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Document 62012TN0274

    Asunto T-274/12: Recurso interpuesto el 15 de junio de 2012 — Alfastar Benelux/Consejo

    DO C 243 de 11.8.2012, p. 31–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.8.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 243/31


    Recurso interpuesto el 15 de junio de 2012 — Alfastar Benelux/Consejo

    (Asunto T-274/12)

    2012/C 243/55

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Alfastar Benelux (Ixelles, Bélgica) (representantes: N. Keramidas y N. Korogiannakis, abogados)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Declare que la parte demandada ha incumplido la obligación que le incumbe en virtud del artículo 266 TFUE, ya que, a pesar de que se le hizo un requerimiento en este sentido, no adoptó ninguna medida para ajustarse a la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea dictada el 20 de octubre de 2011 en el asunto T-57/09, Alfastar Benelux/Consejo, y para definir su posición al respecto dentro del plazo señalado.

    Condene a la parte demandada a adoptar todas las medidas necesarias para ajustarse a la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea dictada el 20 de octubre de 2011 en el asunto T-57/09, Alfastar Benelux/Consejo, y para definir su posición al respecto.

    Condene a la parte demandada a pagar una indemnización por daños y perjuicios por un importe de 20 000 euros con arreglo a lo dispuesto en el artículo 340 TFUE.

    Condene a la parte demandada a pagar todas las costas y gastos en que haya incurrido la demandante en relación con el presente recurso, aunque éste se desestime.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un motivo, mediante el cual alega que la demandada incumplió la obligación que le incumbe en virtud del artículo 266 TFUE, ya que, a pesar de que se le hizo un requerimiento en este sentido, no adoptó ninguna medida para ajustarse a la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea dictada el 20 de octubre de 2011 en el asunto T-57/09, Alfastar Benelux/Consejo, y para definir su posición al respecto dentro del plazo señalado.


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