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Document 62015TN0255

Asunto T-255/15: Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2015 — Almaz-Antey/Consejo

DO C 294 de 7.9.2015, p. 69–69 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.9.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 294/69


Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2015 — Almaz-Antey/Consejo

(Asunto T-255/15)

(2015/C 294/84)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: OAO Concern PVO Almaz-Antey (Moscú, Rusia) (representantes: C. Stumpf y A. Haak, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión (PESC) 2015/432 del Consejo, de 13 de marzo de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 70, p. 47), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/427 del Consejo, de 13 de marzo de 2015, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 70, p. 1), en la medida en que afectan a la demandante.

Condene al Consejo al pago de las costas de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en que el Consejo no motivó de manera suficiente ni adecuada la inclusión de la demandante en la lista de personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas vista la situación en Ucrania.

2.

Segundo motivo, basado en que el Consejo ha cometido un error manifiesto al considerar que en el caso de la demandante se cumplía alguno de los criterios para incluirla dentro del ámbito de aplicación de las medidas controvertidas.

3.

Tercer motivo, basado en que la decisión del demandado vulnera el principio de proporcionalidad.

4.

Cuarto motivo, basado en que el razonamiento del demandado, en su conjunto, no cumple los requisitos para aplicar medidas restrictivas.

5.

Quinto motivo, basado en que el Consejo vulneró, sin justificarlo y de manera desproporcionada, los derechos fundamentales del demandante, incluido su derecho de defensa y su derecho a la tutela judicial efectiva.


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