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Document 62025TN0909

Asunto T-909/25: Recurso interpuesto el 30 de diciembre de 2025 – PG y otros/SEAE

DO C, C/2026/1350, 16.3.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1350/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1350/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/1350

16.3.2026

Recurso interpuesto el 30 de diciembre de 2025 – PG y otros/SEAE

(Asunto T-909/25)

(C/2026/1350)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: PG, PH y PI (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la decisión de despido de PG, adoptada el 15 de abril de 2025 y notificada el mismo día.

Anule la decisión desestimatoria del recurso interpuesto por PG, notificada el 20 de octubre de 2025.

Condene (in solidum) al SEAE a indemnizar a PG, PH y PI por un importe total de 945 930,77 euros por los perjuicios derivados de las múltiples ilegalidades y faltas cometidas por el SEAE, distribuido entre ellos del siguiente modo:

para PG: 736 930,77 euros,

para PH (esposa de PG): 106 000,00 euros,

para PI (hijo de PG): 103 000,00 euros, e

incremente dichas cantidades con intereses de demora al tipo fijado por el BCE incrementado en los puntos porcentuales actuales, desde el pronunciamiento de la sentencia hasta el pago íntegro.

Condene en costas al SEAE.

Motivos y principales alegaciones

Los demandantes invocan varios argumentos en apoyo de su recurso.

Los demandantes alegan que se genera la responsabilidad extracontractual de la Unión. A este respecto, sostienen que el SEAE cometió faltas graves en la tramitación de una denuncia de irregularidades, en la gestión de un contexto de acoso y de represalias en el territorio de un tercer Estado y en la supervisión de los acontecimientos que finalmente condujeron a la rescisión del contrato de un agente local en una delegación de la Unión en un tercer país.

El demandante PG expone que, tras el descubrimiento y la denuncia (por la que fue reconocido como denunciante) de presuntas irregularidades relacionadas con el uso de fondos públicos, sus condiciones de trabajo se deterioraron (marginación, aislamiento, obstáculos administrativos, intimidación) y, posteriormente, se organizó una suspensión en condiciones controvertidas. Posteriormente, el demandante PG fue despedido.

El demandante considera que miembros del personal de la Delegación habrían presentado denuncias penales y alimentado procedimientos nacionales contra él, lo que dio lugar, en particular, a una larga privación de libertad.

El demandante reprocha al SEAE no haber adoptado, a su debido tiempo, las medidas de protección y de control necesarias para impedir la instrumentalización de la situación ante las autoridades nacionales y para limitar los daños, en particular mediante la recuperación de las facultades de autoridad en cuanto al demandante y la supresión de tales facultades en cuanto a las personas objeto de la denuncia.

A continuación, el demandante alega el incumplimiento del deber de diligencia y asistencia, del principio de buena administración (diligencia, imparcialidad, instrucción completa), así como de los requisitos derivados de la protección de los denunciantes y de la prohibición de represalias. Sostiene que el SEAE no puede eludir sus obligaciones en virtud del Derecho de la Unión amparándose en el Derecho local ni neutralizar las normas europeas de protección calificando la situación de simple conflicto interno.

Además, impugna la motivación de la decisión de despido, que considera contradictoria, viciada de errores manifiestos de apreciación y basada en elementos de los que el demandante no pudo tener conocimiento y sobre los que no pudo presentar observaciones útiles.

Por último, el demandante PG alega infracciones de la confidencialidad e irregularidades en la gestión de su expediente (retención de documentos, comunicaciones externas no controladas, divulgaciones y uso ilícito de datos), que han agravado los daños a su reputación y a sus derechos.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1350/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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