Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62013CN0653

Asunto C-653/13: Recurso interpuesto el 10 de diciembre de 2013 — Comisión Europea/República Italiana

DO C 93 de 29.3.2014, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/19


Recurso interpuesto el 10 de diciembre de 2013 — Comisión Europea/República Italiana

(Asunto C-653/13)

2014/C 93/30

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: D. Recchia, E. Sanfrutos Cano, agentes)

Demandada: República Italiana

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 1, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para dar ejecución a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de marzo de 2010, dictada en el asunto C-297/08, en la que se declaró que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 4 y 5 de la Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, relativa a los residuos, (1) al no haber adoptado, en relación con la región de Campania, todas las medidas necesarias para garantizar que los residuos se valoricen o se eliminen sin poner en peligro la salud del hombre y sin perjudicar el medio ambiente y, en particular, al no haber creado una red integrada y adecuada de instalaciones de eliminación.

Que se ordene a la República Italiana pagar a la Comisión una multa coercitiva diaria de 256 819,2 euros (es decir, 85 606,4 euros al día por cada categoría de instalaciones), menos la eventual reducción derivada de la fórmula de carácter decreciente propuesta, a partir del día en que se dicte sentencia en el presente asunto y hasta el día en que se ejecute la sentencia dictada en el asunto C-297/08.

Que se ordene a la República Italiana pagar a la Comisión una cantidad a tanto alzado cuyo importe resulta de la multiplicación de un importe diario de 28 089,6 euros por el número de días durante los que persista la infracción, contados desde el día en que se dictó la sentencia en el asunto C-297/08 y hasta la fecha en que se dicte sentencia en el presente asunto.

Que se condene en costas a la República Italiana.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión alega que Italia no ha adoptado las medidas necesarias para dar ejecución a la sentencia del Tribunal de Justicia dictada en el asunto C-297/08. Dicha institución añade que la sanción propuesta (multa coercitiva diaria y cantidad a tanto alzado) responde a la gravedad y a la duración de la infracción y tiene en cuenta la necesidad de garantizar la eficacia disuasoria de la sanción, que es evitar la reincidencia.


(1)  Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, relativa a los residuos (DO L 11, p. 9).


Top