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Document 62021CA0606

    Asunto C-606/21,  Doctipharma: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 29 de febrero de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por la cour d'appel de Paris — Francia) — Doctipharma SAS / Union des Groupements de pharmaciens d’officine (UDGPO), Pictime Coreyre [Procedimiento prejudicial — Medicamentos para uso humano — Directiva 2001/83/CE — Artículo 85 quater — Ámbito de aplicación — Venta a distancia al público de medicamentos — Medicamentos de uso humano no sujetos a receta médica — Personas autorizadas o facultadas para vender a distancia medicamentos al público — Facultad de los Estados miembros de imponer condiciones justificadas por razón de protección de la salud pública en relación con la distribución al por menor en su territorio de medicamentos vendidos en línea — Servicios de la sociedad de la información — Directiva 98/34/CE — Directiva (UE) 2015/1535 — Servicio de puesta en contacto de farmacéuticos y clientes para la venta en línea de medicamentos]

    DO C, C/2024/2567, 22.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2567/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2567/oj

    European flag

    Diario Oficial
    de la Unión Europea

    ES

    Serie C


    C/2024/2567

    22.4.2024

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 29 de febrero de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por la cour d'appel de Paris — Francia) — Doctipharma SAS / Union des Groupements de pharmaciens d’officine (UDGPO), Pictime Coreyre

    (Asunto C-606/21,  (1) Doctipharma)

    (Procedimiento prejudicial - Medicamentos para uso humano - Directiva 2001/83/CE - Artículo 85 quater - Ámbito de aplicación - Venta a distancia al público de medicamentos - Medicamentos de uso humano no sujetos a receta médica - Personas autorizadas o facultadas para vender a distancia medicamentos al público - Facultad de los Estados miembros de imponer condiciones justificadas por razón de protección de la salud pública en relación con la distribución al por menor en su territorio de medicamentos vendidos en línea - Servicios de la sociedad de la información - Directiva 98/34/CE - Directiva (UE) 2015/1535 - Servicio de puesta en contacto de farmacéuticos y clientes para la venta en línea de medicamentos)

    (C/2024/2567)

    Lengua de procedimiento: francés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Cour d'appel de Paris

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Doctipharma SAS

    Demandadas: Union des Groupements de pharmaciens d’officine (UDGPO), Pictime Coreyre

    Fallo

    1)

    El artículo 1, punto 2, de la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas y de las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, en su versión modificada por la Directiva 98/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de julio de 1998, y el artículo 1, apartado 1, letra b), de la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información,

    deben interpretarse en el sentido de que

    un servicio prestado en un sitio de Internet consistente en poner en contacto a farmacéuticos y clientes para la venta, desde los sitios de Internet de las oficinas de farmacia que se han suscrito a dicho servicio, de medicamentos no sujetos a receta médica está comprendido en el concepto de «servicio de la sociedad de la información», en el sentido de dichas disposiciones.

    2)

    El artículo 85 quater de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, en su versión modificada por la Directiva 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011,

    debe interpretarse en el sentido de que

    los Estados miembros pueden, sobre la base de esta disposición, prohibir la prestación de un servicio consistente en poner en contacto, a través de un sitio de Internet, a farmacéuticos y clientes para la venta, desde los sitios de Internet de las oficinas de farmacia que se han suscrito a dicho servicio, de medicamentos no sujetos a receta médica si se demuestra, habida cuenta de las características de ese servicio, que el prestador de este procede por sí mismo a la venta de tales medicamentos sin estar autorizado o facultado para ello por la legislación del Estado miembro en cuyo territorio está establecido.


    (1)   DO C 513 de 20.12.2021.


    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2567/oj

    ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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