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Document 62018TN0407

    Asunto T-407/18: Recurso interpuesto el 2 de julio de 2018 — WP/EUIPO

    DO C 319 de 10.9.2018, p. 18–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.9.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 319/18


    Recurso interpuesto el 2 de julio de 2018 — WP/EUIPO

    (Asunto T-407/18)

    (2018/C 319/21)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Recurrente: WP (representante: H. Tettenborn, abogado)

    Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

    Pretensiones

    La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

    Anule la decisión de la EUIPO de 6 de octubre de 2017 por la que se denegó una segunda renovación del contrato de la parte recurrente como agente temporal con arreglo al artículo 2, letra f), del ROA (Régimen Aplicable a los Otros Agentes de la Unión Europea).

    Condene en costas a la EUIPO.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte recurrente invoca cuatro motivos.

    1.

    Primer motivo, por el que se alega que, al adoptar la decisión impugnada, la EUIPO infringió el principio de legalidad al vulnerar las disposiciones pertinentes del Estatuto (Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea) y del ROA, concretamente el artículo 56 del ROA y el artículo 110 del Estatuto, y que la decisión impugnada carece de otra base legal.

    2.

    Segundo motivo, por el que se alega que, al adoptar la decisión impugnada, la EUIPO infringió el principio de legalidad, cometió un error manifiesto de apreciación e incumplió su deber de asistencia y protección.

    3.

    Tercer motivo, por el que se alega que, al adoptar la decisión impugnada, la EUIPO incumplió los requisitos del Reglamento 45/2001, (1) en particular el artículo 27, apartados 1 y 2, letra b), del Reglamento 45/2001.

    4.

    Cuarto motivo, por el que se alega que, al adoptar la decisión impugnada, la EUIPO vulneró el principio de igualdad de trato.


    (1)  Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (DO 2001, L 8, p. 1).


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