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Document 62008TN0012

    Asunto T-12/08 P: Recurso de casación interpuesto el 4 de enero de 2008 por M contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 19 de octubre de 2007 en el asunto F-23/07, M/EMEA

    DO C 64 de 8.3.2008, p. 59–59 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    8.3.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 64/59


    Recurso de casación interpuesto el 4 de enero de 2008 por M contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 19 de octubre de 2007 en el asunto F-23/07, M/EMEA

    (Asunto T-12/08 P)

    (2008/C 64/95)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Recurrente: M (Broxbourne, Reino Unido) (representantes: S. Orlandi, A. Coolen, J.-N. Louis y E. Marchal, abogados)

    Otra parte en el procedimiento: Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos (EMEA)

    Pretensiones de la parte recurrente

    Que se anule el auto del Tribunal de la Función Pública de 19 de octubre de 2007, M/Agencia Europea de Medicamentos, dictado en el asunto F-23/07.

    Que se anule la resolución de la Agencia de 25 de octubre de 2006, en la medida en que desestima la solicitud de 8 de agosto de 2006 de recurrir a la comisión de invalidez.

    Que se anule la resolución de la Agencia por la que se desestima la petición de indemnización.

    Que se condene a la parte demandada a pagar las costas de ambas instancias.

    Motivos y principales alegaciones

    En su recurso de casación, el recurrente solicita la anulación del auto del Tribunal de la Función Pública por el que se declara la inadmisibilidad del recurso dirigido a la anulación de la resolución de 25 de octubre de 2006, mediante la que la Agencia Europea de Medicamentos desestimó su solicitud de constituir una comisión de invalidez, así como a la de la resolución de 31 de enero de 2007, por la que se desestima su petición de indemnización.

    En apoyo de su recurso de casación, el recurrente invoca un motivo único basado en el incumplimiento del Derecho comunitario por el Tribunal de la Función Pública. Alega que este Tribunal ha incurrido en error de interpretación del alcance de su recurso en primera instancia y, en consecuencia, se ha pronunciado ultra petita. Asimismo, alega que dicho Tribunal ha infringido, además, el artículo 33, apartados 1 y 2, del RAA.


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