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Document C/2024/03495
Single Resolution Board – Publication of vacancies for two functions of Member of the Board and Director of Resolution Planning and Decisions (COM/2024/20105)
Junta Única de Resolución — Publicación de un anuncio de dos vacantes para los puestos de miembro de la Junta y director (h/m) de Planificación y Decisiones en materia de Resolución (COM/2024/20105)
Junta Única de Resolución — Publicación de un anuncio de dos vacantes para los puestos de miembro de la Junta y director (h/m) de Planificación y Decisiones en materia de Resolución (COM/2024/20105)
PUB/2024/455
DO C, C/2024/3495, 6.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3495/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2024/3495 |
6.6.2024 |
Junta Única de Resolución
Publicación de un anuncio de dos vacantes para los puestos de miembro de la Junta y director (h/m) de Planificación y Decisiones en materia de Resolución
(COM/2024/20105)
(C/2024/3495)
Quiénes somos
La Junta Única de Resolución (JUR) es el organismo europeo de resolución, cuenta con una plantilla de cerca de 500 empleados y trabaja en estrecha cooperación con las autoridades nacionales de resolución de los Estados miembros participantes, formando conjuntamente el Mecanismo Único de Resolución (MUR). La Junta Única de Resolución colabora estrechamente con la Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE) para salvaguardar la estabilidad financiera. Su misión consiste en garantizar la resolución ordenada de bancos en graves dificultades con el menor impacto posible sobre la economía real y las finanzas públicas de los Estados miembros de la UE participantes y terceros países. Por tanto, la JUR desempeña tareas específicas y asume responsabilidades de preparación y realización de la resolución de bancos que se encuentran en dificultades o en peligro de quiebra. La JUR es también responsable de la gestión del Fondo Único de Resolución (FUR), establecido por el Reglamento sobre el Mecanismo Único de Resolución, para garantizar que se disponga de ayuda financiera a medio plazo mientras un banco está en proceso de reestructuración o es objeto de resolución. La JUR es un organismo de la Unión Europea autofinanciado.
Qué ofrecemos
La Comisión Europea, en consulta con la JUR, organiza un procedimiento de selección para dos puestos como miembro de la Junta y director (h/m) de Planificación y Decisiones en materia de Resolución.
El lugar de destino será Bruselas (Bélgica), donde la JUR tiene su sede.
La persona seleccionada para cada puesto asumirá las funciones i) como miembro con derecho a voto de los órganos decisorios de la JUR (la Junta en sesión plenaria y ejecutiva), y ii) como director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución en la JUR. Como miembro con derecho a voto de la Junta en sesión plenaria y sesión ejecutiva, contribuirá activamente a la realización de las tareas y funciones de la Junta, de conformidad con el mandato concedido por el Reglamento sobre el MUR (1).
Además, la persona seleccionada para cada puesto, en su calidad de director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución, será responsable de las Dirección de Planificación y Decisiones en materia de Resolución. En particular, la persona seleccionada:
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orientará y dirigirá la elaboración de los planes de resolución de las entidades que formen parte de las competencias de la Dirección; |
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orientará y dirigirá la elaboración de medidas y, en su caso, decisiones de resolución de las entidades que formen parte de las competencias de la Dirección; |
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gestionará la cooperación con los organismos nacionales de resolución en los asuntos que entren dentro de las responsabilidades de la Dirección; |
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supervisará y gestionará la cooperación con el BCE en el contexto de los trabajos entre los equipos internos de resolución y los equipos de supervisión conjunta para las entidades que entren dentro de las responsabilidades de la Dirección; |
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contribuirá, como miembro de la alta dirección de la JUR, a la determinación del mandato y las políticas de la Junta; |
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coordinará la programación de los trabajos de la Dirección, fijará los objetivos y determinará las prioridades en el marco de la planificación estratégica general de la JUR; |
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gestionará cotidianamente el trabajo de su respectiva Dirección y velará por su funcionamiento adecuado y eficaz, en estrecha cooperación con otras secciones de la JUR, en particular las otras tres Direcciones de Planificación y Decisiones en materia de Resolución; |
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velará por la consecución de los objetivos de la Dirección, en los plazos fijados y de conformidad con las normas de calidad establecidas, y supervisará y evaluará los avances realizados; |
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de conformidad con la estrategia Visión 2028 del MUR (2), fijará los objetivos de las unidades de la Dirección, supervisará y evaluará su consecución dentro de los plazos y con arreglo a las normas de calidad, coordinará el trabajo de las unidades dentro de la Dirección, apoyará a la dirección intermedia para garantizar el cumplimiento de los objetivos y mantendrá altos niveles de compromiso del personal; |
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garantizará una cooperación y comunicación fluidas con todos los miembros y directores, así como con las demás Direcciones de la Junta; |
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promoverá prácticas positivas en las relaciones con las partes interesadas internas y externas de la Dirección, y |
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servirá de enlace y mantendrá relaciones con las instituciones u órganos de la UE y con las autoridades nacionales pertinentes, en particular con la Comisión Europea, el BCE y las autoridades nacionales de resolución, así como con cualquier otra entidad pública o privada en asuntos que entren dentro de las responsabilidades de su Dirección. |
La presidencia de la JUR también podría solicitar directamente a las dos personas seleccionadas que realicen otras tareas que correspondan a las responsabilidades de la JUR.
