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Document 62021CA0484
Case C-484/21, Caixabank (Limitation period): Judgment of the Court (Ninth Chamber) of 25 April 2024 (request for a preliminary ruling from the Juzgado de Primera Instancia No 20 de Barcelona – Spain) – F C C, M A B v Caixabank SA, formerly Bankia SA (Reference for a preliminary ruling – Consumer protection – Directive 93/13/EEC – Unfair terms in consumer contracts – Mortgage loan contract – Term stipulating that costs relating to the contract are to be paid by the consumer – Final judicial decision finding that term unfair and declaring it void – Action for restitution of the sums paid pursuant to the unfair term – Point from which the limitation period starts to run)
Asunto C-484/21, Caixabank Plazo de prescripción: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de abril de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Barcelona) — F. C. C., M. Á. B. / Caixabank, S. A., anteriormente Bankia, S. A. (Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Contrato de préstamo hipotecario — Cláusula que atribuye al consumidor el pago de los gastos asociados al contrato — Resolución judicial firme que declara esa cláusula abusiva y la anula — Acción de restitución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula abusiva — Inicio del plazo de prescripción)
Asunto C-484/21, Caixabank Plazo de prescripción: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de abril de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Barcelona) — F. C. C., M. Á. B. / Caixabank, S. A., anteriormente Bankia, S. A. (Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Contrato de préstamo hipotecario — Cláusula que atribuye al consumidor el pago de los gastos asociados al contrato — Resolución judicial firme que declara esa cláusula abusiva y la anula — Acción de restitución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula abusiva — Inicio del plazo de prescripción)
DO C, C/2024/3563, 17.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3563/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2024/3563 |
17.6.2024 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de abril de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.o 20 de Barcelona) — F. C. C., M. Á. B. / Caixabank, S. A., anteriormente Bankia, S. A.
[Asunto C-484/21, (1) Caixabank (Plazo de prescripción)]
(Procedimiento prejudicial - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Contrato de préstamo hipotecario - Cláusula que atribuye al consumidor el pago de los gastos asociados al contrato - Resolución judicial firme que declara esa cláusula abusiva y la anula - Acción de restitución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula abusiva - Inicio del plazo de prescripción)
(C/2024/3563)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado de Primera Instancia n.o 20 de Barcelona
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: F. C. C., M. Á. B.
Demandada: Caixabank, S. A, anteriormente Bankia, S. A.
Fallo
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1) |
Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, a la luz del principio de efectividad, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que el plazo de prescripción de una acción de restitución de gastos que el consumidor ha abonado, en el momento de la celebración de un contrato con un profesional, en virtud de una cláusula contractual cuyo carácter abusivo se ha declarado por resolución judicial firme dictada con posterioridad al pago de esos gastos comience a correr en la fecha de ese pago, con independencia de si ese consumidor tenía o podía razonablemente tener conocimiento del carácter abusivo de esa cláusula desde el momento de dicho pago, o antes de que por esa resolución se declarara la nulidad de dicha cláusula. |
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2) |
Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13 deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que el plazo de prescripción de una acción de restitución de gastos que el consumidor ha abonado en virtud de una cláusula de un contrato celebrado con un profesional cuyo carácter abusivo se ha declarado por resolución judicial firme comience a correr en la fecha en la que el tribunal supremo nacional dictó una sentencia anterior, en otro asunto, en la que declaró abusiva una cláusula tipo que se corresponde con esa cláusula de ese contrato. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3563/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)