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Document 62021TN0631

    Asunto T-631/21: Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2021 — BZ/BCE

    DO C 513 de 20.12.2021, p. 30–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.12.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 513/30


    Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2021 — BZ/BCE

    (Asunto T-631/21)

    (2021/C 513/45)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: BZ (representante: H. Tettenborn, abogado)

    Demandada: Banco Central Europeo (BCE)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule las decisiones del Comité Ejecutivo del BCE de 16 de marzo de 2021 y de 13 de julio de 2021, dado que, respectivamente: a) revalúan las situación de la demandante y le conceden una indemnización, ex aequo et bono, de 50 000 euros, como reparación de su perjuicio (incluidos todos los perjuicios que le causaron las irregularidades identificadas en el escrito de la DG-HR de 12 de enero de 2021) y, b) desestimaron el recurso especial que presentó el 18 de mayo de 2021 contra la decisión del Comité Ejecutivo de 16 de marzo de 2021.

    Condene al BCE a pagar a la demandante:

    una indemnización de 200 000 euros por la violación del artículo 8 del CEDH por lo que respecta a la vulneración de la vida privada de la demandante en lo que atañe a la dignidad y a la integridad profesional;

    una indemnización de 130 000 euros por la violación del artículo 8 del CEDH por lo que respecta a la vulneración de la vida privada de la demandante en lo que atañe a su derecho a la salud;

    una indemnización por perjuicio moral de 20 000 euros por la utilización del informe de investigación empañado de irregularidades y de la sentencia en el asunto F-43/10, que fue anulada, al haber remitido esos documentos a [confidencial];

    el importe que ha de calcularse según lo que se decida en el asunto T-500/16, por la pérdida de ingresos;

    una indemnización por perjuicio moral de 20 000 euros por la destrucción de los expedientes de investigación;

    una indemnización por perjuicio moral de 52 000 euros por el retraso en el procedimiento de decisión correspondiente a 2007 por lo que respecta a su evaluación y al ejercicio de revisión anual de los salarios y primas, que cubre el período comprendido entre 2007 y 2021;

    una indemnización por perjuicio moral y material de 150 000 euros por la ausencia de decisión relativa a la evaluación y al ejercicio de revisión anual de los salarios y primas;

    una indemnización por perjuicio moral y material de 700 000 euros por la pérdida definitiva de oportunidades resultante de la inexistencia de una nueva investigación.

    Condene al BCE al pago de sus propias costas y de las costas de la demandante en el presente procedimiento.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en que la decisión del Comité Ejecutivo de 16 de marzo de 2021 adolece de una serie de errores de hecho y de Derecho y en la desnaturalización y aplicación errónea del artículo 8.2.1 del Reglamento del personal del BCE y del artículo 42 de las Condiciones de contratación del BCE.

    2.

    Segundo motivo, basado en una infracción del artículo 266 TFUE, incluida la omisión de: a) proporcionar una indemnización adecuada de los perjuicios sufridos y no una indemnización definida por la equidad (en particular, ex aequo et bono); b) indemnizar debidamente a la demandante por todos los inconvenientes y perjuicios, incluida la indemnización de la pérdida de oportunidades causada por el hecho de que el BCE no es capaz de volver a realizar la investigación y también con arreglo a los principios de proporcionalidad y no discriminación, y c) subsanar los efectos pasados de las decisiones anuladas.

    3.

    Tercer motivo, basado en una violación de los principios de transparencia y de buena administración, de los artículos 41, 42 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y de los principios de seguridad jurídica y de derecho a la interposición de recursos.

    4.

    Cuarto motivo, basado en un incumplimiento del deber de asistencia y protección y de velar por el bienestar del personal y en una infracción de los artículos 21 y 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

    5.

    Quinto motivo, basado en una insuficiencia de motivación.


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