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Document C2006/190/10

Asunto C-264/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 15 de junio de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Federal de Alemania (Incumplimiento de Estado — Directiva 2001/19/CE — Reconocimiento mutuo de diplomas, certificados y otros títulos — Enfermero, odontólogo, veterinario, matrona, arquitecto, farmacéutico y médico — Falta de adaptación dentro del plazo señalado)

DO C 190 de 12.8.2006, pp. 6–7 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

12.8.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 190/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 15 de junio de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Federal de Alemania

(Asunto C-264/05) (1)

(Incumplimiento de Estado - Directiva 2001/19/CE - Reconocimiento mutuo de diplomas, certificados y otros títulos - Enfermero, odontólogo, veterinario, matrona, arquitecto, farmacéutico y médico - Falta de adaptación dentro del plazo señalado)

(2006/C 190/10)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: A. Manville y H. Støvlbæk, agentes)

Demandada: República Federal de Alemania (representante: C. Schulze-Bahr, agente)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para adaptar el Derecho interno a la Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican las Directivas 89/48/CEE y 92/51/CEE del Consejo, relativas al sistema general de reconocimiento de las calificaciones profesionales, y las Directivas 77/452/CEE, 77/453/CEE, 78/686/CEE, 78/687/CEE, 78/1026/CEE, 78/1027/CEE, 80/154/CEE, 80/155/CEE, 85/384/CEE, 85/432/CEE, 85/433/CEE y 93/16/CEE del Consejo, relativas a las profesiones de enfermero responsable de cuidados generales, odontólogo, veterinario, matrona, arquitecto, farmacéutico y médico (DO L 206, p. 1)

Fallo

1)

Declarar que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican las Directivas 89/48/CEE y 92/51/CEE del Consejo, relativas al sistema general de reconocimiento de las calificaciones profesionales, y las Directivas 77/452/CEE, 77/453/CEE, 78/686/CEE, 78/687/CEE, 78/1026/CEE, 78/1027/CEE, 80/154/CEE, 80/155/CEE, 85/384/CEE, 85/432/CEE, 85/433/CEE y 93/16/CEE del Consejo, relativas a las profesiones de enfermero responsable de cuidados generales, odontólogo, veterinario, matrona, arquitecto, farmacéutico y médico, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para garantizar una adaptación completa del Derecho interno a dicha Directiva.

2)

Condenar en costas a la República Federal de Alemania.


(1)  DO C 205, de 20.8.2005.


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