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Document 62013FA0100

    Asunto F-100/13: Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 25 de septiembre de 2014 — Julien-Malvy y otros/SEAE (Función pública — Retribución — Personal del SEAE destinado en un país tercero — Decisión de la AFPN por la que se modifica la lista de países terceros en los que las condiciones de vida son equivalentes a las habituales en la Unión — Acto de alcance general — Admisibilidad del recurso — Evaluación anual de la indemnización por condiciones de vida — Supresión)

    DO C 395 de 10.11.2014, p. 64–64 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.11.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 395/64


    Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 25 de septiembre de 2014 — Julien-Malvy y otros/SEAE

    (Asunto F-100/13) (1)

    ((Función pública - Retribución - Personal del SEAE destinado en un país tercero - Decisión de la AFPN por la que se modifica la lista de países terceros en los que las condiciones de vida son equivalentes a las habituales en la Unión - Acto de alcance general - Admisibilidad del recurso - Evaluación anual de la indemnización por condiciones de vida - Supresión))

    (2014/C 395/77)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Bruno Julien-Malvy (Tokio, Japón) y otros (representantes: T. Bontinck y A. Guillerme, abogados)

    Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt y M. Silva, agentes)

    Objeto

    Pretensión de anulación de la decisión del SEAE de dejar de abonar a partir del 1 de enero de 2014 la indemnización por condiciones de vida a los funcionarios destinados en Argentina, Chile, China (Hong Kong), Japón, Malasia, Singapur y Taiwán.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    El Sr. Julien-Malvy y el resto de los demandantes, cuyos nombres figuran en anexo, cargarán con sus propias costas.

    3)

    El Servicio Europeo de Acción Exterior cargará con sus propias costas.


    (1)  DO C 45, de 15.02.14, p. 46.


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