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Document 62010FN0069
Case F-69/10: Action brought on 24 August 2010 — Marcuccio v Commission
Asunto F-69/10: Recurso interpuesto el 24 de agosto de 2010 — Marcuccio/Comisión
Asunto F-69/10: Recurso interpuesto el 24 de agosto de 2010 — Marcuccio/Comisión
DO C 288 de 23.10.2010, p. 75–75
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
23.10.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 288/75 |
Recurso interpuesto el 24 de agosto de 2010 — Marcuccio/Comisión
(Asunto F-69/10)
()
(2010/C 288/142)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Luigi Marcuccio (Tricase, Italia) (representante: G. Cipressa, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Objeto y descripción del litigio
Anulación de la decisión por la que se desestimó la petición del demandante destinada a obtener la reparación del perjuicio que estimaba haber sufrido a causa de la remisión por la demandada de un escrito que le concernía a un abogado que aún no era su representante.
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la decisión, sea cual sea su forma, por la que la Comisión Europea rechazó la petición de 30 de octubre de 2009 presentada por el demandante a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos. |
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Que se anule la nota de fecha 11 de noviembre de 2009 con ref. ADMIN.B.2/MB/1s D(09)29814. |
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En la medida en que sea necesario, que se anule el acto por el que la Comisión rechazó la reclamación de 25 de enero de 2010, presentada por el demandante a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, contra la decisión desestimatoria de la petición de 30 de octubre de 2009 y en la que se solicitaba la anulación de esta última decisión desestimatoria y la estimación de la petición de 30 de octubre de 2009. |
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En la medida en que sea necesario, que se anule la nota de fecha 10 de mayo de 2010 con ref. HR.D.2/MB/ls Ares (2010) 251054, redactada en francés y recibida por el demandante el 17 de mayo de 2010, acompañada de la traducción de la misma al italiano. |
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Que se condene a la Comisión a reparar el perjuicio injustamente sufrido por el demandante a causa del envío por la Comisión al abogado D. Giuseppe Cipressa de la nota de fecha 10 de agosto de 2009 con ref. ADMIN.B.2/MB/ks D(09)20658, abonando al demandante una suma de 10 000 euros, o bien cualquier otra cantidad mayor o menor que el Tribunal estime justa y equitativa. |
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Que se condene a la Comisión a abonar al demandante, a partir del día siguiente a la recepción en la Comisión de la petición de 30 de octubre de 2009 y hasta el día del pago efectivo de la suma de 10 000 euros, unos intereses del 10 % anual sobre dicha suma, capitalizados anualmente. |
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Que se condene en costas a la demandada. |