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Document 62016TA0574

    Asunto T-574/16: Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2018 — HK/Comisión («Función Pública — Funcionarios — Pensiones — Pensión de supervivencia — Requisitos para su concesión — Requisito relativo a la duración del matrimonio — Pareja no casada — Artículo 17, apartado 1, del anexo VIII del Estatuto»)

    DO C 221 de 25.6.2018, p. 16–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    201806080181931212018/C 221/185742016TC22120180625ES01ESINFO_JUDICIAL20180503161722

    Asunto T-574/16: Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2018 — HK/Comisión («Función Pública — Funcionarios — Pensiones — Pensión de supervivencia — Requisitos para su concesión — Requisito relativo a la duración del matrimonio — Pareja no casada — Artículo 17, apartado 1, del anexo VIII del Estatuto»)

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    C2212018ES1620120180503ES0018162172

    Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2018 — HK/Comisión

    (Asunto T-574/16) ( 1 )

    «(«Función Pública — Funcionarios — Pensiones — Pensión de supervivencia — Requisitos para su concesión — Requisito relativo a la duración del matrimonio — Pareja no casada — Artículo 17, apartado 1, del anexo VIII del Estatuto»)»

    2018/C 221/18Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: HK (representantes: S. Rodrigues y A. Tymen, abogados)

    Demandada: Comisión Europea (representantes: G. Gattinara y F. Simonetti, agentes)

    Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente M. Bauer y M. Veiga, y posteriormente M. Bauer y R. Meyer, agentes)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión de la Comisión que deniega al demandante la concesión de una pensión de supervivencia y, en lo que resulte necesario, de la decisión de la Comisión desestimatoria de la reclamación del demandante y, por otra parte, la reparación del perjuicio material y moral supuestamente sufrido.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    Condenar en costas a HK.

    3)

    El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas.


    ( 1 ) DO C 59 de 15.2.2016 (asunto registrado inicialmente ante el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea con el número F-151/15 y transferido al Tribunal General de la Unión Europea el 1.9.2016).

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