Las personas seleccionadas informarán a la presidencia de la JUR sobre sus contribuciones individuales como director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución.
Qué buscamos (criterios de selección)
Quienes presenten su candidatura deberán cumplir los siguientes criterios de selección:
Competencias de gestión
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Destacado sentido de liderazgo y experiencia en el trabajo en entornos multiculturales, así como en la dirección de grandes equipos de procedencia multidisciplinar (e idealmente multicultural) y en la motivación del personal para alcanzar niveles de rendimiento elevados. |
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Capacidad contrastada para la toma y ejecución de decisiones, tanto a nivel estratégico como operativo. |
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Capacidad para desarrollar acciones o soluciones viables y aplicarlas a su debido tiempo, en particular en situaciones de gestión de crisis. |
Competencias especializadas y experiencia
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Conocimiento exhaustivo del sector bancario y financiero; |
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Amplia experiencia en uno o varios de los ámbitos siguientes: supervisión, resolución o recuperación de entidades financieras, regulación del sector financiero, y en particular de la actividad bancaria. |
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Conocimiento de las instituciones y de los procesos de toma de decisiones de la UE, así como experiencia pertinente para las actividades de la JUR tanto en procesos europeos como internacionales o, como mínimo, en el sector privado a escala internacional. |
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Conocimiento sólido del marco de resolución bancaria de la UE y de su gobernanza. |
Cualidades personales
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Excelentes aptitudes para la coordinación, la organización y el análisis, así como capacidad para establecer relaciones de trabajo sólidas con representantes de alto nivel de las partes interesadas pertinentes. |
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Excelente sentido de la responsabilidad e iniciativa; — capacidad para trabajar de manera colegiada, participando activamente en la Junta en interés de la misión de la JUR. |
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Excelentes aptitudes interpersonales, de presentación y de comunicación. |
Requisitos de admisión
Solamente podrán ser admitidas a la fase de selección las candidaturas que cumplan los siguientes requisitos formales antes de que finalice el plazo para la presentación de candidaturas:
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Nacionalidad: los candidatos deberán ser ciudadanos de uno de los Estados miembros de la Unión Europea. |
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Título universitario: los candidatos deberán tener,
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Experiencia profesional: los candidatos deberán tener al menos quince años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario, a un nivel al que den acceso las titulaciones antes mencionadas. Al menos cinco años de esa experiencia profesional deberá haber sido adquirida en ámbitos relevantes para la supervisión, la recuperación o la resolución de entidades financieras y la regulación del sector financiero (3). |
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Experiencia en puestos directivos: diez años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario en puestos de dirección, incluidos al menos cinco años adquiridos en un puesto de alto nivel en un ámbito relevante para dicho puesto (4). |
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Lenguas: los candidatos deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los comités de selección comprobarán durante las entrevistas si los candidatos cumplen el requisito de poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. A tal efecto, la entrevista (o parte de ella) podrá realizarse en esa otra lengua. |
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No hay límite de edad. |
Selección y nombramiento
Los miembros de la Junta y el director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución serán nombrados a partir de una lista restringida facilitada por la Comisión Europea.
