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Document 62020TN0469

    Asunto T-469/20: Recurso interpuesto el 21 de julio de 2020 — Países Bajos/Comisión

    DO C 348 de 19.10.2020, p. 22–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.10.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 348/22


    Recurso interpuesto el 21 de julio de 2020 — Países Bajos/Comisión

    (Asunto T-469/20)

    (2020/C 348/31)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Partes

    Demandante: Reino de los Países Bajos (representantes: M. Bulterman, J. Langer y M. de Ree, abogados)

    Demandada: Comisión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la Decisión C(2020) final 2998 de la Comisión Europea, de 12 de mayo, relativa a la ayuda estatal SA.54537 (2020/NN) — Países Bajos, Prohibición del carbón para la producción de electricidad en los Países Bajos.

    Condene en costas a la Comisión Europea.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en la aplicación incorrecta del artículo 107 TFUE, apartado 1, porque la Comisión supone que Vattenfall obtuvo una ventaja.

    2.

    Segundo motivo, basado en la aplicación incorrecta del artículo 107 TFUE, apartado 1, porque la Comisión asume una asignación errónea de la carga de la prueba.

    3.

    Tercer motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación establecida en el artículo 296 TFUE, porque la Comisión no motiva por qué existen dudas sobre el derecho a la compensación y no establece cuánta sobrecompensación ha recibido Vattenfall y porque la decisión es contradictoria en sí misma.

    4.

    Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE, apartado 3, porque la Comisión declaró la compensación a Vattenfall compatible con el mercado interior sin ser competente para hacerlo.

    5.

    Quinto motivo, basado en la violación del principio de seguridad jurídica, porque la Comisión no determinó si la compensación concedida a Vattenfall constituye una ayuda estatal a efectos del artículo 107 TFUE, apartado 1.


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