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Document 91998E003219

PREGUNTA ESCRITA n. 3219/98 del Anita POLLACK Ensiapua autoilijoille

DO C 289 de 11.10.1999, p. 27 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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91998E3219

PREGUNTA ESCRITA n. 3219/98 del Anita POLLACK Ensiapua autoilijoille

Diario Oficial n° C 289 de 11/10/1999 p. 0027


PREGUNTA ESCRITA E-3219/98

de Anita Pollack (PSE) a la Comisión

(26 de octubre de 1998)

Asunto: Primeros auxilios para conductores

¿Ha considerado la Comisión la idea de que una formación en materia de primeros auxilios sería útil como parte de las modificaciones necesarias para la obtención del permiso de conducción?

Respuesta del Sr. Kinnock en nombre de la Comisión

(8 de diciembre de 1998)

Los puntos 2 y 7 del Anexo II de la Directiva 91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el permiso de conducción(1), contienen disposiciones relativas a la formación en materia de primeros auxilios dentro de las cualificaciones necesarias para conducir. El punto 2.13 establece que "los conductores deberán poder demostrar que poseen conocimientos y una buena compresión de las normas generales que especifican el comportamiento que debe adoptar el conductor en caso de accidente (balizar, alertar) y medidas que puede adoptar, si procede, para socorrer a las víctimas de accidentes de carretera". El punto 7.2 establece que el contenido de la prueba teórica para todas las categorías de vehículos debe referirse al punto 2.13 y que "el contenido de los puntos se dejará a iniciativa de cada Estado miembro" (punto 7.2.1).

Toda vez que esta Directiva no entró en vigor hasta el 1 de julio de 1996, parece prematuro proponer modificaciones hasta que la experiencia demuestre si las disposiciones mencionadas resultan o no satisfactorias.

(1) DO L 237 de 24.8.1991.

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