 de la Comisión, de 8 de junio de 2016, por el que se complementa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a las normas técnicas de regulación para la publicación anual por las empresas de inversión de información sobre la identidad de los centros de ejecución y sobre la calidad de la ejecución, que se menciona en el punto 31bas del anexo IX del Acuerdo EEE,

    e.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/583 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los mercados de instrumentos financieros, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre los requisitos de transparencia aplicables a los centros de negociación y las empresas de servicios de inversión con relación a los bonos, los productos de financiación estructurada, los derechos de emisión y los derivados, que se menciona en el punto 31baz del anexo IX del Acuerdo EEE,

    f.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/585 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las normas y los formatos aplicables a los datos de referencia de los instrumentos financieros y las medidas técnicas en relación con las disposiciones que han de tomar la Autoridad Europea de Valores y Mercados y las autoridades competentes, que se menciona en el punto 31bazb del anexo IX del Acuerdo EEE,

    g.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/586 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con las normas técnicas de regulación para el intercambio de información entre las autoridades competentes cuando cooperen en las actividades de supervisión, las verificaciones in situ y las investigaciones, que se menciona en el punto 31bazc del anexo IX del Acuerdo EEE,

    h.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/1018 de la Comisión, de 29 de junio de 2016, que completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los mercados de instrumentos financieros, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican la información que deben notificar las empresas de servicios de inversión, los organismos rectores del mercado y las entidades de crédito, que se menciona en el punto 31bazp del anexo IX del Acuerdo EEE,

    i.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/1799 de la Comisión, de 12 de junio de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la exención de los bancos centrales de determinados terceros países, en su aplicación de la política monetaria, de tipo de cambio y de estabilidad financiera, de los requisitos de transparencia pre-negociación y post-negociación, que se menciona en el punto 31bazt del anexo IX del Acuerdo EEE,

    j.

    El Reglamento Delegado (UE) 2017/1943 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre la información y los requisitos necesarios para la concesión de autorizaciones a empresas de servicios de inversión, que se menciona en el punto 31bazu del anexo IX del Acuerdo EEE,

    k.

    el Reglamento Delegado (UE) 2017/2194 de la Comisión, de 14 de agosto de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los mercados de instrumentos financieros, en lo que respecta a los paquetes de órdenes, que se menciona en el punto 31bazz del anexo IX del Acuerdo EEE,

    l.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/824 de la Comisión, de 25 de mayo de 2016, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta al contenido y el formato de la descripción del funcionamiento de los sistemas multilaterales de negociación, los sistemas organizados de contratación y la notificación a la Autoridad Europea de Valores y Mercados, de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los mercados de instrumentos financieros, que se menciona en el punto 31bad del anexo IX del Acuerdo EEE,

    m.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/953 de la Comisión, de 6 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta al formato y el calendario de los informes de posición por parte de las empresas de servicios de inversión y los organismos rectores del mercado de los centros de negociación, de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los mercados de instrumentos financieros, que se menciona en el punto 31bazk del anexo IX del Acuerdo EEE,

    n.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/980 de la Comisión, de 7 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución con respecto a los modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la cooperación en las actividades de supervisión, las verificaciones in situ y las investigaciones, y para el intercambio de información entre las autoridades competentes de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, que se menciona en el punto 31bazl del anexo IX del Acuerdo EEE,

    o.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/981 de la Comisión, de 7 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución con respecto a los modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la consulta a otras autoridades competentes antes de la concesión de una autorización de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, que se menciona en el punto 31bazm del anexo IX del Acuerdo EEE,

    p.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/988 de la Comisión, de 6 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución con respecto a los modelos de formularios, plantillas y procedimientos para las disposiciones de cooperación relativas a un centro de negociación cuyas operaciones sean de importancia sustancial en un Estado miembro de acogida, que se menciona en el punto 31bazn del anexo IX del Acuerdo EEE,

    q.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1093 de la Comisión, de 20 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución relativas al formato de los informes de posiciones de las empresas de servicios de inversión y los organismos rectores del mercado, que se menciona en el punto 31bazq del anexo IX del Acuerdo EEE,

    r.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1111 de la Comisión, de 22 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta a los procedimientos y formularios para la transmisión de información en materia de sanciones y medidas, conforme a la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, que se menciona en el punto 31bazs del anexo IX del Acuerdo EEE,

    s.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1944 de la Comisión, de 13 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución con respecto a los formularios, las plantillas y los procedimientos para el proceso de consultas entre las autoridades competentes pertinentes en relación con la notificación de una adquisición propuesta de una participación cualificada en una empresa de inversión, de conformidad con las Directivas 2004/39/CE y 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, que se menciona en el punto 31bazv del anexo IX del Acuerdo EEE,

    t.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1945 de la Comisión, de 19 de junio de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con las notificaciones presentadas por empresas de servicios de inversión solicitantes o autorizadas, o destinadas a ellas, de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, que se menciona en el punto 31bazw del anexo IX del Acuerdo EEE,

    u.

    el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2382 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2017, por el que se establecen normas técnicas de ejecución relativas a modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la transmisión de información de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, que se menciona en el punto 31bazze del anexo IX del Acuerdo EEE,

    v.

    el Reglamento Delegado (UE) 2019/462 de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2017/1799 en lo que respecta a la exención del Banco de Inglaterra de los requisitos de transparencia pre-negociación y post-negociación establecidos en el Reglamento (UE) n.o 600/2014, que se menciona en el punto 31bazt del anexo IX del Acuerdo EEE.

    2.

    Condene en costas a Islandia.

    Antecedentes de hecho, fundamentos de Derecho y motivos invocados:

    Mediante la presente solicitud, la Autoridad de Vigilancia de la AELC solicita que se declare que Islandia no ha adoptado las medidas necesarias para incorporar a su ordenamiento jurídico interno determinados actos relativos al marco regulador de los mercados de instrumentos financieros, incorporados al anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), mediante las Decisiones del Comité Mixto del EEE n.o 85/2019 y n.o 100/2019.

    El Órgano de Vigilancia de la AELC alega que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 del Acuerdo EEE al no haber incorporado el Acto a su ordenamiento jurídico interno.


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