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Document C2006/036/34

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta), de 8 de diciembre de 2005 , en el asunto C-115/05: Comisión de las Comunidades Europeas contra Gran Ducado de Luxemburgo ( Incumplimiento de Estado — Directiva 2001/65/CE — Cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedad — No adaptación del Derecho interno )

DO C 36 de 11.2.2006, pp. 17–18 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

11.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 36/17


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Cuarta)

de 8 de diciembre de 2005

en el asunto C-115/05: Comisión de las Comunidades Europeas contra Gran Ducado de Luxemburgo (1)

(«Incumplimiento de Estado - Directiva 2001/65/CE - Cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedad - No adaptación del Derecho interno»)

(2006/C 36/34)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-115/05, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 8 de marzo de 2005, Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. G. Braun) contra Gran Ducado de Luxemburgo (agente: Sr. S. Schreiner), el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta), integrado por el Sr. K. Schiemann, Presidente de Sala, y los Sres. M. Ilešič (Ponente) y E. Levits, Jueces, Abogado General: Sra. C. Stix-Hackl, Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 8 de diciembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2001/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE, 83/349/CEE y 86/635/CEE en lo que se refiere a las normas de valoración aplicables en las cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedad, así como de los bancos y otras entidades financieras, al no haber adoptado, dentro del plazo fijado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

2)

Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.


(1)  DO C 106, de 30.4.2005.


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