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Document 62018CB0137

    Asunto C-137/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 6 de febrero de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Dresden — Alemania) — hapeg dresden gmbh / Bayrische Straße 6-8 GmbH & Co. KG (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Libre prestación de servicios — Directiva 2006/123/CE — Normativa de un Estado miembro que establece una tarifa mínima para los honorarios de los ingenieros y los arquitectos)

    DO C 313 de 21.9.2020, p. 2–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    21.9.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 313/2


    Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 6 de febrero de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Dresden — Alemania) — hapeg dresden gmbh / Bayrische Straße 6-8 GmbH & Co. KG

    (Asunto C-137/18) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Libre prestación de servicios - Directiva 2006/123/CE - Normativa de un Estado miembro que establece una tarifa mínima para los honorarios de los ingenieros y los arquitectos)

    (2020/C 313/02)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Landgericht Dresden

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: hapeg dresden gmbh

    Demandada: Bayrische Straße 6-8 GmbH & Co. KG

    Fallo

    El artículo 15, apartado 1, apartado 2, letra g), y apartado 3, de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional conforme a la que está prohibido convenir, en los contratos celebrados con los arquitectos o los ingenieros, tarifas inferiores a los importes mínimos determinados conforme al baremo de honorarios de los arquitectos y los ingenieros previsto en dicha normativa.


    (1)  DO C 268 de 30.7.2018.


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