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Document 62026TN0232

Asunto T-232/26, Agenzia delle Entrate Direzione provinciale Genova: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte di Giustizia Tributaria di secondo grado della Liguria (Italia) el 16 de marzo de 2026 – Recurrente_1 Srl/Agenzia delle Entrate Direzione provinciale Genova

DO C, C/2026/3178, 22.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3178/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3178/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/3178

22.6.2026

Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte di Giustizia Tributaria di secondo grado della Liguria (Italia) el 16 de marzo de 2026 – Recurrente_1 Srl/Agenzia delle Entrate Direzione provinciale Genova

(Asunto T-232/26, Agenzia delle Entrate Direzione provinciale Genova)

(C/2026/3178)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte di Giustizia Tributaria di secondo grado della Liguria

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Recurrente_1 Srl

Recurrida: Agenzia delle Entrate Direzione provinciale Genova

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse los artículos 342 y 167 y siguientes de la Directiva 2006/112/CE, así como el principio de neutralidad del IVA, en el sentido de que se oponen a una práctica interna de la Administración Tributaria que interpreta una disposición nacional —en virtud de la cual los operadores de agencias de venta en subasta pública no pueden deducir el impuesto correspondiente a los gastos accesorios a la venta— en el sentido de extender la no deducibilidad también a los gastos que no pueden considerarse accesorios a la subasta del bien de que se trate o que no son exigidos al adjudicatario por el organizador de la venta en subasta pública?

2)

Asimismo, ¿deben interpretarse los [artículos] [omissis] 16, 26, 101 y 107 del TFUE en el sentido de que se oponen a dicha práctica de la Administración Tributaria que interpreta la disposición nacional de modo que los operadores de agencias de venta en subasta pública carecen de la facultad de no repercutir los gastos generales de gestión de la actividad empresarial al adquirente, restringiendo la libertad de empresa y la libre iniciativa económica incluso cuando se ejercen sin perjudicar los intereses tributarios?


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3178/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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