Para elaborar esta lista restringida, la Comisión Europea organiza una selección de conformidad con sus procedimientos de selección y contratación de personal [véase el documento sobre la política relativa a los altos funcionarios (5)], así como en línea con el Reglamento sobre el Mecanismo Único de Resolución.
Como parte de este procedimiento de selección, la Comisión Europea creará un comité de preselección. Este comité analizará todas las candidaturas, realizará una primera verificación para determinar si cumplen las condiciones de admisión y decidirá cuáles de ellas encajan mejor con el perfil definido en los criterios de selección antes mencionados y quiénes deben recibir una invitación a una entrevista con el propio comité.
Tras las entrevistas, el comité de preselección extraerá sus conclusiones y propondrá una lista de personas que serán convocadas a otra entrevista con el Comité Consultivo para los Nombramientos (en lo sucesivo, «CCN») de la Comisión Europea. Teniendo en cuenta las conclusiones del comité de preselección, el CCN decidirá cuáles de ellas serán invitadas a una entrevista.
Las personas convocadas a la entrevista con el CCN serán evaluadas durante una jornada completa en un centro de evaluación de competencias de gestión por consultores externos de contratación de personal. En función de los resultados de la entrevista y el informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista restringida con las personas que considere aptas para el puesto.
Los candidatos de la lista restringida del CCN serán entrevistadas por el miembro de la Comisión responsable de la Dirección General encargada de las relaciones con la JUR.
Tras las entrevistas y tras oír a la Junta en sesión plenaria, la Comisión Europea aprobará una lista restringida con los candidatos más adecuados. La inclusión en esta lista no garantiza el nombramiento.
Esta lista se remitirá al Parlamento Europeo para su aprobación; se informará, al mismo tiempo, al Consejo de la Unión Europea. Seguidamente, la Comisión Europea presentará al Parlamento Europeo, para su aprobación, una propuesta de nombramiento de dos miembros de la Junta y directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución.
Una vez aprobada dicha propuesta, el Consejo adoptará, por mayoría cualificada, una decisión de ejecución por la que se nombren dos miembros de la Junta y directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución.
Se podrá exigir a los candidatos que se sometan a nuevas entrevistas o pruebas, además de las indicadas anteriormente.
Los candidatos deben tener presente que la lista restringida podría hacerse pública una vez que haya sido aprobada por la Comisión Europea.
Igualdad de oportunidades
La Comisión Europea persigue en sus políticas el objetivo de lograr la igualdad de género en todos los niveles de dirección antes de que finalice su mandato actual y aplica una política de igualdad de oportunidades y no discriminación, de conformidad con el artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (6), fomentando la presentación de candidaturas que puedan contribuir a una mayor diversidad, a la igualdad de género y al equilibrio geográfico general.
Condiciones de empleo
Los miembros de la Junta y directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución serán nombrados por un período de cinco años no prorrogable. Los miembros de la Junta y directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución tendrán la misma consideración que un juez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en lo que se refiere al régimen pecuniario y la edad de jubilación, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/300 del Consejo (7). Su sueldo se basará en el grado AD 16, escalón 3, al que se aplicará un factor de multiplicación igual al 101 % del sueldo correspondiente a dicho grado y escalón (8). No estarán sujetos a una edad máxima de jubilación. En lo que respecta a todas las demás condiciones de empleo, se aplicarán por analogía el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes.
El lugar de destino será Bruselas (Bélgica), donde la JUR tiene su sede.
Está previsto que el mandato comience el 1 de marzo de 2025.
Información importante para las personas candidatas
Se recuerda a los candidatos que la labor de los comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán dirigirse a la secretaría del comité correspondiente.
Protección de datos personales
La Comisión se asegurará de que los datos personales de los candidatos sean tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (9). Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de dichos datos.
Independencia y declaración de intereses
Los miembros de la Junta, en sesión plenaria y ejecutiva, deberán actuar con independencia y exclusivamente en interés de la Unión y no podrán solicitar ni aceptar instrucciones de las instituciones u organismos de la Unión Europea, de ningún Gobierno de un Estado miembro ni de ningún otro organismo público o privado. Una vez nombrados para el cargo de miembros de la Junta y directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución, serán profesionales a tiempo completo y no podrán ocupar ningún otro cargo a nivel nacional, internacional o de la Unión.
