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Document 62014TA0126

    Asunto T-126/14: Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2015 — Países Bajos/Comisión [«FEOGA — Sección “Garantía” — FEAGA y FEADER — Corrección financiera aplicada en virtud de la falta de declaración de intereses — Obligación de motivación — Obligación de contabilizar intereses — Artículo 32, apartado 5, del Reglamento (CE) n° 1290/2005 — Principio de equivalencia — Obligación de diligencia»]

    DO C 16 de 18.1.2016, p. 30–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    18.1.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 16/30


    Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2015 — Países Bajos/Comisión

    (Asunto T-126/14) (1)

    ([«FEOGA - Sección “Garantía” - FEAGA y FEADER - Corrección financiera aplicada en virtud de la falta de declaración de intereses - Obligación de motivación - Obligación de contabilizar intereses - Artículo 32, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1290/2005 - Principio de equivalencia - Obligación de diligencia»])

    (2016/C 016/36)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Partes

    Demandante: Reino de los Países Bajos (representantes: M.K. Bulterman, J. Langer y M. Noort, agentes)

    Demandada: Comisión Europea (representantes: H. Kranenborg y P. Rossi, agentes)

    Objeto

    Demanda de anulación parcial de la Decisión de Ejecución 2013/763/UE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (DO L 338, p. 81).

    Fallo

    1)

    Anular la Decisión de Ejecución 2013/763/UE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en cuanto aplicó al Reino de los Países Bajos una corrección financiera de 4 703 231,78 euros, en virtud de intereses no declarados correspondientes a créditos relativos a tasas suplementarias pagadas tardíamente y anteriores al 1 de abril de 1993 y a restituciones por exportación indebidamente pagadas y anteriores al 1 de abril de 1995.

    2)

    La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las del Reino de los Países Bajos.


    (1)  DO C 112, de 14.4.2014.


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