This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62024TN0353
Case T-353/24: Action brought on 10 July 2024 – Molitorisová v Commission
Asunto T-353/24: Recurso interpuesto el 10 de julio de 2024 – Molitorisová/Comisión
Asunto T-353/24: Recurso interpuesto el 10 de julio de 2024 – Molitorisová/Comisión
DO C, C/2024/6440, 4.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6440/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
Diario Oficial |
ES Serie C |
|
C/2024/6440 |
4.11.2024 |
Recurso interpuesto el 10 de julio de 2024 – Molitorisová/Comisión
(Asunto T-353/24)
(C/2024/6440)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Alexandra Molitorisová (Kulmbach, Alemania) (representante: K. Purnhagen, profesor de Universidad)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
|
— |
Anule la decisión implícita de la demandada de 16 de noviembre de 2020 de denegar el acceso a ciertos documentos solicitados relacionados con los aditivos y las enzimas alimentarios con arreglo al Reglamento (UE) n.o 234/2011. (1) |
|
— |
Condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos:
|
1. |
Primer motivo, basado en la infracción del derecho de la demandante de acceder a documentos que se encuentran en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, (2) a resultas de la negativa u omisión de la demandada de dar acceso a tales documentos en el plazo establecido para ello, sobre la base de la solicitud de acceso n.o 2024/1651, presentada el 25 de marzo de 2024 («solicitud»). |
La propuesta de arreglo amistoso y equitativo de la demandada estaba basada en una apreciación manifiestamente errónea del Derecho y de los hechos, esto es, en que la entrega de documentos públicos y no confidenciales resultaría en una carga administrativa excesiva para la demandada, puesto que la solicitud abarcaba resúmenes públicos, considerados por ley como no confidenciales. Así pues, a diferencia de lo que ha concluido la demandada, no resulta aplicable ninguna de las excepciones del artículo 4 del Reglamento n.o 1049/2001 a la divulgación de información pública no confidencial en virtud del Reglamento de la Comisión n.o 234/2011.
|
2. |
Segundo motivo, basado en que la solicitud confirmatoria de la demandante, presentada el 8 de mayo de 2024, debe considerarse como registrada en el sentido del artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 1049/2001 y la demandada no remitió a la demandante una decisión expresa sobre su solicitud dentro del plazo establecido para tramitar las solicitudes confirmatorias del artículo 8, apartados 1 y 2, del Reglamento n.o 104972001, por lo cual la demandada denegó implícitamente el acceso en el sentido del artículo 8, apartado 3, del mismo. La demandante alega que este rechazo implícito también infringe su derecho de acceso a los documentos. |
|
3. |
Tercer motivo, basado en la vulneración del derecho de la demandante a una buena administración, reconocido en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (la «Carta»). Conforme al artículo 41, apartado 2, letra b), de la Carta, el derecho a una buena administración incluye, en particular, el derecho de toda persona a acceder al expediente que le concierna, respetando los intereses legítimos de confidencialidad y de secreto profesional y comercial. El hecho de que la demandante perdiera acceso a su expediente relativo a la solicitud a través del portal dedicado de la demandada, notificase a la demandada su falta de acceso y no haya conseguido recuperarlo hasta la fecha es una infracción clara del artículo 41, apartado 2, letra c), de la Carta. Y ello en mayor medida si el acceso fue denegado en un periodo de tiempo crítico, esto es, para ejercitar los derechos procedimentales de la demandante en virtud del Reglamento n.o 1049/2001. |
(1) Reglamento (UE) n.o 234/2011 de la Comisión, de 10 de marzo de 2011, de ejecución del Reglamento (CE) n.o 1331/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios (DO 2011, L 64, p. 15).
(2) Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6440/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)