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Document 62020CA0025

Asunto C-25/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Višje sodišče v Ljubljani — Eslovenia) — Procedimiento iniciado por NK, en su condición de síndico de la quiebra de Alpine BAU GmbH [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Procedimientos de insolvencia — Reglamento (CE) n.° 1346/2000 — Artículos 4 y 28 — Artículo 32, apartado 2 — Plazo fijado para la presentación de créditos en un procedimiento de insolvencia — Presentación de créditos en un procedimiento secundario de insolvencia en curso en un Estado miembro por el síndico del procedimiento principal en curso en otro Estado miembro — Plazo imperativo establecido por el Derecho del Estado de apertura del procedimiento de insolvencia secundario]

DO C 51 de 31.1.2022, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

31.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 51/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Višje sodišče v Ljubljani — Eslovenia) — Procedimiento iniciado por NK, en su condición de síndico de la quiebra de Alpine BAU GmbH

(Asunto C-25/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Procedimientos de insolvencia - Reglamento (CE) n.o 1346/2000 - Artículos 4 y 28 - Artículo 32, apartado 2 - Plazo fijado para la presentación de créditos en un procedimiento de insolvencia - Presentación de créditos en un procedimiento secundario de insolvencia en curso en un Estado miembro por el síndico del procedimiento principal en curso en otro Estado miembro - Plazo imperativo establecido por el Derecho del Estado de apertura del procedimiento de insolvencia secundario)

(2022/C 51/07)

Lengua de procedimiento: esloveno

Órgano jurisdiccional remitente

Višje sodišče v Ljubljani

Partes en el procedimiento principal

Demandante: NK, en su condición de síndico de la quiebra de Alpine BAU GmbH

con intervención de: Alpine BAU GmbH, Salzburgo — sucursal de Celje, en quiebra

Fallo

El artículo 32, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, en relación con los artículos 4 y 28 del mismo Reglamento, debe interpretarse en el sentido de que la presentación en un procedimiento de insolvencia secundario de créditos ya presentados en el procedimiento principal de insolvencia, por el síndico de este último procedimiento, está sujeta a las disposiciones relativas a los plazos de presentación de créditos y a las consecuencias de la presentación extemporánea establecidas por la ley del Estado de apertura de dicho procedimiento secundario.


(1)  DO C 103 de 30.9.2020


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