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Document C2023/020A/04
Recruitment notice PE/285/S – Director (function group AD, grade 14) – Directorate-General for Parliamentary Democracy Partnerships – Directorate for Resources
Anuncio de contratación PE/285/S — director/directora (grupo de funciones AD, grado 14) — Dirección General de Asociaciones para la Democracia Parlamentaria — Dirección de Recursos
Anuncio de contratación PE/285/S — director/directora (grupo de funciones AD, grado 14) — Dirección General de Asociaciones para la Democracia Parlamentaria — Dirección de Recursos
DO C 20A de 20.1.2023, pp. 20–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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20.1.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 20/20 |
ANUNCIO DE CONTRATACIÓN PE/285/S
DIRECTOR/DIRECTORA
(grupo de funciones AD, grado 14)
DIRECCIÓN GENERAL DE ASOCIACIONES PARA LA DEMOCRACIA PARLAMENTARIA — DIRECCIÓN DE RECURSOS
(2023/C 20 A/04)
1. Puesto vacante
La presidenta del Parlamento Europeo ha decidido iniciar el procedimiento de provisión del puesto de director/directora (AD, grado 14) de la Dirección de Recursos de la Dirección General de Asociaciones para la Democracia Parlamentaria sobre la base del artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (1) (en lo sucesivo, «Estatuto»).
Este procedimiento de selección, destinado a ampliar las posibilidades de elección de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, se llevará a cabo al mismo tiempo que los procedimientos interno e interinstitucional de provisión de puestos.
La contratación se efectuará en el grado AD 14 (2). El sueldo base será de 16 292,34 EUR al mes. Al sueldo base, sujeto al impuesto comunitario y exento de impuestos nacionales, se podrán añadir determinados complementos, en las condiciones previstas en el Estatuto.
Se señala a la atención de las personas candidatas que este puesto está sujeto al Reglamento relativo a la política de movilidad aprobado por la Mesa del Parlamento Europeo el 15 de enero de 2018.
Este puesto requiere disponibilidad y numerosos contactos internos y externos, en particular con los diputados y diputadas al Parlamento Europeo. El director / La directora habrá de realizar misiones frecuentes en los diversos lugares de trabajo del Parlamento Europeo y fuera de estos.
2. Lugar de destino
Bruselas. Este puesto podrá destinarse a uno de los otros lugares de trabajo del Parlamento Europeo.
3. Igualdad de oportunidades
El Parlamento Europeo practica una política de igualdad de oportunidades y acepta las candidaturas sin discriminación por razón de género, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual, estado civil o situación familiar.
4. Naturaleza de las funciones
Como funcionario/funcionaria de alto nivel, el director / la directora se encargará, en el marco de las orientaciones y decisiones adoptadas por la autoridad parlamentaria y la directora general, de las tareas siguientes (3):
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— |
garantizar el buen funcionamiento de una gran entidad de la Secretaría General del Parlamento Europeo que comprende varias unidades en los ámbitos de competencia de la Dirección, de conformidad con las políticas de la institución, |
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— |
dirigir, animar, motivar y coordinar equipos de agentes y optimizar la utilización de los recursos de la entidad garantizando la calidad del servicio (organización, gestión de los recursos humanos y presupuestarios, innovación, etc.) en sus ámbitos de actividad, |
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— |
planificar las actividades de la Dirección (definición de objetivos y estrategias), adoptar las decisiones necesarias para alcanzar los objetivos fijados y evaluar las prestaciones de servicios, con el fin de garantizar la calidad de los mismos, |
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— |
asesorar a la directora general, al secretario general y a los diputados al Parlamento Europeo en sus ámbitos de actividad, |
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cooperar con las diversas direcciones de la Secretaría General, representar a la institución y negociar contratos o acuerdos en sus ámbitos de actividad, |
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gestionar y llevar a cabo proyectos específicos que pueden entrañar responsabilidades financieras, |
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ejercer la función de ordenador subdelegado. |
5. Condiciones de admisión
Podrán participar en el procedimiento de selección las personas candidatas que, en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas, cumplan las siguientes condiciones:
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a) |
Condiciones generales De conformidad con el artículo 28 del Estatuto, se requiere en particular:
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b) |
Condiciones específicas
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6. Pruebas
Para asistir en su elección a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, el Comité Consultivo para el nombramiento de altos funcionarios establecerá la lista de las personas candidatas y recomendará a la Mesa del Parlamento Europeo las personas a las que se deba invitar a una entrevista. La Mesa aprobará dicha lista; el Comité celebrará las entrevistas y someterá su informe final a la Mesa para decisión. En esta fase, la Mesa podrá entrevistar a las personas candidatas.
Las entrevistas se basarán en la descripción de la naturaleza de las funciones que figura en el apartado 4 del presente anuncio, así como en las siguientes aptitudes:
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— |
sentido de la estrategia, |
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— |
capacidad de dirección, |
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capacidad de anticipación, |
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capacidad de reacción, |
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rigor, |
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— |
capacidad de comunicación. |
7. Presentación de candidaturas
El plazo para la presentación de candidaturas vencerá el:
viernes 3 de febrero de 2023, a las 12.00 horas (mediodía), hora de Bruselas.