Antes de asumir sus funciones, los miembros de la Junta y directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución deberán:
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hacer una declaración comprometiéndose a actuar con independencia y en pro del interés público; |
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declarar cualquier interés que pudiera considerarse perjudicial para su independencia. |
Los candidatos confirman su voluntad de hacerlo al presentarse a la presente vacante. Cuando se nombre a las personas seleccionadas, como miembros de la Junta se someterán al Código de Conducta y, como directores de Planificación y Decisiones en materia de Resolución, al Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, más concretamente a su título II y al código ético y de buena conducta administrativa para el personal de la JUR.
Procedimiento de presentación de candidaturas
Antes de presentar su candidatura, las personas interesadas deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisibilidad (véase «Requisitos de admisibilidad de los candidatos»), especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional y directiva de alto nivel, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de admisión supondrá la exclusión automática del proceso de selección.
Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el sitio web que se indica a continuación y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del proceso:
https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/
Será imprescindible disponer de una dirección de correo electrónico válida, que se utilizará para confirmar la inscripción y como medio de contacto con los candidatos durante las diferentes fases del proceso. Por lo tanto, deberá comunicarse a la Comisión Europea todo cambio en la dirección de correo electrónico.
Para finalizar la presentación de su candidatura, los candidatos deberán adjuntar un currículo en formato PDF, usando preferentemente el modelo CV Europass (10), y redactar, en línea, una carta de motivación (de 8 000 caracteres como máximo). El currículo y la carta de motivación podrán presentarse en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea.
Por su propio interés, los candidatos han de asegurarse de que su solicitud sea precisa, completa y veraz.
Una vez finalizada la inscripción en línea, los candidatos recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha quedado registrada. De no recibirlo, deben saber que la candidatura no ha quedado registrada.
Téngase en cuenta que no es posible realizar un seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. Se informará directamente al respecto a cada persona candidata.
Las candidaturas presentadas por correo electrónico no serán aceptadas. Para obtener más información, o en caso de problemas técnicos, se puede enviar un correo electrónico a: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu
Es responsabilidad de los candidatos completar la inscripción en línea dentro del plazo previsto. Recomendamos encarecidamente no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que una sobrecarga de las líneas o un fallo en la conexión a internet podrían dar lugar a una interrupción de la operación de inscripción en línea, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.
Plazo
El plazo para la inscripción finaliza el 8 de julio de 2024 a las 12:00 horas (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.
(1) Reglamento (UE) n.o 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 (DO L 225 de 30.7.2014, p. 1, versión consolidada: https://eurlex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A02014R0806-20240513).
(2) https://www.srb.europa.eu/en/content/srb-launches-its-srm-vision-2028-strategy-srb-conference
(3) La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real, definida como trabajo efectivo y genuino, remunerada y en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados, incluso si no fueran remunerados, se equipararán a experiencia profesional, si bien por una duración máxima de tres años y siempre que el doctorado en cuestión se haya completado con éxito. Un mismo período no podrá computarse más de una vez.
(4) Los candidatos deberán indicar claramente en su currículo, en relación con todos los años exigidos de experiencia en puestos directivos, la siguiente información: 1) título y función de los puestos directivos desempeñados; 2) número de personas a su cargo en estos puestos; 3) la cuantía de los presupuestos gestionados; 4) número de niveles jerárquicos superiores e inferiores, y 5) número de personas con su mismo nivel de responsabilidad.
(5) https://commission.europa.eu/jobs-european-commission/job-opportunities/managers-european-commission_es#documents (Los documentos solo están disponibles en inglés)
(6) DO L 45 de 14.6.1962, p. 1385/62, versión consolidada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20240101.
(7) Reglamento (UE) 2016/300 del Consejo, de 29 de febrero de 2016, por el que se establece el régimen pecuniario de los titulares de cargos públicos de alto nivel de la UE (DO L 58 de 4.3.2016, p. 1).
(8) Reglamento (UE) n.o 806/2014, versión consolidada: t: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A02014R0806-20240513).
(9) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).
(10) Se puede encontrar información sobre cómo crear un CV Europass en línea en: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3495/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)