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Document C2006/294/109

Asunto T-262/06 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de septiembre de 2006 por la Comisión contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 12 de julio de 2006 en el asunto F-18/05, D/Comisión

DO C 294 de 2.12.2006, p. 53–53 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

2.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 294/53


Recurso de casación interpuesto el 18 de septiembre de 2006 por la Comisión contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 12 de julio de 2006 en el asunto F-18/05, D/Comisión

(Asunto T-262/06 P)

(2006/C 294/109)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Comisión de las Comunidades Europeas

Otra parte en el procedimiento:«D»

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 12 de julio de 2006 en el asunto F-18/05, D/Comisión.

Que se devuelva el asunto al Tribunal de la Función Pública para que se pronuncie sobre los demás motivos.

Que resuelva sobre las costas del recurso de casación conforme a Derecho y, con carácter subsidiario, que se reserve la decisión sobre las costas a la apreciación del Tribunal de la Función Pública.

Motivos y principales alegaciones

Mediante sentencia de 12 de julio de 2006, cuya anulación se solicita en el presente recurso de casación, el Tribunal de la Función Pública anuló la decisión de la Comisión de 4 de mayo de 2004 por la que se deniega la solicitud de que se reconozca el origen profesional de la enfermedad que aqueja al demandante e impuso a la Comisión el pago de la totalidad de las costas.

En apoyo de la pretensión de anulación de dicha sentencia, la Comisión invoca un motivo relativo a la violación del Derecho comunitario, en particular, del artículo 48, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento, dado que el Tribunal de la Función Pública consideró admisible una argumentación basada en la infracción de la cosa juzgada, la cual, según la Comisión, el demandante formuló por primera vez en la réplica en primera instancia. La Comisión alega, además, que el Tribunal de la Función Pública cometió un error de Derecho y/o que interpretó incorrectamente los elementos de Derecho invocados por las partes y, concretamente, por ella misma. En cuanto a la apreciación de las alegaciones sobre el fondo, la Comisión considera que el Tribunal de la Función Pública violó el Derecho comunitario y, en particular, el artículo 73 del Estatuto de los Funcionarios de las Comunidades Europeas, y que infringió una reglamentación relativa a dicho precepto, que pasó indebidamente por alto el alcance de la sentencia T-376/02 (1) y que incumplió la obligación de motivación. Alega asimismo que el Tribunal de la Función Pública vulneró el principio de la seguridad jurídica.


(1)  Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 23 de noviembre de 2004, O/Comisión (RecFP p. I-A-349 y II-1595).


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