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Document 62019TA0086

    Asunto T-86/19: Sentencia del Tribunal General de 13 de mayo de 2020 — SolNova/EUIPO — Canina Pharma (BIO-INSECT Shocker) [«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión BIO-INSECT Shocker — Motivo de denegación absoluto — Marca que puede inducir al público a error — Artículo 7, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) n.° 207/2009»]

    DO C 215 de 29.6.2020, p. 37–38 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    29.6.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 215/37


    Sentencia del Tribunal General de 13 de mayo de 2020 — SolNova/EUIPO — Canina Pharma (BIO-INSECT Shocker)

    (Asunto T-86/19) (1)

    («Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión BIO-INSECT Shocker - Motivo de denegación absoluto - Marca que puede inducir al público a error - Artículo 7, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) n.o 207/2009»)

    (2020/C 215/46)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Recurrente: SolNova AG (Zollikon, Suiza) (representante: P. Lee, abogado)

    Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: A. Söder, agente)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Canina Pharma GmbH (Hamm, Alemania) (representante: O. Bischof, abogado)

    Objeto

    Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 11 de diciembre de 2018 (asunto R 276/2018-2), relativa a un procedimiento de nulidad entre SolNova y Canina Pharma.

    Fallo

    1)

    Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 11 de diciembre de 2018 (asunto R 276/2018-2), en la medida en que se refiere a los «Productos biocidas destinados a la fabricación; Preparaciones químicas para su uso en la fabricación de biocidas; Aditivos químicos para insecticidas», comprendidos en la clase 1, y a los «Desinfectantes; Productos para eliminar parásitos; Parasiticidas; Preparaciones bacteriológicas para uso médico o veterinario; Espráis medicinales; Espráis antibacterianos; Insecticidas; Productos para atraer insectos; Pulverizador contra insectos; Repelentes de insectos; Preparados para destruir insectos; Reguladores del crecimiento de los insectos; Toallitas impregnadas de repelentes contra insectos; Polvos antipulgas; Sprays antipulgas; Collares antipulgas; Preparados para exterminar las pulgas; Collares antipulgas para animales; Polvos antipulgas para animales; Biocidas; Fórmulas repelentes para animales; Preparaciones veterinarias; Vacunas veterinarias; Preparaciones sanitarias para uso veterinario», comprendidos en la clase 5.

    2)

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3)

    Canina Pharma GmbH cargará, además de con sus propias costas, con la mitad de las costas en las que haya incurrido SolNova AG ante el Tribunal General y con los gastos indispensables efectuados por esta a efectos del procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO.

    4)

    SolNova cargará con la mitad de sus propias costas causadas ante el Tribunal.

    5)

    La EUIPO cargará con sus propias costas.


    (1)  DO C 122 de 1.4.2019.


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