This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62026TN0101
Case T-101/26: Action brought on 11 February 2026 – Rangecourt v ECB
Asunto T-101/26: Recurso interpuesto el 11 febrero 2026 – Rangecourt/BCE
Asunto T-101/26: Recurso interpuesto el 11 febrero 2026 – Rangecourt/BCE
DO C, C/2026/1784, 30.3.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1784/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
Diario Oficial |
ES Serie C |
|
C/2026/1784 |
30.3.2026 |
Recurso interpuesto el 11 febrero 2026 – Rangecourt/BCE
(Asunto T-101/26)
(C/2026/1784)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Rangecourt SA (Luxemburgo, Luxemburgo) (representante: O. Behrends, abogado)
Demandada: Banco Central Europeo
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
|
— |
Declare nula y sin valor ni efecto alguno, con arreglo al artículo 264 TFUE, la Decisión adoptada por el BCE de 1 de diciembre de 2025 sobre la solicitud de la parte demandante de acceso a documentos. |
|
— |
Condene en costas a la parte demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca ocho motivos:
|
1. |
Primer motivo, basado en que el BCE no facilitó una lista completa de documentos. |
|
2. |
Segundo motivo, basado en que el BCE no motivó las supresiones realizadas en los dieciocho documentos que divulgó parcialmente. |
|
3. |
Tercer motivo, basado en que el BCE no cumplió con los plazos pertinentes. |
|
4. |
Cuarto motivo, basado en que la calificación errónea por parte del BCE de la solicitud de la propia parte demandante de «imprecisa». |
|
5. |
Quinto motivo, basado en que el BCE no divulgó a la propia parte demandante que el problema era el número de documentos y, posteriormente, no buscó una solución informal con la propia parte demandante. |
|
6. |
Sexto motivo, basado en que el BCE no tramitó el apartado 1 de la solicitud. |
|
7. |
Séptimo motivo, basado en que el BCE no proporcionó motivación pormenorizada antes de que se cumpliera el plazo de veinte días hábiles. |
|
8. |
Octavo motivo, basado en la denegación errónea por parte del BCE del acceso de la propia parte demandante a tres categorías aproximadas de documentos y a otros documentos. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1784/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)