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Document 62025TN0804
Case T-804/25: Action brought on 25 November 2025 – SBK Art v Council
Asunto T-804/25: Recurso interpuesto el 25 de noviembre de 2025 – SBK Art / Consejo
Asunto T-804/25: Recurso interpuesto el 25 de noviembre de 2025 – SBK Art / Consejo
DO C, C/2026/658, 9.2.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/658/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/658 |
9.2.2026 |
Recurso interpuesto el 25 de noviembre de 2025 – SBK Art / Consejo
(Asunto T-804/25)
(C/2026/658)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: SBK Art OOO (Moscú, Rusia) (representantes: G. Lansky y P. Goeth, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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De conformidad con los artículos 263 TFUE, 275 TFUE, apartado 2, y 277 TFUE, declare que no son aplicables:
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Junto con lo anterior, o subsidiariamente, de conformidad con el artículo 263 TFUE, anule la Decisión (PESC) 2025/1895 del Consejo por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC del Consejo, (1) así como el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1894 del Consejo por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014, (2) en la medida en que estos actos afecten a la demandante (registro n.o 174). |
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Condene en costas al Consejo de conformidad con el artículo 134 del Reglamento de Procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.
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1. |
Primer motivo, basado en que la aplicación del Derecho derivado de la Unión en el presente asunto vulnera los Tratados y la jurisprudencia: los criterios de inclusión controvertidos no tienen en cuenta una finalidad legítima, infringen el artículo 215 TFUE, apartado 3, y violan el principio de previsibilidad. |
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2. |
Segundo motivo, en el que se alega vulneración de los derechos procedimentales de la demandante: el Consejo no le notificó previamente su decisión de incluirla en la lista. No le dio la oportunidad de formular observaciones ni revisó la inclusión. |
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3. |
Tercer motivo, basado en error de apreciación. |
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4. |
Cuarto motivo, en el que se alega que la inclusión de la demandante no es concluyente ni proporcionada. |
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5. |
Quinto motivo, en el que se alega incumplimiento de la obligación de motivación: el Consejo no facilitó un razonamiento legítimo para la inclusión de la demandante. |
(1) Decisión (PESC) 2025/1895 del Consejo, de 12 de septiembre de 2025, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L, 2025/1895).
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1894 del Consejo, de 12 de septiembre de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L, 2025/1894).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/658/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)