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Document 62014TN0640
Case T-640/14: Action brought on 20 August 2014 — Beul v Parliament and Council
Asunto T-640/14: Recurso interpuesto el 20 de agosto de 2014 — Beul/Parlamento y Consejo
Asunto T-640/14: Recurso interpuesto el 20 de agosto de 2014 — Beul/Parlamento y Consejo
DO C 409 de 17.11.2014, p. 50–50
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
17.11.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 409/50 |
Recurso interpuesto el 20 de agosto de 2014 — Beul/Parlamento y Consejo
(Asunto T-640/14)
2014/C 409/71
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Carsten René Beul (Neuwied, Alemania) (representantes: H. Pott y T. Eckhold, abogados)
Demandadas: Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule el Reglamento (UE) no 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público y por el que se deroga la Decisión 2005/909/CE de la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos.
El demandante alega, en primer lugar, que el Reglamento (UE) no 537/2014 (1) no está amparado por una norma atributiva de competencias.
Asimismo, el demandante considera que las disposiciones del Reglamento no 537/2014 suponen una violación ilegal de la libertad profesional garantizada con arreglo al artículo 6 UE, apartado 1, en relación con el artículo 15 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El demandante señala que la violación de la libertad profesional es injustificada, en especial, por falta de proporcionalidad. Además, el demandante invoca la vulneración del principio de subsidiariedad.
(1) Reglamento (UE) no 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público y por el que se deroga la Decisión 2005/909/CE de la Comisión (DO L 158, p. 77).