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Document 62017CA0431
Case C-431/17: Judgment of the Court (Grand Chamber) of 7 May 2019 (request for a preliminary ruling from the Symvoulio tis Epikrateias — Greece) — Monachos Eirinaios, kata kosmon Antonios Giakoumakis tou Emmanouil v Dikigorikos Syllogos Athinon (Reference for a preliminary ruling — Directive 98/5/EC — Access to the profession of lawyer — Monk who has obtained the professional qualification of lawyer in a Member State other than the host Member State — Article 3(2) — Condition requiring registration with the competent authority of the host Member State — Certificate attesting to registration with the competent authority of the home Member State — Refusal to register — Rules of professional conduct — Incompatibility of the status of monk with practice of the profession of lawyer)
Asunto C-431/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 7 de mayo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias — Grecia) — Monachos Eirinaios, kata kosmon Antonios Giakoumakis tou Emmanouil/Dikigorikos Syllogos Athinon (Procedimiento prejudicial — Directiva 98/5/CE — Acceso a la profesión de abogado — Monje que ha obtenido su título profesional de abogado en un Estado miembro distinto del de acogida — Artículo 3, apartado 2 — Requisito para la inscripción ante la autoridad competente del Estado miembro de acogida — Certificado de inscripción ante la autoridad competente del Estado miembro de origen — Denegación de la inscripción — Normas profesionales y deontológicas — Incompatibilidad de la condición de monje con el ejercicio de la abogacía)
Asunto C-431/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 7 de mayo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias — Grecia) — Monachos Eirinaios, kata kosmon Antonios Giakoumakis tou Emmanouil/Dikigorikos Syllogos Athinon (Procedimiento prejudicial — Directiva 98/5/CE — Acceso a la profesión de abogado — Monje que ha obtenido su título profesional de abogado en un Estado miembro distinto del de acogida — Artículo 3, apartado 2 — Requisito para la inscripción ante la autoridad competente del Estado miembro de acogida — Certificado de inscripción ante la autoridad competente del Estado miembro de origen — Denegación de la inscripción — Normas profesionales y deontológicas — Incompatibilidad de la condición de monje con el ejercicio de la abogacía)
DO C 230 de 8.7.2019, p. 4–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
8.7.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 230/4 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 7 de mayo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias — Grecia) — Monachos Eirinaios, kata kosmon Antonios Giakoumakis tou Emmanouil/Dikigorikos Syllogos Athinon
(Asunto C-431/17) (1)
(Procedimiento prejudicial - Directiva 98/5/CE - Acceso a la profesión de abogado - Monje que ha obtenido su título profesional de abogado en un Estado miembro distinto del de acogida - Artículo 3, apartado 2 - Requisito para la inscripción ante la autoridad competente del Estado miembro de acogida - Certificado de inscripción ante la autoridad competente del Estado miembro de origen - Denegación de la inscripción - Normas profesionales y deontológicas - Incompatibilidad de la condición de monje con el ejercicio de la abogacía)
(2019/C 230/04)
Lengua de procedimiento: griego
Órgano jurisdiccional remitente
Symvoulio tis Epikrateias
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Monachos Eirinaios, kata kosmon Antonios Giakoumakis tou Emmanouil
Demandada: Dikigorikos Syllogos Athinon
Fallo
El artículo 3, apartado 2, de la Directiva 98/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en un Estado miembro distinto de aquel en el que se haya obtenido el título, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que prohíbe a un abogado que tiene la condición de monje, inscrito como abogado ante la autoridad competente del Estado miembro de origen, inscribirse ante la autoridad competente del Estado miembro de acogida para ejercer en él la profesión con su título profesional de origen debido a la incompatibilidad, prevista en esa normativa, de la condición de monje con el ejercicio de la abogacía.