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Document 62018CN0391

Asunto C-391/18: Recurso interpuesto el 13 de junio de 2018 — Comisión Europea / República de Croacia

DO C 268 de 30.7.2018, p. 31–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

201807130192004442018/C 268/373912018CJC26820180730ES01ESINFO_JUDICIAL20180613313111

Asunto C-391/18: Recurso interpuesto el 13 de junio de 2018 — Comisión Europea / República de Croacia

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C2682018ES3110120180613ES0037311311

Recurso interpuesto el 13 de junio de 2018 — Comisión Europea / República de Croacia

(Asunto C-391/18)

2018/C 268/37Lengua de procedimiento: croata

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Mataija y M. Patakia, agentes)

Demandada: República de Croacia

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República de Croacia ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 15, apartado 4, en relación con el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2011/70/Euratom del Consejo, de 19 de julio de 2011, por la que se establece un marco comunitario para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos (DO L 199, de 2.8.2011, p. 48), al no haber notificado a la Comisión su programa nacional para la gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos radioactivos.

Que se condene en costas a la República de Croacia.

Motivos y principales alegaciones

El artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2011/70/Euratom establece que los Estados miembros notificarán a la Comisión sus programas nacionales para la gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos radioactivos y los cambios significativos subsiguientes, mientras que el artículo 15, apartado 4, de la referida Directiva dispone que cada Estado miembro notificará por primera vez a la Comisión el contenido de su programa nacional lo antes posible y, en cualquier caso, antes del 23 de agosto de 2015.

La República de Croacia aún no ha adoptado el programa nacional al que se refieren las disposiciones mencionadas y, en cualquier caso, aún no lo ha notificado a la Comisión. Por tanto, la República de Croacia ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 15, apartado 4, en relación con el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2011/70/Euratom.

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