Se ruega a las personas candidatas que envíen, por correo electrónico exclusivamente y en formato pdf, una carta de motivación (a la atención de «Monsieur le Secrétaire général du Parlement européen, avis de recrutement numéro PE/285/S») y un curriculum vitae en formato Europass (8), indicando la referencia del anuncio (PE/285/S) en el asunto del mensaje, a la dirección siguiente:
PERS-EPSeniorManagement@ep.europa.eu
Darán fe la fecha y hora de envío del correo electrónico.
Las personas candidatas deberán cerciorarse de que los documentos escaneados sean legibles.
Se señala a la atención de las personas candidatas invitadas a la entrevista que deberán presentar, para la fecha de la entrevista, únicamente copias o fotocopias de los documentos justificativos referentes a sus estudios, a su experiencia profesional y a las funciones que ejercen en la actualidad (9) . No les será devuelto ninguno de estos documentos.
Los datos de carácter personal comunicados por las personas candidatas en el marco de este procedimiento de selección serán tratados con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (10), en particular en lo relativo a su confidencialidad y seguridad.
(1) Véase el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) n.o 723/2004 (DO L 124 de 27.4.2004, p. 1) y cuya última modificación la constituye el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).
(2) Se procederá a la clasificación del funcionario / de la funcionaria con arreglo a lo dispuesto en el artículo 32 del Estatuto.
(3) Para las tareas principales, véase el anexo.
(4) Los Estados miembros de la Unión Europea son: Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia.
(5) Este año de experiencia no se tendrá en cuenta para la evaluación de la experiencia profesional exigida en el párrafo siguiente.
(6) Las cualificaciones y títulos británicos obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2020 serán aceptados sin necesidad de reconocimiento. En el caso de títulos obtenidos después de esa fecha, se requerirá un reconocimiento NARIC. En la práctica, lo anterior significa que los títulos británicos expedidos a partir del 1 de enero de 2021 deberán ir acompañados de una equivalencia expedida por una autoridad competente de un Estado que sea miembro de la Unión en la actualidad.
(7) Las lenguas oficiales de la Unión Europea son: alemán, búlgaro, checo, croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco.
(8) https://europa.eu/europass/
(9) Esta disposición no se aplicará a aquellas personas candidatas que, en la fecha límite de presentación de las candidaturas, trabajen para el Parlamento Europeo.
(10) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/C (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).
ANEXO
DIRECCIÓN GENERAL DE ASOCIACIONES PARA LA DEMOCRACIA PARLAMENTARIA — DIRECCIÓN DE RECURSOS
PRINCIPALES COMETIDOS
(Entidad en proceso de organización)
9.1.2023
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— |
Dirigir, coordinar y animar las unidades y los servicios de la Dirección y la contratación de funcionarios y otros agentes, así como distintos expedientes de recursos humanos; |
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— |
Desarrollar nuevas asociaciones, incluido lo relativo a los aspectos organizativos; |
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— |
Encargarse de la gestión de los recursos financieros de la Dirección General; |
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— |
Ejercer la función de ordenador subdelegado. |
UNIDAD DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ASOCIACIONES
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— |
Encargarse de la preparación y el desarrollo de nuevas asociaciones parlamentarias, incluido lo relativo a los aspectos organizativos; |
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— |
Contribuir a las tareas vinculadas al desarrollo de nuevas estructuras y sinergias dentro de la Dirección General y a la interacción con otras direcciones generales; |
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— |
Proporcionar asesoramiento estratégico y operativo a los cargos superiores. |
UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS Y GESTIÓN DEL PRESUPUESTO
GESTIÓN DEL PRESUPUESTO
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— |
Encargarse de la iniciación financiera centralizada de la Dirección General: compromisos de gasto sobre contratos específicos y órdenes de pedido, emisión de órdenes de pedido y su correspondiente logística, emisión de certificados de IVA, logística de aprobación del pago de facturas, órdenes de cobro, gestión de las órdenes de cobro; |
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— |
Encargarse de la coordinación financiera y presupuestaria de la Dirección General: elaboración y seguimiento del presupuesto, elaboración de informes, seguimiento con el Tribunal de Cuentas, transferencias, habilitaciones y subdelegaciones, relaciones con las instancias centrales en materia de contabilidad y de sistemas financieros, representación de la Dirección General en todos los grupos de trabajo especializados, etc.; |
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— |
Encargarse de la logística de firma de los contratos específicos y de sus modificaciones: verificación de la conformidad de los documentos, de la calidad de los signatarios, de las solicitudes de garantía bancaria; supervisión del circuito de firma de los contratos y sus modificaciones. |
GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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— |
Encargarse de la gestión de los recursos humanos de la Dirección General, incluidos la cobertura de puestos, la gestión del ejercicio de calificación anual, los períodos de prácticas, la asesoría en materia reglamentaria en relación con los recursos humanos, la gestión y el seguimiento de las dotaciones presupuestarias de recursos humanos de la Dirección General (agentes contractuales e interinos, misiones, compensaciones de tiempos parciales, horas extras, formación profesional externa), etc.; |
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— |
Efectuar la verificación ex ante de los expedientes contractuales y financieros de la Dirección General; |
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— |
Encargarse de la planificación y gestión de la política de formación profesional de la Dirección General; |
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— |
Ejercer las funciones de gestor de bienes inventariados (GBI) y de punto de contacto para telefonía (IMT) de la Dirección General; |
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— |
Ofrecer orientación profesional (RELOP) dentro de la Dirección General y contribuir a la política de igualdad de oportunidades en la Dirección General. |