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Document 62020CB0641
Case C-641/20: Order of the Court (Ninth Chamber) of 5 May 2021 (request for a preliminary ruling from the Tribunal du travail de Liège — Belgium) — VT v Centre public d'action sociale de Liège (CPAS) (Reference for a preliminary ruling — Area of freedom, security and justice — Directive 2008/115/EC — Return of illegally staying third-country nationals — Return decision — Judicial remedy — Provisional right of residence and social assistance during the period in which the appeal is pending)
Asunto C-641/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 5 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Liège — Bélgica) — VT / Centre public d’action sociale de Liège (CPAS) (Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Directiva 2008/115/CE — Retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular — Decisión de retorno — Recurso judicial — Derecho de residencia provisional y derecho a las ayudas sociales durante el período en que el recurso está pendiente de resolución)
Asunto C-641/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 5 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Liège — Bélgica) — VT / Centre public d’action sociale de Liège (CPAS) (Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Directiva 2008/115/CE — Retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular — Decisión de retorno — Recurso judicial — Derecho de residencia provisional y derecho a las ayudas sociales durante el período en que el recurso está pendiente de resolución)
DO C 310 de 2.8.2021, p. 8–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
2.8.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 310/8 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 5 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Liège — Bélgica) — VT / Centre public d’action sociale de Liège (CPAS)
(Asunto C-641/20) (1)
(Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Directiva 2008/115/CE - Retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular - Decisión de retorno - Recurso judicial - Derecho de residencia provisional y derecho a las ayudas sociales durante el período en que el recurso está pendiente de resolución)
(2021/C 310/09)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal du travail de Liège
Partes en el procedimiento principal
Demandante: VT
Demandada: Centre public d’action sociale de Liège (CPAS)
Fallo
Los artículos 5 y 13 de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, interpretados en relación con los artículos 19, apartado 2, y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como el artículo 14, apartado 1, letra b), de esta Directiva deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que no concede efecto suspensivo de pleno Derecho al recurso interpuesto por un nacional de un tercer país contra una decisión de retorno dictada contra él a efectos de lo dispuesto en el artículo 3, punto 4, de la citada Directiva, a raíz de la retirada, por parte de la autoridad competente, de su estatuto de refugiado, conforme al artículo 11 de la Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida, y, correlativamente, el derecho provisional de residencia y de toma a cargo de sus necesidades básicas hasta que se resuelva sobre el mencionado recurso, en el caso excepcional de que ese nacional, afectado por una enfermedad grave, pueda, a consecuencia de la ejecución de esa decisión, verse expuesto a un riesgo considerable de empeoramiento grave e irreversible de su estado de salud. En este contexto, el órgano jurisdiccional nacional, al conocer de un litigio cuyo resultado está vinculado a la posible suspensión de los efectos de la decisión de retorno, debe entender que el recurso interpuesto contra esta decisión está, de pleno Derecho, dotado de efecto suspensivo, ya que ese recurso contiene una alegación, que no parece manifiestamente infundada, destinada a demostrar que la ejecución de la mencionada decisión expondría al nacional de un tercer país a un riesgo considerable de empeoramiento grave e irreversible de su estado de salud.