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Document 62016CN0345
Case C-345/16: Request for a preliminary ruling from the Tribunal de première instance de Liège (Belgium) lodged on 22 June 2016 — Jean Jacob, Dominique Lennertz v Belgian State
Asunto C-345/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Liège (Bélgica) el 22 de junio de 2016 — Jean Jacob, Dominique Lennertz/État belge
Asunto C-345/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Liège (Bélgica) el 22 de junio de 2016 — Jean Jacob, Dominique Lennertz/État belge
DO C 326 de 5.9.2016, p. 14–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
5.9.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 326/14 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Liège (Bélgica) el 22 de junio de 2016 — Jean Jacob, Dominique Lennertz/État belge
(Asunto C-345/16)
(2016/C 326/25)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal de première instance de Liège
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Jean Jacob, Dominique Lennertz
Demandada: État belge
Cuestión prejudicial
¿Se opone el artículo 39 [CE] a que la normativa fiscal belga, en su artículo 155 del CIR/92, al margen de que se aplique o no la Circular de 12 de marzo de 2008, n.o Ci.RH.331/575.420, tenga como consecuencia que las pensiones luxemburguesas del demandante, que están exentas con arreglo al artículo 18 del Convenio para evitar la doble imposición entre Bélgica y Luxemburgo, se incluyan en el cálculo de la cuota del impuesto belga, sirvan de base para la concesión de las ventajas fiscales previstas en el CIR/92 y que las ventajas atribuidas, como la de la fracción exenta de impuesto, el ahorro a largo plazo, los gastos pagados con bonos de servicios, los gastos destinados a incrementar la eficiencia energética de una vivienda, de contratación de seguros de robo o incendio para una vivienda, o por donaciones del demandante, se reduzcan o reconozcan en menor medida que si ambos demandantes hubieran obtenido rendimientos de origen belga y si la demandante, en lugar del demandante, hubiera percibido pensiones exclusivamente de origen belga?