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Document 62021CN0709

Asunto C-709/21: Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Piteşti (Rumanía) el 24 de noviembre de 2021 — MK

DO C 51 de 31.1.2022, p. 22–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

31.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 51/22


Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Piteşti (Rumanía) el 24 de noviembre de 2021 — MK

(Asunto C-709/21)

(2022/C 51/31)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Curtea de Apel Piteşti

Parte en el procedimiento principal

Recurrente: MK

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se opone el principio de independencia judicial consagrado por el artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, en relación con el artículo 2 TUE y con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a una normativa nacional como el artículo 148, apartado 2, de la Constitución de Rumanía, tal como fue interpretada por la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional de Rumanía) en la Resolución n.o 390/2021, según la cual los órganos jurisdiccionales nacionales no están facultados para examinar la conformidad con las normas del Derecho de la Unión Europea de una norma nacional declarada constitucional por una resolución de la Curtea Constituțională?

2)

¿Se opone el principio de independencia judicial consagrado por el artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, en relación con el artículo 2 TUE y con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a una normativa nacional como el artículo 99, letra ș), de la Ley n.o 303/2004, sobre el estatuto de los jueces y fiscales, que, por un lado, permite incoar un procedimiento disciplinario y sancionar disciplinariamente a un juez por el incumplimiento de una resolución de la Curtea Constituțională, cuando el juez debe establecer la primacía en la aplicación del Derecho de la Unión Europea sobre los fundamentos de Derecho de una resolución de la Curtea Constituțională, y, por otro lado, priva al juez de la posibilidad de aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que considera prioritaria?

3)

¿Se opone el principio de independencia judicial consagrado por el artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, en relación con el artículo 2 TUE y con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a unas prácticas judiciales nacionales que prohíben al juez, so pena de incurrir en responsabilidad disciplinaria, aplicar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en procedimientos penales como el relativo a una reclamación sobre la duración razonable del proceso penal, regulada por el artículo 488 bis del Código de Enjuiciamiento Criminal de Rumanía?


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