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Document C2005/296/01
Judgment of the Court (Third Chamber) of 6 October 2005 in Case C-204/03: Commission of the European Communities v Kingdom of Spain (Failure of a Member State to fulfil its obligations — Articles 17 and 19 of the Sixth VAT Directive — Subsidies — Limitation of the right to deduct)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 6 de octubre de 2005 , en el asunto C-204/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España ( Incumplimiento de Estado — Artículos 17 y 19 de la Sexta Directiva IVA — Subvenciones — Limitación del derecho a deducción )
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 6 de octubre de 2005 , en el asunto C-204/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España ( Incumplimiento de Estado — Artículos 17 y 19 de la Sexta Directiva IVA — Subvenciones — Limitación del derecho a deducción )
DO C 296 de 26.11.2005, p. 1–1
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
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26.11.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 296/1 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Tercera)
de 6 de octubre de 2005
en el asunto C-204/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España (1)
(«Incumplimiento de Estado - Artículos 17 y 19 de la Sexta Directiva IVA - Subvenciones - Limitación del derecho a deducción»)
(2005/C 296/01)
Lengua de procedimiento: español
En el asunto C-204/03, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 14 de mayo de 2003, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. E. Traversa y Sra. L. Lozano Palacios) contra Reino de España (agente: Sra. N. Díaz Abad), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, y los Sres. J.-P. Puissochet, S. von Bahr (Ponente), J. Malenovský y U. Lõhmus, Jueces; Abogado General: Sr. M. Poiares Maduro; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 6 de octubre de 2005 una sentencia cuyo fallo es el suiguiente:
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1) |
Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Derecho comunitario y, en particular, de los artículos 17, apartados 2 y 5, y 19 de la de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, en su versión modificada por la Directiva 95/7/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995, al prever una prorrata de deducción del impuesto sobre el valor añadido soportado por los sujetos pasivos que efectúan únicamente operaciones gravadas y al instaurar una norma especial que limita el derecho a la deducción del IVA correspondiente a la compra de bienes o servicios financiados mediante subvenciones. |
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2) |
Condenar en costas al Reino de España. |