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Document 62013TN0360
Case T-360/13: Action brought on 8 July 2013 — VECCO and Others v Commission
Asunto T-360/13: Recurso interpuesto el 8 de julio de 2013 — VECCO y otros/Comisión
Asunto T-360/13: Recurso interpuesto el 8 de julio de 2013 — VECCO y otros/Comisión
DO C 260 de 7.9.2013, p. 45–46
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 260 de 7.9.2013, p. 35–35
(HR)
7.9.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 260/45 |
Recurso interpuesto el 8 de julio de 2013 — VECCO y otros/Comisión
(Asunto T-360/13)
2013/C 260/81
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Verein zur Wahrung von Einsatz und Nutzung von Chromtrioxid und anderen Chrom-VI-verbindungen in der Oberflächentechnik eV (VECCO) (Memmingen, Alemania) y otros 185 (representantes: C. Mereu y K. Van Maldegem, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
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Admita la demanda y la declare fundada. |
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Declare la ilegalidad parcial del Reglamento (UE) no 348/2013 de la Comisión, de 17 de abril de 2013, por el que se modifica el anexo XIV del Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) (DO L 108, p. 1) en la medida en que se basa en un error manifiesto de apreciación y vulnera el artículo 58, apartado 2, del REACH, el principio de proporcionalidad y el derecho de defensa (incluidos los principios de buena administración y de excelencia de los dictámenes científicos). |
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Anule parcialmente el Reglamento (EU) no 348/2013 de la Comisión en la medida en que no contiene en su anexo en la fila 16, quinta columna, bajo la rúbrica «Usos o categorías de usos exentos», la siguiente excepción: «uso de trióxido de cromo para la producción en solución acuosa, respetando con ello un valor de exposición máximo de 5μg/m3 (o 0.005 mg/m3)» o una fórmula parecida en aras de exceptuar el «uso de trióxido de cromo para galvanización, métodos de grabado, pulido electrolítico y otros procesos, tecnologías y mezclas de tratamiento de superficies», o términos a tal efecto en el ámbito de aplicación del acto impugnado. |
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Ordene a la demandada a modificar el Reglamento (EU) no 348/2013 de la Comisión para que se ajuste a la sentencia del Tribunal de Justicia. |
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Condene a la demandada al pago de todas las costas y gastos que se causen en el presente procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan cuatro motivos.
1) |
Primer motivo, basado en que el Reglamento (EU) no 348/2013 de la Comisión es ilegal porque se basa en varios errores manifiestos de apreciación y debe anularse en la medida en que no contiene una excepción de autorización relativa a la utilización del trióxido de cromo en la industria del cromado. |
2) |
Segundo motivo, basado en que el Reglamento (EU) no 348/2013 de la Comisión se basa en una evaluación implícita de los riesgos laborales relativos a la utilización del trióxido de cromo en cromados científica y jurídicamente errónea (error manifiesto de apreciación). |
3) |
Tercer motivo, basado en que el Reglamento (EU) no 348/2013 de la Comisión vulnera el artículo 58, apartado 2, del REACH y el principio de proporcionalidad. |
4) |
Cuarto motivo, basado en que las partes demandantes no tuvieron acceso a los documentos esenciales que fundamentaron el Reglamento (EU) no 348/2013 de la Comisión y, por lo tanto, la demandada vulneró el derecho de defensa de las demandantes y los principios de buena administración y de excelencia de los dictámenes científicos. |