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Document C2005/296/04
Judgment of the Court (Third Chamber) of 29 September 2005 in Case C-251/03: Commission of the European Communities v Portuguese Republic (Failure of a Member State to fulfil obligations — Failure to satisfy the requirements of Annex I to Directive 80/778/EEC — Article 7(6) — Water intended for human consumption)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 29 de septiembre de 2005 , en el asunto C-251/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Portuguesa ( Incumplimiento de Estado — Incumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo I de la Directiva 80/778/CEE — Artículo 7, apartado 6 — Aguas destinadas al consumo humano )
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 29 de septiembre de 2005 , en el asunto C-251/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Portuguesa ( Incumplimiento de Estado — Incumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo I de la Directiva 80/778/CEE — Artículo 7, apartado 6 — Aguas destinadas al consumo humano )
DO C 296 de 26.11.2005, pp. 2–3
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
|
26.11.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 296/2 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Tercera)
de 29 de septiembre de 2005
en el asunto C-251/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Portuguesa (1)
(«Incumplimiento de Estado - Incumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo I de la Directiva 80/778/CEE - Artículo 7, apartado 6 - Aguas destinadas al consumo humano»)
(2005/C 296/04)
Lengua de procedimiento: portugués
En el asunto C-251/03, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 11 de junio de 2003, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. A. Caeiros y G. Valero Jordana) contra República Portuguesa (agentes: Sr. L. Fernandes y Sra. M. Lois), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, y los Sres. A. La Pergola, J.-P. Puissochet (Ponente), U. Lõhmus y A. Ó Caoimh, Jueces; Abogado General: Sra. C. Stix-Hackl; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 29 de septiembre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
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1) |
Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 7, apartado 6, y 19 de la Directiva 80/778/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, al no haber adoptado las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el anexo I de la citada Directiva. |
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2) |
Condenar en costas a la República Portuguesa. |