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Document 91999E000400

    PREGUNTA ESCRITA n. 400/99 del Robin TEVERSON EU:n elintarvikeapu

    DO C 341 de 29.11.1999, p. 108 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    91999E0400

    PREGUNTA ESCRITA n. 400/99 del Robin TEVERSON EU:n elintarvikeapu

    Diario Oficial n° C 341 de 29/11/1999 p. 0108


    PREGUNTA ESCRITA E-0400/99

    de Robin Teverson (ELDR) a la Comisión

    (1 de marzo de 1999)

    Asunto: Ayuda alimentaria de la UE

    ¿Podría informar la Comisión de la evolución que ha registrado, en los últimos cinco años, el valor total de la ayuda alimentaria de la UE destinada a países no comunitarios? ¿ Podría proporcionar, asimismo, una lista del valor de esta ayuda, durante ese mismo período, por país receptor y, a ser posible, por Estado miembro donante?

    ¿Podría facilitar, asimismo, una lista con el tipo de ayuda alimentaria de la UE (a saber, cereales, leche, productos preparados) y una explicación sobre el funcionamiento de este sistema de ayuda (esto es, criterios de selección, toma de decisiones)?

    Respuesta del Sr. Pinheiro en nombre de la Comisión

    (20 de abril de 1999)

    El valor total de la ayuda alimentaria comunitaria de estos últimos cinco años y su distribución en función de la naturaleza de la ayuda se recogen en los cuadros enviados directamente a Su Señoría y a la Secretaría General del Parlamento.

    Las decisiones actuales tomadas en materia de ayuda alimentaria y seguridad alimentaria se basan en el Reglamento (CE) 1292/96 del Consejo de 27 de junio de 1996 sobre la política y la gestión de la ayuda alimentaria y de las acciones específicas de apoyo a la seguridad alimentaria(1).

    Los países que podrían beneficiarse de una intervención en este ámbito se recogen en un Anexo del Reglamento. Las asignaciones cuyo importe es superior a 2 millones [fmxeuro] deberán ser aprobadas por un Comité de gestión (que está formado por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión), previamente a cualquier decisión de la Comisión.

    (1) DO L 166 de 5.7.1996.

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