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Document E2017J0015

Sentencia del Tribunal de Justicia, de 14 de junio de 2018, en el asunto E-15/17 — Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia [Incumplimiento por un Estado de la AELC de sus obligaciones — No incorporación al ordenamiento jurídico nacional — Reglamento (UE) n.° 694/2014]

DO C 414 de 15.11.2018, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 414/10


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 14 de junio de 2018

en el asunto E-15/17

Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia

[Incumplimiento por un Estado de la AELC de sus obligaciones — No incorporación al ordenamiento jurídico nacional — Reglamento (UE) n.o 694/2014]

(2018/C 414/12)

En el asunto E-15/17, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia — SOLICITUD de declaración de que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo al no haber incorporado a su ordenamiento jurídico interno el Acto mencionado en el punto 31 ter ter quinquies del anexo IX de dicho Acuerdo [Reglamento Delegado (UE) n.o 694/2014 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2013 por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que determinan los tipos de gestores de fondos de inversión alternativos], en su versión adaptada por el Protocolo 1 del Acuerdo, el Tribunal, compuesto por Páll Hreinsson, presidente, Per Christiansen y Bernd Hammermann (juez ponente), jueces, dictó el 14 de junio de 2018 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

El Tribunal:

1.

Declara que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo al no haber incorporado a su ordenamiento jurídico interno el Acto mencionado en el punto 31 ter ter quinquies del anexo IX de dicho Acuerdo [Reglamento Delegado (UE) n.o 694/2014 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2013, por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que determinan los tipos de gestores de fondos de inversión alternativos], en su versión adaptada por el Protocolo 1 del Acuerdo.

2.

Condena en costas a Islandia.


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